Resolución de 12 de septiembre de 2023, de la Intervención General de la Administración del Estado, por la que se modifica la Resolución de 17 de noviembre de 2011, por la que se aprueba la adaptación del Plan General de Contabilidad Pública a la Administración General del Estado.

MarginalBOE-A-2023-19818
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Hacienda y Función Pública
Rango de LeyResolución

La Orden EHA/1037/2010, de 13 de abril, aprobó el Plan General de Contabilidad Pública (en adelante PGCP) con el carácter de plan contable marco para todas las Administraciones públicas.

La Instrucción de Contabilidad para la Administración General del Estado, aprobada por Orden EHA/3067/2011, de 8 de noviembre, establece en su regla 2 que la contabilidad de la Administración General del Estado deberá ajustarse al PGCP en los términos establecidos en la adaptación de dicho plan a la Administración General del Estado.

La adaptación del PGCP a la Administración General del Estado se aprobó mediante Resolución de 17 de noviembre de 2011 de la Intervención General de la Administración del Estado.

El apartado tercero de dicha resolución, denominado «Adaptación a la Administración General del Estado de la cuarta parte del PGCP» establece que la Administración General del Estado aplicará el cuadro de cuentas previsto en la cuarta parte del PGCP con las modificaciones previstas en el anexo I a dicha resolución.

Asimismo, establece que las modificaciones que posteriormente sea necesario introducir en las cuentas del cuadro de cuentas de la adaptación (ya sean cuentas de primer o segundo orden incluidas en la misma), así como la apertura de nuevas cuentas de primer orden, requerirán autorización expresa de la Intervención General de la Administración del Estado.

Por lo que se refiere a la utilización de cuentas de segundo orden no previstas en el cuadro de cuentas de dicha adaptación señala que requiere la autorización de la División de Planificación y Dirección de la Contabilidad Pública, y la utilización de divisionarias de las cuentas de segundo orden no previstas en el cuadro de cuentas se autorizará por la División de Gestión de la Contabilidad.

La presente resolución tiene por objeto la modificación de la denominación de una cuenta de primer orden, así como también la modificación de la denominación de cuatro cuentas de segundo orden y del contenido de algunas de las cuentas de primer orden de las que dependen estas últimas, que se venían utilizando para la integración en la contabilidad de la Administración General del Estado de las operaciones realizadas por el Fondo de Reserva de los Riesgos de la Internacionalización (FRRI). La modificación se realiza con el fin de que puedan utilizarse para la integración de, además de las citadas operaciones, las del resto de fondos del artículo 2.2 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, que realicen también actividades aseguradoras.

Dicha integración es consecuencia de lo previsto en la Resolución de 1 de julio de 2011, de la Intervención General de la Administración del Estado, por la que se aprueban las normas contables relativas a los fondos carentes de personalidad jurídica a los que se refiere el apartado 2 del artículo 2 de la Ley General Presupuestaria y al registro de las operaciones de tales fondos en las entidades aportantes del sector público administrativo, que establece que, a fin de ejercicio, deben quedar registradas en las entidades aportantes, las operaciones realizadas con cargo a dichos fondos.

Las cuentas de la Adaptación del PGCP a la Administración General del Estado cuya denominación se modifican por la presente resolución son la cuenta de primer orden (tres dígitos) 114, «Reserva de Estabilización FRRI», así como las cuentas de segundo orden (cuatro dígitos) siguientes: la 1491, «Otras provisiones a largo plazo. FRRI», la 6771, «Otros gastos actividad FRRI», la 6951, «Dotaciones a las provisiones técnicas FRRI» y la 7773, «Ingresos actividad FRRI».

La presente resolución se estructura en un apartado único y una disposición final, que regula su entrada en...

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