SAP Murcia 206/2007, 28 de Septiembre de 2007

PonenteJUAN ANTONIO JOVER COY
ECLIES:APMU:2007:2209
Número de Recurso409/2006
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución206/2007
Fecha de Resolución28 de Septiembre de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Murcia, Sección 4ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 4

MURCIA

SENTENCIA: 00206/2007

Iltmos. Sres.:

D. Carlos Moreno Millán

Presidente

D. Juan Antonio Jover Coy

D. Jaime Giménez Llamas

Magistrados

S E N T E N C I A Nº 206

En la ciudad de Murcia, a veintiocho de septiembre de dos mil siete.

La Sección Cuarta de esta Audiencia Provincial ha visto en grado de apelación los autos de Juicio Ordinario procedentes del Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Molina de Segura y seguidos ante el mismo con el nº 370/03, -rollo nº 409/06-, entre las partes, actora, Talleres Veanfi 2000 S.L., con domicilio social en Molina de Segura (Murcia), Pedanía de Torrealta, Carretera de Alcantarilla s. n., con C.I.F. nº B-73090292, representada en el Juzgado por el Procurador Sr. Cantero Meseguer y en la Audiencia por la Procuradora Sra. Oliva Sánchez, y dirigida por el Letrado Sr. De Ramón Hernández; y demandados, D. Bernardo, mayor de edad, casado, con D.N.I. nº NUM000, y Dª. Aurora, mayor de edad, casada con el anterior, con D.N.I. nº NUM001, representados en el Juzgado por la Procuradora Sra. Moñino Moral y en la Audiencia por el Procurador Sr. Ródenas Pérez, y dirigidos por el Letrado Sr. Bachiller Alcolea. Versando sobre acción reivindicatoria e indemnización de perjuicios.

Los referidos autos penden ante esta Audiencia Provincial en virtud de recurso de apelación interpuesto por los demandados contra la sentencia de 4 de noviembre de 2005, dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Molina de Segura; siendo ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. Juan Antonio Jover Coy, que expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES

DE HECHO

Primero

La expresada resolución contiene el siguiente fallo:

"Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por el Procurador Sr. Cantero Meseguer en nombre y representación de TALLERES VEANFI 2000 S.L., se condena a D. Bernardo y Dª. Aurora a indemnizar a la actora en la cantidad de 29.714,58 € correspondientes al valor del terreno indebidamente invadido por los demandados, y respecto de las costas en los términos del fundamento de derecho cuarto".

Dicha sentencia fue aclarada por auto de 7 de marzo de 2006, cuya parte dispositiva decía lo siguiente:

"Que debo aclarar la sentencia de fecha cuatro de noviembre de dos mil cinco en el sentido de incluir en el fallo de la sentencia la condena de los intereses legales de la cantidad, quedando el fallo redactado en los siguientes términos:

"Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por el Procurador Sr. Cantero Meseguer en nombre y representación de TALLERES VEANFI 2000 S.L., se condena a D. Bernardo y Dª. Aurora a indemnizar a la actora en la cantidad de 29.714,58 € correspondientes al valor del terreno indebidamente invadido por los demandados, más los intereses legales y respecto de las costas en los términos del fundamento de derecho cuarto".

Segundo

Contra dicha sentencia se interpuso por D. Bernardo y Dª. Aurora recurso de apelación, que tras tenerse por preparado fue formalizado conforme a lo dispuesto en los artículos 458 y siguientes de la Ley de Enjuic. Civil.

Tercero

Seguidamente se remitieron las actuaciones a esta Audiencia Provincial, donde se formó el correspondiente rollo, con el nº 409/06, y se señaló el 21 de septiembre de 2007 para que tuviera lugar la votación y fallo del recurso, tras lo cual quedó éste visto para sentencia.

Cuarto

En la tramitación de este recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero

La mercantil Talleres Veanfi 2000 S.L. interpuso demanda de Juicio Ordinario solicitando que se declarara como indebida e ilícita la ocupación realizada por los demandados, D....

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