Resolución de 17 de junio de 2002 (B.O.E. de 12 de agosto de 2002)

AutorManuel-Ángel Martínez García
Páginas228-231

COMENTARIO

Enésima resolución de la Dirección General sobre la inmatriculación de excesos de cabida, que reproduce (fundamento 2) la archiconocida doctrina sobre el concepto de «exceso de cabida», tan clara desde el punto de vista teórico como sombría desde el punto de vista práctico. Cuando dicho exceso pretende acceder al Registro por la vía del título público, nos encontramos con que el obstáculo práctico a veces insalvable es la «duda fundada» del registrador acerca de la identidad de la finca, bien sea de la catastral con la registral (excesos inscritos en virtud de certificación catastral), bien sea de la finca registral con la que figura en el informe técnico. Y el concepto de «duda fundada» es, por decirlo de manera suave, un concepto jurídico indeterminado y fundamentalmente subjetivo, respecto del cual la legislación vigente nos ofrece meras indicaciones (fincas que proceden de segregación, por...

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