Requerimiento de bienes. Antonio Luis Correia Anjos. Expediente 02-381

SecciónAdministración General del Estado

Diputación Foral de Alava - Boletín Oficial del Territorio Histórico de Álava DocumentoLunes, 14 de Octubre de 2002 , * B.O.T.H.A. Num. 117III - OTRAS ADMINISTRACIONES PUBLICAS Administración del Estado MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL Dirección Provincial de Álava Ref. 6.227Requerimiento de bienes. Antonio Luis Correia Anjos. Expediente 02-381 Edicto de notificación de requerimiento de bienes. El Jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva número 0103, de Álava. En el expediente administrativo de apremio 01 03 02 381 que se instruye en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva contra el deudor Antonio Luis Correia Anjos por deudas a la Seguridad Social, y cuyo último domicilio conocido fue en avenida Federico Keller, 1-2° de Miranda de Ebro, con fecha 22-08-2002 se procedió a notificar al deudor requerimiento de bienes, del cual se acompaña copia adjunta al presente edicto. Al propio tiempo, se requiere al deudor para que en el plazo de ocho días, comparezca, por sí o por medio de representante en el expediente de apremio que se le sigue, a fin de proceder a la práctica de las notificaciones a que haya lugar, con la prevención de que en el caso de no personarse el interesado, se le tendrá por notificado de todas las sucesivas diligencias hasta que finalice la substanciación del procedimiento, de conformidad con lo preceptuado en los artículos 109 y 120.1.a) del Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto 1.637/1995, de 6 de octubre (B.O.E. del día 24). Vitoria-Gasteiz, a 30 de septiembre de 2002.- El Recaudador Ejecutivo, JOSÉ ANTONIO BARRIO GARCÍA. Requerimiento de bienes (TVA-218). En el expediente administrativo de apremio que se instruye en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva contra el deudor de referencia por deudas a la Seguridad Social, debidamente notificados en tiempo y forma y cuya cuantía corresponde al siguiente detalle: Principal: 3.336,81. Recargo de apremio: 667,36. Costas devengadas hasta la fecha: 2,96 Total deuda: 4.007,13. Y una vez transcurrido el plazo señalado para el ingreso voluntario de la totalidad de las cantidades adeudadas, sin haberse verificado el abono de las mismas, se ha procedido a dictar la correspondiente providencia de embargo por la que se ordena la traba de bienes y derechos en cantidad suficiente para cubrir el importe del crédito perseguido, el recargo, intereses en su caso y las costas...

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