Resolución de 17 de noviembre de 2020, de la Dirección General de Política Forestal, por la que se modifica la Resolución de 2 de octubre de 2017, de la Dirección General de Medio Ambiente, por la que se declara emergencia cinegética por motivos de protección del medio natural y sanidad animal en el territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura

AutorDr. Carlos Javier Durá Alemañ
CargoInvestigador del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Páginas176-177
Recopilación mensual n. 107, diciembre 2020
176
Publicado en Actualidad Jurídica Ambiental el 21 de diciembre de 2020
Resolución de 17 de noviembre de 2020, de la Dirección General de Política Forestal,
por la que se modifica la Resolución de 2 de octubre de 2017, de la Dirección General
de Medio Ambiente, por la que se declara emergencia cinegética por motivos de
protección del medio natural y sanidad animal en el territorio de la Comunidad
Autónoma de Extremadura
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Área de Formación e Investigación
del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: DOE número 228 de 25 de noviembre de 2020
Palabras clave: Caza. Covid. Emergencia cinegética. Medio Natural. Sanidad Animal.
Monfragüe. Parque Nacional.
Resumen:
Con fecha 9 de octubre de 2017 se publicó en el Diario Oficial de Extremadura n.º 194 la
Resolución de 2 de octubre de 2017, de la entonces Dirección General de Medio Ambiente,
por la que se declaraba emergencia cinegética, por motivos de protección del medio natural
y sanidad animal en el territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
El Decreto 13/2014, de 18 de febrero, por el que se aprueba el Plan Rector de Uso y Gestión
del Parque Nacional de Monfragüe, consideran incompatibles y, por tanto, se prohíben, el
ejercicio de la caza conforme a lo establecido en la Ley 1/2007, de 2 de marzo, de declaración
del Parque Nacional. No obstante, en casos justificados, se permite el desarrollo de
actuaciones de control sobre ellas, pudiendo ser éstas de tipo cinegético. Estas actuaciones
quedarán encuadradas en un Programa de Acción Selectiva que se aprobó mediante
Resolución de 23 de julio de 2018 por la que se aprueba el Programa de Acción Selectiva de
ungulados en el Parque Nacional de Monfragüe para los años 2018-2019 (DOE de 8 de
agosto de 2018).
A pesar de ello, mediante estudios del estado de las poblaciones de ciervo y jabalí en el Parque
Nacional de Monfragüe y áreas limítrofes, se ha constatado que la población de jabalíes no
sólo va en aumento, sino que en ese entorno adoptan una dinámica de desplazamientos entre
el parque y zonas limítrofes en busca de alimento que puede redundar en riesgos de
accidentes de tráfico, riesgos para la sanidad animal, y en comprometer el buen estado de
conservación de las formaciones vegetales de este singular paraje, por lo que se hace
recomendable proponer actuaciones en la periferia del Parque Nacional, que contribuyan a
ejercer el control poblacional necesario en esa área.
De forma similar viene sucediendo en el entorno periurbano de la ciudad de Cáceres,
caracterizado por la existencia de formaciones vegetales que favorecen el refugio y encame
de jabalíes, que cada vez más, se acercan a áreas urbanas en busca de alimento.
Por todo lo expuesto se constata que resulta necesario modificar la Resolución de 2 de
octubre de 2017 de manera que se facilite el control de las poblaciones de jabalíes en los
entornos citados.

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