STSJ Andalucía 330/2008, 19 de Mayo de 2008
Ponente | RAFAEL TOLEDANO CANTERO |
ECLI | ES:TSJAND:2008:3919 |
Número de Recurso | 3049/2000 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Número de Resolución | 330/2008 |
Fecha de Resolución | 19 de Mayo de 2008 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
SENTENCIA NÚM. 330 DE 2.008
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
Ilmo. Sr. Presidente:
Don José Antonio Santandreu Montero
Ilmos. Sres. Magistrados
Don Federico Lázaro Guil
Don Rafael Toledano Cantero
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En la ciudad de Granada, a diecinueve de mayo de dos mil ocho. Ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal
Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Granada, se ha tramitado el recurso número 3049/2000, seguido a instancia de DOÑA Carina , que comparece representada por el Procurador don Antonio Manuel Leyva Muñoz y asistida de Letrado, siendo parte demandada la ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO, TRIBUNAL ECONÓMICO ADMINISTRATIVO REGIONAL DE ANDALUCÍA, en cuya representación y defensa interviene el Sr. Abogado del Estado. La cuantía del recurso es de 221.455 ptas.
El recurso se interpuso el día 22 de diciembre de 2000, contra la resolución del Tribunal Económico Administrativo Regional de Andalucía, Sala de Granada, de fecha 25 de septiembre de 2000 , por la que se desestima la reclamación económico administrativa número NUM001 interpuesta por doña Carina contra la liquidación número NUM000 , por importe de 249.912 ptas, incluidos intereses de demora, girada por la Delegación en Granada de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria a cargo de doña Carina por el concepto de Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, ejercicio de 1996. Admitido a trámite el recurso se acordó reclamar el expediente administrativo, que ha sido aportado.
En su escrito de demanda la parte actora expuso cuantos hechos y fundamentos de derecho consideró de aplicación y terminó por solicitar se dictase sentencia estimando el recurso y anulando la resolución recurrida, se declare indebido el pago de la cantidad liquidada y que se devuelva con intereses legales.
En su escrito de contestación a la demanda, la Administración demandada se opuso a las pretensiones del actor, y tras exponer cuantos hechos y fundamentos de derecho consideró de aplicación, solicitó se dictase sentencia desestimando el recurso y confirmando la resolución.
Al no acordarse el recibimiento del pleito a prueba y no habiendo solicitado las partes la celebración de vista pública ni conclusiones escritas, ni estimarse necesario por la Sala, se acordó declarar conclusas las actuaciones. Se señaló para deliberación, votación y fallo del presente recurso el día y hora señalado en autos, en que efectivamente tuvo lugar, habiéndose observado las prescripciones legales en la tramitación del recurso.
Visto, habiendo actuado como Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. Don Rafael Toledano Cantero.
El recurso se dirige contra la resolución del Tribunal Económico Administrativo Regional de Andalucía, Sala de Granada, de fecha 25 de septiembre de 2000 , por la que se desestima la reclamación económico administrativa número NUM001 interpuesta por doña Carina contra la liquidación número NUM000 , por importe de 249.912 ptas, incluidos intereses de demora, girada por la Delegación en Granada de la...
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