Los requisitos jurídicos a los que debe someterse la gestion de los fondos publicos

AutorCarlos Cubillo Rodríguez
Páginas25-69
CAPÍTULO PRIMERO.
LOS REQUISITOS JURÍDICOS A LOS QUE DEBE
SOMETERSE LA GESTION DE LOS FONDOS
PUBLICOS
1. LA ACTIVIDAD ECONÓMICO-FINANCIERA DEL SECTOR PÚBLI-
CO EN LA DEMOCRACIA MODERNA
1.1. El escenario actual
El modelo de Democracia vigente en los países avanzados está siendo
objeto de revisión en estos primeros años del Siglo XXI como consecuencia
de la concurrencia de una aguda crisis económica, de graves consecuencias
sociales, y de unos focos de corrupción y despilfarro de los fondos públicos
que han minado el prestigio de las instituciones, administraciones y enti-
dades del Sector Público.
José Luis Sampedro, en su prólogo a la conocida obra “¡ indignaos!” de
Stéphane Hessel, resume este estado de opinión cuando dice: ”Esto es Europa,
cuna de culturas. Sí, ese es el escenario y su decorado. Pero, ¿de verdad estamos en una
democracia?, ¿de verdad bajo ese nombre gobiernan los pueblos de muchos países?, ¿o
hace tiempo que se ha evolucionado de otro modo?(1).
Sin embargo, si se examina con detenimiento este proceso de revisión
del sistema político-institucional que se está produciendo en la sociedad, en
los medios de comunicación y en los foros intelectuales, se deduce que lo
que está emergiendo de la moderna ciudadanía no es un modelo alternativo
de Democracia, sino el deseo de intensificar los rasgos característicos del
modelo vigente, que en unos casos se habrían desdibujado por el deterioro
institucional del Estado y, en otros, nunca se habrían llegado a desarrollar
con plenitud a pesar de su reconocimiento jurídico formal. El gran reto
que la sociedad plantea es, sobre todo, que la Democracia pase a ser “real”
donde se ha quedado estancada o ha retrocedido a meramente “formal”.
Carlos Cubillo Rodríguez
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En efecto, las principales críticas y pretensiones de cambio que derivan
del descontento social, al margen de los grupos de opinión “antisistema”, no
conducen a la sustitución del actual Estado Social y Democrático de Derecho
por otro modelo de convivencia distinto, sino más bien a su intensificación
para que se corrijan los errores en su funcionamiento que han provocado
su desprestigio y se impulsen aquellas de sus virtudes que no pasaron del
papel o pantalla de ordenador a la realidad. Todo ello sin perjuicio de que
también se reclamen desde la sociedad avances como el blindaje jurídico
de los derechos sociales o una mayor transparencia en la organización y
funcionamiento del Sector Público.
Cuando la ciudadanía protesta contra la corrupción, lo que pide es más
Estado de Derecho, esto es, más sometimiento de los Poderes Públicos al
imperio de la ley. Cuando se queja de las desigualdades económicas y socia-
les, de los problemas de la sanidad y de la educación, o de la falta de protec-
ción del medioambiente, lo que demanda es más Estado Social. Y cuando
protesta contra la organización y actuación de los partidos políticos, la falta
de transparencia de los Poderes Públicos, la pobreza de los mecanismos de
participación de los ciudadanos en la res pública, la excesiva influencia de
los poderes financieros en las decisiones políticas o la politización de las
instituciones, lo que anhela es más Estado Democrático.
Los necesarios cambios que debe ir asumiendo, de forma gradual pero
constante, el modelo de Democracia del primer mundo para adaptarse a
las nuevas exigencias sociales son estructurales, no meramente cosméticos,
pero no requieren una reformulación del modelo de estado, sino una aplica-
ción real y sin complejos de sus posibilidades de crear escenarios materiales
(reales y efectivos diría un jurista) de calidad democrática, progreso social
y prosperidad económica.
Lo que no debe olvidarse es que el mensaje de la sociedad está siendo
tajante y los resultados electorales y de los referenda que se han venido
produciendo entre 2014 y 2018 en Europa, Latinoamérica y USA no dejan
duda respecto al hecho de que la ciudadanía no va a aceptar el engaño de
unos meros cambios cosméticos, quiere lo que la doctrina sueca denomina
bigbang reforms”, y además amenaza con soluciones “antisistema” si este no
cambia con rapidez y profundidad.
1.2. La extensión y límites del Sector Público
Las sociedades modernas viven inmersas en un doble debate que afecta
decisivamente a la configuración y delimitación del Sector Público:
Aspectos jurídicos del despilfarro en la gestión de los fondos públicos 27
a) La cuestión del peso especí co que debe tener el Sector Público en
comparación con el Sector Privado tanto en el trá co mercantil como
en el ámbito de la prestación de servicios públicos.
Este es el punto básico de la tradicional controversia entre quienes,
desde una visión liberal, conciben un Sector Público reducido en
tamaño y funciones y quienes, desde un enfoque social, abogan por
una mayor intervención de los Poderes Públicos en las relaciones
económicas y sociales.
En la Democracia actual esta polémica tiene unos límites ya que, ni
cabe volver al viejo Estado Liberal sin papel alguno en la economía
y sin funciones de contenido social (2), ni a los Estados Comunistas
con un Sector Público omnipotente y omnipresente y sin oxígeno
para la iniciativa privada.
En el caso de España, las referencias en la Constitución al Estado
Social, a la función de los Poderes Públicos de promover el bienestar
social, a la subordinación de la riqueza al interés general y a la fun-
ción social de la propiedad privada, unidas al reconocimiento, por
el propio Texto Constitucional, de la libertad de empresa dentro de
la economía de mercado y de la propiedad privada, establecen los
límites del debate y hacen jurídicamente inviable la implantación de
medidas extremas tanto de privatización como de intervencionismo.
Por otra parte España, como el resto de países de la Unión Europea,
está sujeta a una normativa comunitaria que, sin cercenar la in uencia
que pueda corresponder al Sector Público en cada estado miembro
de acuerdo con su ordenamiento jurídico nacional, sin embargo des-
confía de la intervención pública en la economía y establece unas
rigurosas reglas del juego basadas en la libre competencia mercantil
y en la promoción de la iniciativa privada en la producción de bienes
y servicios en el mercado. La eventual evolución del Derecho de la
Unión Europea desde estos postulados liberales a otros más sociales
constituye uno de los debates más intensos en el seno de la sociedad
actual.
b) La cuestión de la estructura y organización del Sector Público como
causa de despilfarro.
Los Poderes Públicos tienen que organizarse a través de administra-
ciones, instituciones y entidades de diversa índole para atender a sus
funciones constitucionales.
Esta forma de organizarse no puede ser arbitraria sino que tiene
que ajustarse escrupulosamente al marco jurídico que le resulta de
aplicación. La Jurisprudencia del Tribunal Supremo tiene dicho en

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