Resolución de 26 de julio de 2021, de la Universidad de León, por la que se convoca concurso oposición libre para la provisión de plaza de personal laboral fijo en la categoría de Titulado de Grado Medio. Promotor de Proyectos.

MarginalBOE-A-2021-13735
SecciónII - Autoridades y Personal
EmisorUniversidades
Rango de LeyResolución

Una vez resuelto el concurso-oposición interno, fases de traslado y de promoción interna, convocado por Resolución de 20 de abril de 2021 y quedando vacante la plaza convocada, procede, en orden al artículo 16 del II Convenio Colectivo del Personal Laboral de las Universidades Públicas de Castilla y León, publicado por resolución de enero de 2007, convocarla a concurso oposición libre.

De conformidad con lo establecido en la Ley 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, en el Decreto 67/1999, de 15 de abril (BOCYL del 19), en el Estatuto de la Universidad de León y en el II Convenio Colectivo del Personal Laboral de las Universidades Públicas de Castilla y León (BOCYL del 18 de enero de 2007), y en los términos previstos en la oferta de empleo público aprobada por el Consejo de Gobierno y el Consejo Social de la Universidad de León, por acuerdos de 1 de octubre y 18 de octubre de 2018, respectivamente (BOCYL del 20 de noviembre), este Rectorado, a propuesta de la Gerencia, previa negociación con el Comité de Empresa, ha resuelto lo siguiente:

Convocar concurso-oposición libre para cubrir una plaza de personal laboral fijo de la categoría de Titulado de Grado Medio, Promotor de Proyectos, con sujeción a las siguientes

Bases de la convocatoria

  1.  Normas generales

    1.1 Se convoca concurso-oposición libre para cubrir la siguiente plaza de personal laboral fijo de la Universidad de León:

    Código puesto Grupo Categoría Área/especialidad
    PL001384 II Titulado de Grado Medio. Promotor de Proyectos. Gestión y Promoción de la Investigación.
    1.2 La realización del proceso selectivo se ajustará, en lo que resulte aplicable, a lo establecido en la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades; en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, en la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública; en la Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León; en el Estatuto de esta universidad (aprobado por Acuerdo 243/2003, de 23 de octubre, de la Junta de Castilla y León); en el convenio colectivo citado; en la relación de puestos de trabajo de personal de administración y servicios de la Universidad de León; en el Decreto 67/1999, de 15 de abril por el que se aprueba el Reglamento General de ingreso del personal y de provisión de puestos de trabajo de los funcionarios al servicio de la Administración de la Comunidad de Castilla y León; y en lo dispuesto en las presentes bases. Igualmente, y con carácter supletorio, resultará de aplicación el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios civiles de la Administración General del Estado

    1.3 Funciones de la plaza y jornada de trabajo.

    1.3.1 Las características del puesto son las que tienen asignadas de acuerdo con la relación de puestos. Las funciones que, con carácter general, corresponden al grupo y categoría profesional en que se encuadra el puesto de trabajo convocado, son las que figuran en el anexo I del actual convenio colectivo.

    1.3.2 Las funciones específicas de la plaza, jornada de trabajo y horarios de las mismas son las que se realizan en la unidad a la que corresponde la plaza, de acuerdo con lo establecido en el convenio colectivo y la relación de puestos de trabajo, teniendo como referencia los conocimientos y experiencia exigidos y valorados en el proceso selectivo.

    1.4 Las retribuciones y demás derechos de contenido económico se ajustarán a lo que determina el citado convenio colectivo y, en lo que resulte aplicable, los Estatutos de la Universidad de León y demás normas de carácter general en materia de retribuciones de personal laboral al servicio de las administraciones públicas.

    1.5 El desempeño de la plaza convocada quedará sometido a la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, en materia de incompatibilidades.

    1.6 El proceso de selección constará de las siguientes fases: fase de oposición y fase de concurso.

    1.6.1 Fase de oposición.

    Los Ejercicios que componen la fase de oposición son los regulados en el anexo III de esta convocatoria.

    En la resolución que se indica en la base 4.3, se hará público el lugar y la fecha de realización del primer ejercicio de la fase de oposición.

    El programa que ha de regir en los ejercicios de la fase de oposición es el que figura en el anexo II de esta convocatoria.

    1.6.2 Fase de concurso.

    La Fase de concurso se realizará una vez concluida la fase de oposición, y solo participarán en ella los aspirantes que hayan superado la fase de oposición.

    En ella se valorarán los méritos indicados en el anexo IV, referidos al último día del plazo de presentación de solicitudes.

    La documentación correspondiente a los méritos a valorar será presentada una vez publicadas las listas de aprobados del segundo ejercicio, en el plazo y forma que determine el tribunal.

    La valoración de los méritos se hará pública en la página web de la universidad y tablón de anuncios de Rectorado, con indicación de la puntuación obtenida en cada uno de los apartados generales, fijando un plazo para presentación de posibles reclamaciones sobre las valoraciones efectuadas.

  2.  Requisitos de los candidatos

    2.1 Requisitos generales.

    Para ser admitidos a este concurso oposición, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

    a) Nacionalidad:

    Ser español o nacional de un Estado miembro de la Unión Europea o nacional de aquellos Estados, a los que, en virtud de tratados internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, en los términos en que esta se halla definida en el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea.

    También podrán participar el cónyuge y descendientes del cónyuge, de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho, y sean menores de veintiún años o mayores de edad que vivan a sus expensas. Este último beneficio será igualmente de aplicación a familiares de nacionales de otros Estados cuando así se prevea en los tratados Internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España.

    Cuando se trate de aspirantes que participen por su condición de cónyuges, deberán presentar declaración jurada de no hallarse separados de derecho de su respectivo cónyuge.

    b) Capacidad:

    Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas y no padecer enfermedad ni defecto físico que impida el ejercicio de estas. Quienes tengan la condición de personas con discapacidad reconocida por el órgano competente, deberán acreditar la compatibilidad de sus limitaciones en la actividad con las funciones de las plazas a las que aspiran.

    c) Edad:

    Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa. Sólo por ley podrá establecerse otra edad máxima, distinta de la edad de jubilación forzosa, para el acceso al empleo público.

    d) Habilitación:

    No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos, el acceso al empleo público.

    e) Titulación:

    Estar en posesión del título de grado, diplomado universitario, arquitecto e ingeniero técnico u oficialmente equivalentes o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes.

    Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación.

    2.2 Requisitos específicos.

    a) Nivel mínimo de inglés, B2.

    2.3 Todos los requisitos exigidos deberán poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta la finalización del proceso selectivo.

  3.  Solicitudes y plazo de presentación

    3.1 Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas deberán hacerlo constar en el modelo de instancia que se adjunta como anexo I.

    3.2 La presentación de solicitudes se hará en el Registro General de la Universidad de León o en la forma establecida en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de veinte días naturales, contados a partir del siguiente a la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».

    3.3 A la instancia se acompañará necesariamente:

    a) Fotocopia del documento nacional de identidad.

    b) Justificante de haber abonado los derechos de examen.

    c) Acreditación de la...

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