SAP Girona 339/2007, 26 de Julio de 2007
Ponente | JAIME MASFARRE COLL |
ECLI | ES:APGI:2007:1291 |
Número de Recurso | 148/2007 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 339/2007 |
Fecha de Resolución | 26 de Julio de 2007 |
Emisor | Audiencia Provincial - Girona, Sección 2ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL DE GIRONA
SECCION SEGUNDA
Rollo de apelación civil: nº 148/2007
Proviene: JUZGADO PRIMERA INSTANCIA 2 OLOT
Procedimiento: nº 3/2006
Clase: procedimiento ordinario
SENTENCIA 339 / 2007
Ilmos. Sres:
PRESIDENTE
D. JOSE ISIDRO REY HUIDOBRO
MAGISTRADOS
D. JOAQUIM FERNANDEZ FONT
D. JAUME MASFARRE COLL
Girona, a veintiseis de julio de dos mil siete.
En esta segunda instancia ha comparecido como parte apelante D. Vicente, representado por el Procurador D. JOAQUIM GARCÉS PADROSA y
defendido por el Letrado D. MIQUEL REGALAT ARROYO.
Ha sido parte apelada D. Jesús María, Alejandro Y MAPFRE MUTUALIDAD DE SEGUROS, representados por la Procuradora Dña. CARME EXPÓSITO RUBIO y defendidos por el Letrado D. JORDI SOY CASELLAS.
El presente proceso se inició mediante la demanda presentada en nombre de D. Vicente contra D. Jesús María, Alejandro y MAPFRE.
La sentencia que puso fin a la primera instancia dice en su parte dispositiva: "ESTIMO PARCIALMENTE la demanda presentada por Vicente y condeno a Jesús María, Alejandro y a la aseguradora Mapfre a satisfacer la suma de 2.283€, más los intereses legales desde la presentación de la demanda respecto a los dos primeros demandados y los intereses del artículo 20 de la LCS desde la fecha del accidente respecto a la aseguradora Mapfre.
No se hace expresa imposición de costas a ninguna de las partes".
En aplicación de las normas de reparto vigentes en esta Audiencia Provincial, aprobadas por la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya, ha correspondido el conocimiento del presente recurso a la Sección Segunda de aquélla.
En su tramitación se han observado las normas procesales aplicables a esta clase de recurso, habiendo efectuado las partes las alegaciones que pueden verse en los respectivos escritos presentados en esta segunda instancia, a los que se responde en los siguientes fundamentos jurídicos. Se señaló para la deliberación y votación del recurso el día 18 de Julio dos mil siete.
Conforme a lo establecido en las indicadas normas de reparto, se designó ponente de este recurso al Sr. JAUME MASFARRE COLL, quien expresa en esta sentencia el criterio unánime de la Sala.
La cuestión que centra el debate en esta alzada ha sido ya tratada por esta Sala en anteriores ocasiones. Así, entre otras, en sentencias de fecha 12/5/03 ó 4/5/05, se establece el criterio de optar por abonar al perjudicado el valor de reparación de su vehículo cuando no exista una gran desproporción entre el valor venal del vehículo siniestrado y aquel valor de reparación. En concreto, viene recogido en resolución de esta Sala que: "la preferencia que debe otorgarse al derecho de obtener la reparación del vehículo accidentado por parte del perjudicado debe ceder en aquellos supuestos en que el importe de tal reparación sea desproporcionado en relación a su valor venal, siendo así que en tal caso podría darse un abuso de derecho por parte de aquél o, incluso, un posible enriquecimiento injusto derivado de una sustitución de la mayor parte de piezas del coche por otras nuevas. Así, en nuestra sentencia de fecha 4/2/05 se recoge, en tal sentido, lo siguiente: " La cuestión debatida se centra en si la indemnización a que tiene derecho la actora, hoy apelada, por razón de los daños sufridos en su vehículo a raíz del accidente de circulación de autos, debe ascender al importe...
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SAP Asturias 458/2011, 16 de Diciembre de 2011
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