Resolución de 26 de diciembre de 2017, conjunta de la Intervención General de la Administración del Estado y de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, por la que se determinan los supuestos en los que las Delegaciones de Economía y Hacienda expedirán los documentos de ingreso 069 en aplicación del artículo sexto de la Orden PRE/1064/2016, de 29 de junio, por la que se desarrolla parcialmente el Reglamento General de Recaudación, aprobado por Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, en lo relativo al procedimiento de recaudación de los recursos no tributarios ni aduaneros de titularidad de la Administración General del Estado a través de entidades colaboradoras.

MarginalBOE-A-2018-2
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Economía, Industria y Competitividad
Rango de LeyResolución

El artículo sexto de la Orden PRE/1064/2016, de 29 de junio, por la que se desarrolla parcialmente el Reglamento General de Recaudación, aprobado por Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, en lo relativo al procedimiento de recaudación de los recursos no tributarios ni aduaneros de titularidad de la Administración General del Estado a través de entidades colaboradoras, recoge la previsión de que, excepcionalmente, las Delegaciones de Economía y Hacienda tengan la competencia para la expedición del documento de ingreso 069, cuando por razones de eficacia y eficiencia administrativa, y con la finalidad de facilitar el ingreso al interesado, así lo determinen la Intervención General de la Administración del Estado y la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera.

Esta resolución, que sustituye a la de 31 de mayo de 2010, regula los supuestos en los que las Delegaciones de Economía y Hacienda mantienen subsidiariamente la competencia para la expedición de los documentos de ingreso 069, al amparo de la habilitación contenida en la Orden PRE/1064/2016, de 29 de junio. Esta resolución clarifica determinados aspectos contenidos en la resolución anterior e incluye una regulación de su ámbito de aplicación así como una serie de definiciones.

En su virtud, la Intervención General de la Administración del Estado y la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera han tenido a bien disponer:

Apartado primero. Ámbito de aplicación y definiciones.

  1. En aplicación de lo dispuesto en el artículo sexto.1.c) de la Orden PRE/1064/2016, de 29 de junio, por la que se desarrolla parcialmente el Reglamento General de Recaudación, aprobado por Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, en lo relativo al procedimiento de recaudación de los recursos no tributarios ni aduaneros de titularidad de la Administración General del Estado a través de entidades colaboradoras, esta resolución establece los supuestos en los que la expedición del documento de ingreso modelo 069 corresponderá a la Delegación de Economía y Hacienda competente para recaudar el recurso.

  2. Definiciones:

Los términos «recurso» y «órgano gestor» tendrán en esta resolución el mismo sentido que el recogido en los artículos 1.1 y 2.2, respectivamente, de la Orden PRE/1064/2016, de 29 de junio.

El término «base de datos» hará referencia en esta resolución a los medios informáticos...

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