REAL DECRETO 564/1999, de 26 de marzo, por el que se dispone la prórroga por tres años de la zona de reserva provisional a favor del Estado, denominada «Santa Ana», inscripción número 318, comprendida en la provincia de Huelva.

MarginalBOE-A-1999-8568
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Industria y Energia
Rango de LeyReal Decreto

REAL DECRETO 564/1999, de 26 de marzo, por el que se dispone la prórroga por tres años de la zona de reserva provisional a favor del Estado, denominada 'Santa Ana', inscripción número 318, comprendida en la provincia de Huelva.

La zona de reserva provisional a favor del Estado para investigación de recursos minerales de wollastonita, denominada 'Santa Ana', inscripción número 318, comprendida en la provincia de Huelva, fue declarada por el Real Decreto 92/1991, de 25 de enero, prorrogado su período de vigencia mediante la Orden de 20 de enero de 1994 y modificada la adjudicación de su investigación por el Real Decreto 501/1996, de 8 de marzo.

Los trabajos de investigación realizados hasta la fecha han permitido el descubrimiento de áreas anómalas que, de acuerdo con el programa establecido, aconsejan proseguirlos.

A tal fin, teniendo en cuenta lo establecido por los artículos 8.3 y 45 de la Ley 22/1973, de 21 de julio, de Minas, y 10.3 del vigente Reglamento General para el Régimen de la Minería de 25 de agosto de 1978; cumplidos los trámites preceptivos, y previo informe de la Comunidad Autónoma de Andalucía, con informes favorables emitidos por el Instituto Tecnológico Geominero de España y del Consejo Superior del Ministerio de Industria y Energía, se hace preciso dictar el presente Real Decreto.

En su virtud, a propuesta del Ministro de Industria y Energía y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 26 de marzo de 1999,

D I S P O N G O :

Artículo 1

Se prorroga la zona de reserva provisional a favor del Estado denominada 'Santa Ana', inscripción número 318, comprendida en la provincia de Huelva, conservando la misma delimitación y sustancias minerales a investigar que fue establecida en el Real Decreto 92/1991, de 25 de enero.

Artículo 2

Esta prórroga entrará en vigor a partir de la fecha de vencimiento de la anteriormente dispuesta y se concede por un plazo de tres años.

Artículo 3

Sigue encomendada la investigación de esta zona de reserva a la empresa 'Almagrera, Sociedad Anónima', la cual dará cuenta, anualmente, de los trabajos efectuados y resultados obtenidos a la Dirección General de Minas y al Servicio de Minas de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Dado en Madrid a 26 de marzo de 1999.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Industria y Energía, JOSEP PIQUÉ I CAMPS

MINISTERIO DE AGRICULTURA,

PESCA Y ALIMENTACIÓN

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