Resolución de aprobación de la concesión de las ayudas económicas a entidades que desarrollan actividades de apoyo a la función tutelar de personas con discapacidad intelectuales para el año 2015
Sección | III. Otras disposiciones y actos administrativos |
Emisor | INSTITUTO MALLORQUÍN DE ASUNTOS SOCIALES |
Rango de Ley | Resolución |
El 21 de diciembre de 2015, la presidenta del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales ha resuelto:
"Resolución de aprobación de la concesión de las ayudas económicas a entidades que desarrollan actividades de apoyo a la función tutelar de personas con discapacidad intelectuales para el año 2015
(...)
Por todo ello,
RESUELVO
Primero. Otorgar las ayudas económicas relativas a las actividades desarrolladas durante el año 2015 así como disponer las cuantías a favor de las entidades que se relacionan a continuación, con cargo a la partida 40.23128.48003 del vigente presupuesto del IMAS:
Exp. | ENTIDAD | IMPORTE TOTAL CONCEDIDO |
FT 01/15 | FUNDACIÓN SÍNDROME DE DOWN DE LAS ISLAS BALEARES | 7.500,00 € |
FT 02/15 | FUNDACIÓ TUTELAR APROSCOM | 22.875,00 € |
FT 03/15 | FUNDACIÓ TUTELAR MATER MISERICORDIAE | 26.625,00 € |
FT 04/15 | FUNDACIÓN CIAN | 25.000,00 € |
FT 05/15 | FUNDACIÓ TUTELAR PER A PERSONES AMB DISCAPACITAT INTEL·LECTUAL DE MALLORCA AMADIP | 117.625,00 € |
FT 06/15 | FUNDACIÓ ALDABA | 52.375,00 € |
TOTAL | 252.000,00 € |
El núm. de relación contable es Q / 2015/2167
Segundo. Ordenar la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
Cuarto. Notificar esta resolución a la Sección de Iniciativas Sociolaborales del Área de Personas con Discapacidad, en el Servicio de Gestión Económica ya la Intervención Delegada y publicarla en el BOIB.
Esta resolución no pone fin a la vía administrativa y contra ella se puede interponer, de acuerdo con el artículo 27.1 de los Estatutos del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales, aprobados por el Pleno del Consejo de Mallorca en fecha 9 de febrero de 2012 (BOIB núm. 28 de 21/02/2012), en relación con el artículo 14.4 de la Ley de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, recurso de alzada ante el Consejo Ejecutivo del Consejo de Mallorca, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la notificación de la presente resolución.
Contra la desestimación expresa del recurso de alzada podrá...
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