ACUERDO ENTRE EL GOBIERNO DEL REINO DE ESPAÑA Y EL GOBIERNO DE LA FEDERACION DE RUSIA DE COOPERACION EN MATERIA SOCIO-LABORAL, HECHO EN MADRID EL 11 DE ABRIL DE 1994.

MarginalBOE-A-1995-6751
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Asuntos Exteriores
Rango de LeyAcuerdo

ACUERDO ENTRE EL GOBIERNO DEL REINO DE ESPAÑA Y EL GOBIERNO DE LA FEDERACIÓN DE RUSIA DE COOPERACION EN MATERIA SOCIO-LABORAL El Gobierno del Reino de España y el Gobierno de la Federación de Rusia, en lo sucesivo las Partes Contratantes.

Basándose en las tradiciones de amistad y cooperación de los pueblos de España y Rusia,

Considerando que en toda política económica es objetivo básico y prioritario el crecimiento continuado y sostenido de la producción y el empleo,

Convencidos de la necesidad de profundizar en el conocimiento de las políticas socio-laborales llevadas a cabo en ambos países.

Deseando reforzar todavía más la cooperación entre las Administraciones laborales del Reino de España y de la Federación de Rusia a través de acciones que contribuyan al desarrollo de la política social,

Considerando la creciente importancia que reviste la Formación Profesional para la potenciación de los recursos humanos en las empresas y en el mercado de trabajo,

Han acordado lo siguiente:

Artículo 1

El presente Acuerdo, tiene por objeto establecer un marco en que se desarrollen los programas y proyectos socio-laborales de cooperación en materia socio-laboral.

Artículo 2

Los Ministerios e Instituciones responsables y ejecutores del presente Acuerdo serán:

Por parte del Reino de España:

El Ministerio de Trabajo y Seguridad Social a través de la Oficina de Relaciones Sociales Internacionales, que contará con el apoyo y colaboración de las Unidades del mismo y de sus Organismos Autónomos y tutelados cuyas competencias tengan relación con las actividades a realizar.

Por parte de la Federación de Rusia:

El Ministerio de Trabajo a través de la Dirección de la Cooperación Internacional.

Las Partes Contratantes asegurarán intercambios sistemáticos de información y experiencia sobre el desarrollo de medidas y políticas socio-laborales seguidas por los poderes públicos.

La puesta en marcha y distribución de información, de documentación, organización de seminarios, encuentros, visitas, estudios y coloquios, así como de cualquier otra actividad, de conformidad con ambas Partes, se llevará a cabo, en el caso del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social de España por la Oficina de Relaciones Sociales Internacionales y en el caso del Ministerio de Trabajo de la Federación de Rusia por los Departamentos y Secciones correspondientes.

Artículo 3

Para la definición...

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