STSJ Castilla-La Mancha , 12 de Julio de 2005

PonenteJESUS RENTERO JOVER
ECLIES:TSJCLM:2005:1735
Número de Recurso208/2004
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución12 de Julio de 2005
EmisorSala de lo Social

T.S.J.CAST.LA MANCHA SALA SOCIAL ALBACETE SENTENCIA: 00968/2005 Recurso nº 208/04 Ponente: Sr. Jesús Rentero Jover.- Fallo: 16-6-05 Iltmo. Sr. D. Pedro Librán Sainz de Baranda Presidente Iltmo. Sr. D. Jesús Rentero Jover Iltmo. Sr. D. Eugenio Cárdenas Calvo

En Albacete, a doce de julio de dos mil cinco.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, compuesta por los Iltmos. Sres. Magistrados citados al margen, y EN NOMBRE DEL REY ha dictado la siguiente S E N T E N C I A Nº 968 En el Recurso de Suplicación número 208/04, interpuesto por Pedro Antonio , contra la Sentencia dictada por el Juzgado de lo Social de Talavera de la Reina, de fecha 27-10-03, en los autos número 608/03 , sobre REINTEGRO DE GASTOS MÉDICOS, siendo recurrido SESCAM.

Es Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. Jesús Rentero Jover.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que la Sentencia recurrida dice en su parte dispositiva: "

FALLO

Que desestimando la demanda interpuesta por D. Pedro Antonio contra el Servicio de Salud de Castilla la Mancha (SESCAM)

debo absolver y absuelvo a la demandada de las peticiones formuladas en su contra."

SEGUNDO

Que, en dicha Sentencia se declaran probados los siguientes Hechos:

PRIMERO.-El actor Pedro Antonio , con DNI nº NUM000 figura afiliado a la Seguridad Social con el nº NUM001 siendo beneficiario de asistencia sanitaria. SEGUNDO.- En el mes de Julio del año 2002 el actor acudió a la consulta del Dr. Jose Luis , médico de Atención Primaria por presentar dolor cervical y rigideces, siéndole prescrita medicación analgésica continuando con la prestación de servicios al no precisar baja por incapacidad temporal. A finales del mes de Agosto y como quiera que el dolor no remitía sino que aumentaba, acudió de nuevo el actor a la consulta del Dr. Jose Luis por presentar dolor cervical irradiado a hombro derecho. A la exploración se le apreció dolor a la palpación a nivel de borde superior de músculo trapecio derecho siéndole diagnosticado como contractura muscular del trapecio derecho prescribiéndole analgésicos y calor seco local. SEGUNDO.- El día 3 de Septiembre la esposa del actor acude a la consulta del Dr. Jose Luis refiriendo no encontrar mejoría por lo que le prescribe Radiografía urgente de Columna Cervical en la que aprecia rectificación de Columna Cervical sin observar lesiones óseas añadiendo al tratamiento un relajante. Al día siguiente el Dr. Jose Luis acude al domicilio del actor remitiéndole al Servicio de Urgencias de Traumatología al no encontrar mejoría extendiendo parte de baja por incapacidad temporal. CUARTO.- El día 5 de Septiembre a las 9 horas de la mañana el actor acudió al Servicio de Urgencias del Hospital Ntra. Sra. Del Prado, en donde tras una exploración y la realización de una Radiografía se le diagnóstica Cervicobraquialgia prescribiéndole Collarín Blando, reposo relativo, calor seco local y medicación analgésica. QUINTO.- El actor se encontraba ya en una situación de total postración en cama no pudiendo prácticamente mover las extremidades, siendo visitado por el Dr. Jose Luis quien le inyectó Valium 10 y Nolotil. SEXTO.- Tras varios días postrado en cama, con fuertes dolores que exigieron inyectarle morfina, acudió el actor a la clínica privada Marazuela de Talavera de la Reina donde le practicaron una RMN el día 10 de Septiembre que informa de una voluminosa hernia discal extraída a nivel C5-C6, con severa compresión medular, estando reducido el canal medular a la mitad de su medida y con indicación de consulta en neurocirugía. SÉPTIMO.- El día 12 de Septiembre la mujer del actor, acudió a la Clínica Ruber en Madrid a la consulta del Dr. Plácido quien a la vista de la RMN recomendó intervención quirúrgica urgente para evitar un deterioro neurológico irreversible, programándose para el día 17 siguiente.

OCTAVO.- El actor fue intervenido quirúrgicamente el día 17/09/02 bajo anestesia general mediante Discectomía C5-C6 extrayendo dos fragmentos libres que improntaban sobre la cara anterior de la médula y receso lateral derecho, trascurriendo el postoperatorio sin complicaciones, cediendo por completo el dolor radicular agudo y apreciándole una mejoría de los síntomas de piramidalismo que presentaba. SÉPTIMO.-El actor reclama en concepto de gastos ocasionados pro la prestación de asistencia sanitaria la cantidad de 9.059'02 .OCTAVO.- Se ha agotado la vía administrativa previa.

TERCERO

Que, en tiempo y forma, por la parte, se formuló Recurso de Suplicación contra la anterior Sentencia, en base a los motivos que en el mismo constan.

Dicho Recurso ha sido impugnado de contrario.

Elevadas las actuaciones a este Tribunal, se dispuso el pase al Ponente para su examen y resolución.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Contra la Sentencia del Juzgado de lo Social de procedencia, recaída resolviendo demanda sobre reintegro de gastos médicos, tras cita de las adecuadas indicaciones de carácter procesal, la parte recurrente formaliza su escrito de Suplicación a través de un único motivo de recurso, que con respeto a su contenido probatorio, está exclusivamente dedicado al examen del derecho que ha sido aplicado, y mediante el que se realiza denuncia de infracción de lo que viene establecido en el artículo 102,3 del texto de 1974 de...

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