Decreto 72/2012, de 27 de abril, por el que se establecen las bases reguladoras del premio 'Joaquín Sama' a la innovación educativa en la Comunidad Autónoma de Extremadura y se efectúa la primera convocatoria para el ejercicio 2012.

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Educacion y Cultura
Rango de LeyDecreto
NÚMERO 85
Viernes, 4 de mayo de 2012 9331
DECRETO 72/2012, de 27 de abril, por el que se establecen las bases
reguladoras del premio “Joaquín Sama” a la innovación educativa en la
Comunidad Autónoma de Extremadura y se efectúa la primera convocatoria
para el ejercicio 2012.
(2012040078)
El Estatuto de Autonomía de Extremadura, en redacción dada por Ley Orgánica 1/2011, de
28 de enero, en su artículo 10.1.4 atribuye a la Comunidad Autónoma la competencia de de-
sarrollo normativo y ejecución en materia de educación, en toda su extensión, niveles y gra-
dos, modalidades y especialidades. En particular, el régimen, organización y control de los
centros educativos, del personal docente, de las materias de interés regional, de las activi-
dades complementarias y de las becas con fondos propios.
Mediante Real Decreto 1801/1999, de 26 de noviembre, se traspasaron las funciones y ser-
vicios en materia de enseñanza no universitaria de la Administración del Estado a la
Comunidad Autónoma de Extremadura.
En su ámbito de actuación, y en el marco de lo establecido por el Estatuto de Autonomía en
su artículo 7, la Junta de Extremadura contempla entre sus objetivos estimular la investiga-
ción científica y técnica, la incorporación de procesos innovadores, la promoción de las tec-
nologías de la información y la comunicación, la extensión de los sistemas operativos de có-
digo abierto, el uso de las licencias de libre copia y distribución y el dominio de otras lenguas.
Las necesidades de la sociedad actual, en la que las tecnologías de la información y comuni-
cación tienen un protagonismo en todos los campos de nuestra vida social, cultural y educa-
tiva, así como los cambios entre la concepción actual de los procesos de enseñanza y apren-
dizaje, justifican sobradamente que el sistema educativo fomente la participación en procesos
de innovación.
La innovación y la investigación, desarrolladas en el propio centro educativo como escenario
en el que tienen lugar estas acciones y cuyos protagonistas, especialmente el profesorado,
son los verdaderos agentes, constituyen procesos que promueven el cambio y propician la
mejora de la calidad educativa. Dada la importancia e influencia que ambos procesos tienen
sobre el sistema educativo, desde las Administraciones educativas debe fomentarse el incre-
mento sistemático de los mismos, tanto en cantidad como en calidad, a fin de conseguir una
formación adecuada de la comunidad educativa en su conjunto.
Por otro lado, la entrada en vigor de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la
Comunidad Autónoma de Extremadura, hace necesario de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 16 el establecimiento de las bases reguladoras de las subvenciones que se otorguen
por esta Administración.
De conformidad con lo anterior, a propuesta de la Consejera de Educación y Cultura y previa
deliberación del Consejo de Gobierno en su sesión de 27 de abril de 2012,
NÚMERO 85
Viernes, 4 de mayo de 2012 9332
DISPONGO:
Artículo 1. Objeto y finalidad.
1. El presente decreto tiene por objeto establecer las bases reguladoras para la concesión de
los premios “Joaquín Sama” a la innovación educativa en la Comunidad Autónoma de
Extremadura.
2. Este premio tiene como finalidad fomentar la innovación e investigación educativas en los
ámbitos curricular, metodológico, tecnológico, didáctico y organizativo en los niveles no
universitarios de nuestra región, potenciando aquellos trabajos que conjuguen la filosofía
de Joaquín Sama con la actualidad del sistema educativo extremeño.
Artículo 2. Beneficiarios.
1. Podrá optar a estos premios el personal, que se encuentre en activo durante la realiza-
ción del trabajo o experiencia, de los centros educativos, en los niveles previos a la
Universidad, de los centros de profesores y de recursos y las asociaciones de madres y
padres del alumnado debidamente inscritas en el registro creado mediante el Decreto
111/2010, de 7 de mayo, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
2. Los participantes podrán concurrir de forma individual o como equipo de trabajo.
Artículo 3. Temática y modalidades.
1. Se podrán presentar trabajos o experiencias que versen sobre los siguientes aspectos:
a) Educación en valores.
b) Innovación e investigación pedagógica y profesional en las distintas áreas o ámbitos
concernientes a la vida educativa, especialmente los relacionados con el desarrollo de
la inteligencia emocional y el fomento de la iniciativa emprendedora en el alumnado.
c) Fomento y uso de las tecnologías de la información y comunicación.
d) Fomento y uso de lenguas extranjeras.
e) Gestión y organización de centros educativos y cooperación con instituciones del en-
torno en relación con los temas anteriores. Igualdad de oportunidades, acogimiento y
orientación del alumnado, atención a la diversidad y promoción de actividades extra-
escolares.
2. Se establecen tres modalidades:
a) Una Escuela Más Cívica y Solidaria. Trabajos, materiales educativos, experiencias o pro-
cesos que supongan un esfuerzo de interés en el desarrollo de alguno de los siguientes
temas: educación en valores, educación para la ciudadanía y los derechos humanos o
convivencia escolar, e inteligencia emocional o desarrollo de la iniciativa emprendedora.
b) Una Escuela Más Cooperativa y Equitativa. Trabajos, materiales educativos, experien-
cias o procesos que supongan un esfuerzo de interés en el desarrollo de algunos de los

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