RESOLUCION 1619/2002, de 16 de octubre, del Director del Servicio de Recursos Humanos, del Departamento de Educación y Cultura, por la que se aprueban las convocatorias de admisión de nuevos aspirantes al desempeño, mediante contratación temporal, en determinadas relaciones del Cuerpo de Maestros y de reordenación de los aspirantes que figuren en las relaciones correspondientes a cada especialidad e idioma del Cuerpo de Maestros.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyResolución

Por Orden Foral 395/2001, de 23 de octubre, del Consejero de Educación y Cultura, se aprueban las normas de gestión de las relaciones de aspirantes al desempeño, mediante contratación temporal, de puestos de trabajo docentes al servicio del Departamento de Educación y Cultura.

La base cuarta de dicha Orden Foral dispone que en el primer trimestre del curso escolar el Departamento de Educación y Cultura convocará concurso de méritos para que los aspirantes que figuren en las relaciones correspondientes a cada especialidad e idioma puedan actualizar sus méritos.

Asimismo la base quinta prevé la admisión de nuevos aspirantes a la contratación temporal en las relaciones que determine el Departamento en función de las necesidades de contratación temporal, así como en las relaciones correspondientes a cada especialidad e idioma para las que haya sido preciso solicitar aspirantes al Servicio Navarro de Empleo después de la última convocatoria de concurso de méritos para la admisión de nuevos aspirantes.

De acuerdo con lo expuesto y a tenor de las necesidades de personal existentes en los distintos centros educativos dependientes del Departamento de Educación y Cultura, procede admitir nuevos aspirantes en determinadas especialidades del Cuerpo de Maestros, así como reordenar a los aspirantes que figuran en las relaciones correspondientes a cada especialidad e idioma de dicho Cuerpo docente.

Por lo expuesto, a fin de constituir las relaciones de aspirantes al desempeño de puestos de trabajo de Maestros, mediante contratación temporal, a utilizar por el Departamento de Educación y Cultura, se aprueban las siguientes convocatorias:

I.-Admisión de nuevos aspirantes a la contratación temporal en determinadas especialidades del Cuerpo de Maestros.

II.-Reordenación de los aspirantes que constituyen las relaciones correspondientes a cada especialidad e idioma del Cuerpo de Maestros.

I.-CONVOCATORIA DE ADMISION DE NUEVOS ASPIRANTES A LA CONTRATACION TEMPORAL EN DETERMINADAS ESPECIALIDADES DEL CUERPO DE MAESTROS

Primera.-Se admitirán nuevos aspirantes en las relaciones correspondientes a las siguientes especialidades e idioma:

CUERPO DE MAESTROS:

Vascuence

-AUDICION Y LENGUAJE

-CIENCIAS SOCIALES

-FRANCES

-INGLES

-LENGUA CASTELLANA Y LITERATURA

-MATEMATICAS / CIENCIAS NATURALES

-VASCUENCE

Segunda.-No serán admitidos en la presente convocatoria los aspirantes que soliciten su inclusión en las relaciones correspondientes a especialidades e idioma en las que ya figuren.

Tercera.-Requisitos de acceso a las listas.

1.-Requisitos generales:

  1. Ser español, nacional de un país miembro de la Unión Europea o nacional de cualquiera de los Estados a los que en virtud de Tratados Internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores en los términos en que ésta se halla definida en el Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea. También podrán participar el cónyuge, descendientes y descendientes del cónyuge, de los españoles y de los nacionales de los países citados anteriormente, siempre que no estén separados de derecho, menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.

    En caso de no tener la nacionalidad española, los aspirantes deberán superar una prueba de nivel de conocimientos de castellano, salvo que estén en posesión del Diploma Superior de Español como Lengua Extranjera establecido por el Real Decreto 826/1988, de 20 de julio, modificado y completado por el Real Decreto 1/1992, de 10 de enero, o del Certificado de Aptitud en Español para extranjeros expedido por las Escuelas Oficiales de Idiomas, o del Título de Licenciado en Filología Hispánica o Románica, o de certificación que acredite haber abonado los derechos para la expedición del título.

  2. Tener cumplidos dieciocho años y no exceder de la edad establecida para la jubilación.

  3. No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con el ejercicio de la docencia.

  4. No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas.

  5. Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán presentar declaración jurada o promesa de no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la Función Pública, así como la homologación o reconocimiento del título exigido, para cada especialidad, en el Anexo II de la presente Resolución.

