RESOLUCIÓN de 4 de agosto de 1998, de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria, por la que se convocan a concurso de méritos plazas de Cuerpos Docentes Universitarios.
Marginal | BOE-A-1998-20615 |
Sección | II - Autoridades y Personal |
Emisor | Universidades |
Rango de Ley | Resolución |
De conformidad con lo establecido en el artículo 39 de la Ley
de Reforma Universitaria y en el artículo 2.4 del Real Decreto
1888/1984, de 26 de septiembre ("Boletín Oficial del Estado"
de 26 de octubre), por el que se regulan los concursos para la
provisión de plazas de los Cuerpos Docentes Universitarios, y en
el Decreto 12/1998, de 5 de febrero, por el que se aprueban
los Estatutos de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria,
Este Rectorado ha resuelto convocar a concurso de méritos
las plazas que se relacionan en el anexo I de la presente Resolución,
de acuerdo con las siguientes bases:
Normas generales
Primera.-Los concursos, en todos sus extremos, se regirán
por lo dispuesto en la Ley 11/1983, de 25 de agosto ("Boletín
Oficial del Estado" de 1 de septiembre); Real Decreto 1888/1984,
de 26 de septiembre ("Boletín Oficial del Estado" de 26 de octubre);
Real Decreto 1427/1986, de 13 de junio ("Boletín Oficial del
Estado" de 11 de julio); Decreto 12/1998, por el que se aprueban
los Estatutos de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria,
y en lo no previsto por la legislación general de funcionarios civiles
del estado; tramitándose de forma independiente cada una de las
plazas.
Segunda.-Las Comisiones nombradas para juzgar los
concursos están clasificadas a efectos económicos en la categoría primera
del anexo de la Resolución de 22 de marzo de 1993, que modifica
el Real Decreto 236/1988, de 4 de marzo ("Boletín Oficial del
Estado" número 73, de 26 de marzo de 1993).
Requisitos de los candidatos
Tercera.-Para ser admitidos a los citados concursos se
requiere:
-
Ser español, nacional de los demás Estados miembros de
la Comunidad Europea o nacional de aquellos Estados a los que,
en virtud de Tratados Internacionales celebrados por la Comunidad
Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre
circulación de trabajadores en los términos en que ésta se halla
definida en el Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea.
-
Tener cumplidos los dieciocho años y no haber cumplido
los setenta años de edad.
-
No haber sido separado, mediante expediente disciplinario,
del servicio de la Administración del Estado o de la Administración
Autónoma, Institucional o Local, ni hallarse inhabilitado para el
ejercicio de funciones públicas. En el caso de nacional de los demás
Estados miembros de la Comunidad Europea o nacional de
aquellos Estados a los que, en virtud de Tratados Internacionales
celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España, sea
de aplicación la libre circulación de trabajadores en los términos
en que ésta se halla definida en el Tratado Constitutivo de la
Comunidad Europea, no estar sometido a sanción disciplinaria
o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función
pública.
-
No padecer enfermedad ni defecto físico o psíquico que
impida el desempeño de las funciones correspondientes a Profesor
de Universidad.
Cuarta.-Deberá reunir las condiciones académicas específicas
que se señalan en el artículo 4.2 del Real Decreto 1888/1984,
de 26 de septiembre ("Boletín Oficial del Estado" de 26 de octubre),
según la categoría de la plaza y tipo de concurso, y además:
-
Para concursar a las plazas de Catedrático de Universidad,
estar en posesión del título de Doctor y cumplir las condiciones
señaladas en el artículo 4. o , apartado 1, letra c), del Real Decreto
1888/1984, de 26 de septiembre.
-
Para concursar a las plazas de Profesor titular de
Universidad, estar en posesión del título de Doctor y cumplir las
condiciones señaladas en el artículo 37, apartado 4, de la Ley
11/1983, de 25 de agosto.
-
Para concursar a las plazas de Catedráticos de Escuela
Universitaria, estar en posesión del título de Doctor.
-
Para concursar a las plazas de Profesor titular de Escuela
Universitaria, estar en posesión del título de Licenciado, Arquitecto
o Ingeniero superior, o del título de Diplomado, Arquitecto técnico
o Ingeniero técnico para las áreas de conocimiento específicas
de las Escuelas Universitarias determinadas por el Consejo de
Universidades.
Plazo y presentación de solicitudes
Quinta.-Quienes deseen tomar parte en el concurso, remitirán
la correspondiente solicitud al Registro General, sito en la calle
Murga, 21, 1. a planta, 35003 Las Palmas de Gran Canaria, dirigida
al excelentísimo señor Rector magnífico de la Universidad de Las
Palmas de Gran Canaria, por cualquiera de los procedimientos
establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, en el plazo de veinte días hábiles a partir
de la publicación de esta convocatoria en el "Boletín Oficial del
Estado".
La documentación a presentar o remitir es la que a continuación
se señala:
-
Instancia según modelo contenido en el anexo II,
debidamente cumplimentada.
-
Fotocopia del documento nacional de identidad o
pasaporte, ambos en vigor.
-
Fotocopia compulsada (no cotejada) del título académico
exigido en la...
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