  6. No haber sido excluido de la relación de aspirantes al desempeño, mediante contratación temporal, de puestos de trabajo docentes al servicio del Departamento de Educación y Cultura, a la que se opte, en virtud del procedimiento de evaluación previsto en la norma decimotercera de la Orden Foral 395/2001, de 23 de octubre, del Consejero de Educación y Cultura.

    2.-Requisitos de titulación:

    2.1. Además de los requisitos generales, los aspirantes a la contratación deberán reunir los requisitos específicos de titulación que, para cada Cuerpo y especialidad, se señalan en el Anexo II de la presente Resolución.

    2.2. Titulación de vascuence.

    Para formar parte de las relaciones de aspirantes al desempeño de puestos de trabajo en vascuence, cualquiera que sea la especialidad o especialidades solicitadas, será requisito estar en posesión del título EGA o equivalente. No obstante, quienes carezcan de esta titulación pero deseen optar a dichos puestos deberán superar una prueba para determinar si poseen el nivel de conocimientos preciso, cuyo contenido y características se determinarán por el Servicio de Vascuence del Departamento de Educación y Cultura. Los aspirantes que hayan superado la prueba se incluirán en la lista a continuación de los que estén en posesión del título EGA o equivalente.

    2.3. Todos los requisitos enumerados en los apartados anteriores deberán poseerse el día de la finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento en que sean requeridos por la Administración para prestar servicios, así como durante el período de prestación de los mismos.

    Cuarta.-Orden de prelación de los nuevos aspirantes a contratación.

    Los nuevos aspirantes serán incluidos en las relaciones correspondientes a cada especialidad e idioma en el orden que les corresponda de acuerdo con la puntuación obtenida en aplicación del baremo de méritos aprobado por Orden Foral 395/2001, de 23 de octubre, del Consejero de Educación y Cultura, computándose los méritos perfeccionados hasta el 31 de agosto de 2002.

    Dicho baremo de méritos se publica como Anexo I de la presente Resolución.

    Quinta.-Plazo de presentación de solicitudes.

    Los aspirantes deberán presentar la instancia de participación en la presente convocatoria en la que deberán constar las especialidades que se soliciten, con indicación del idioma (vascuence), en el plazo de 10 días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

    Dicha instancia se encontrará a su disposición en el Negociado de Información y Documentación del Departamento de Educación y Cultura y en la siguiente dirección de Internet: http:\\www.pnte.cfnavarra.es.

    En la instancia deberán, en su caso, solicitar que el Servicio de Recursos Humanos aporte la documentación justificativa de los servicios prestados de acuerdo con lo dispuesto en la base sexta, punto 3, de la presente convocatoria de admisión de nuevos aspirantes.

    Los nuevos aspirantes podrán consignar en la instancia de participación hasta tres teléfonos de contacto para facilitar su localización y llamamiento, pudiendo actualizarse en cualquier momento los teléfonos consignados mediante instancia dirigida al Servicio de Recursos Humanos del Departamento de Educación y Cultura.

    Sexta.-Documentación.

    Junto con la instancia de participación los aspirantes que soliciten su admisión en las relaciones de aspirantes a la contratación deberán aportar la siguiente documentación:

    1. Fotocopia del Documento Nacional de Identidad o documento que acredite su nacionalidad y fotocopia compulsada de la titulación requerida para cada especialidad solicitada o certificación que acredite haber abonado los derechos para la expedición de dicha titulación.

    Si el título se ha obtenido en el extranjero, se deberá aportar fotocopia compulsada del mismo, junto con la credencial que acredite su homologación o reconocimiento.

    2. En el caso de solicitar la inclusión en la relación correspondiente a una especialidad a impartir en vascuence, los aspirantes deberán aportar, asimismo, fotocopia compulsada del título EGA o equivalente, señalando, en otro caso, en la instancia de participación su voluntad de realizar la prueba de conocimientos a que se refiere la base tercera de la presente convocatoria.

    3. Documentación justificativa de los méritos a que se refiere el baremo publicado como Anexo I de la presente Resolución. Unicamente serán valorados aquellos méritos perfeccionados hasta el 31 de agosto de 2002, no computándose los méritos adquiridos con posterioridad a dicha fecha.

    A efectos de la valoración del apartado I del...

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