ORDEN AAM/313/2013, de 4 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas para el fomento de la concentración, la intercooperación y la modernización de las cooperativas y otras entidades asociativas agrarias y se convocan las ayudas correspondientes al año 2013.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO NATURAL
Rango de LeyOrden

Las directrices comunitarias sobre ayudas estatales al sector agrario y forestal que se establezcan para el periodo de programación 2014-2020 se aplicarán a todas las ayudas estatales, otorgadas a actividades de producción, transformación y comercialización de productos agrícolas, teniendo en cuenta que la política común y sus métodos especiales de aplicación deben atender las características específicas de las actividades agrarias derivadas de la estructura inherente a la propia agricultura y las disparidades estructurales y naturales entre las diferentes regiones, y que también debe tenerse presente la necesidad de que en caso de que haya que llevar a cabo adecuaciones se haga de forma gradual por el hecho de que la actividad agraria constituye un sector íntimamente ligado a la economía en su conjunto.

El Reglamento (CE) núm. 1698/2005 del Consejo, de 20 de septiembre de 2005, sobre la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), considera que es necesario tener en cuenta los objetivos generales en materia de cohesión económica y social establecidos en el Tratado y contribuir a su consecución con el fomento de la transformación y comercialización de productos agrarios, la introducción de nuevas tecnologías e innovaciones, la oferta de nuevas posibilidades de comercialización de productos agrarios poniendo el acento en la calidad, la mejora de la protección al medio ambiente y la seguridad laboral, y centrándose, como norma general, en las pequeñas y medianas empresas, que son las más aptas para aportar valor añadido a los productos locales, ya que en un contexto de creciente competencia es importante velar por que los sectores agroalimentario y forestales puedan aprovechar las oportunidades de los mercados mediante enfoques amplios e innovadores en la creación de productos, procesos y tecnologías.

La Decisión del Consejo 2006/144/CE, de 20 de febrero, sobre directrices estratégicas comunitarias de desarrollo rural (DOUE L núm. 55, de 25.2.2006), considera necesario actuar con el fin de alcanzar las prioridades de la comunidad, especialmente en relación con los objetivos de desarrollo sostenible, la estrategia reformada de crecimiento y de creación de empleo.

Asimismo, la Ley 18/2002, de 5 de julio, de cooperativas, establece en los artículos 139, 140, 143, 145 y en la disposición adicional primera la importancia del movimiento cooperativo para el sector agrario y para el desarrollo rural, y la necesidad de adoptar medidas de fomento y apoyo a las cooperativas a fin de que puedan alcanzar sus objetivos.

El Parlamento de Cataluña aprobó en la Resolución 35/VI medidas para impulsar la cooperación y la formación en el mundo agrario, que contiene la elaboración y la ejecución de un plan de apoyo y mejora del sector cooperativo, con el fin de reforzar la competitividad de las explotaciones agrarias catalanas. Más recientemente, en la Resolución 671/VIII de 14 de abril de 2010, sobre el mundo agrario, en el punto sobre el cooperativismo agrario catalán y sus retos, el Parlamento de Cataluña insta al Gobierno a orientar el Plan de modernización de las cooperativas agrarias catalanas hacia la producción de productos de calidad y hacia la transformación primera, y la comercialización de estos productos con el fin de mejorar y adecuar las estructuras de producción, los procesos y los circuitos comerciales y de distribución agroalimentarios; reforzar el cooperativismo como herramienta para alcanzar los objetivos de integración de los productores, fomentando la concentración de la oferta e impulsando la creación de organizaciones y asociaciones de productores; potenciar las ayudas y el asesoramiento técnico y empresarial para el fomento de la concentración, la intercooperación y la modernización de las cooperativas y otras entidades asociativas agrarias, para ganar dimensión y compartir sinergias en procesos técnicos, logísticos y de gestión; adecuar los planes de modernización de las cooperativas agrarias catalanas a la necesidad de que las convocatorias tengan carácter plurianual, como mínimo de tres años, para adaptarlas mejor a la realidad y la planificación de las empresas; y concienciar y sensibilizar a los diferentes protagonistas de las cooperativas, así como a los consejos rectores, los directivos, los trabajadores y los socios, para potenciar la cultura empresarial y el modelo de cooperativismo agrario de futuro.

La Federación de Cooperativas Agrarias de Cataluña es una entidad sin ánimo de lucro, sujeta a los principios y las disposiciones de la Ley 18/2002, de 5 de julio, dotada de plena personalidad jurídica y que tiene como fines la representación de los intereses generales de los socios, el mantenimiento y la divulgación de los principios del movimiento cooperativo y de servicios, asistencia y actuaciones de interés general para el cooperativismo agrario catalán. Consideradas las características de la Federación se cree conveniente destinar una de las líneas de ayuda a fomentar las actuaciones que desarrolle esta entidad como eje vertebrador del tejido agrario cooperativo.

En este marco normativo, el fomento de la concentración, la intercooperación y la modernización de las cooperativas y de la oferta cooperativa en Cataluña deben servir como factor incentivador al objeto de contribuir al desarrollo del sector agroalimentario y también como estímulo a la orientación económica y social de las cooperativas y las entidades asociativas agrarias, con la adopción de medidas con el fin de incrementar la dimensión económica y social de las cooperativas, restablecer y potenciar la competitividad de las cooperativas y las zonas rurales y facilitar el desarrollo de actividades económicas y sociales, con la mejora de la calidad, las condiciones medioambientales y la capacidad de creación de empleo en el ámbito rural como un elemento importante para reforzar la posición del sector cooperativo en la industria agroalimentaria y el comercio en el mercado interior y exterior.

Se incorporan también las nuevas orientaciones del próximo periodo de programación en materia de desarrollo rural 2014-2020. Así pues, esta medida debe contribuir a conseguir la competitividad de la agricultura, la gestión sostenible de los recursos naturales y el desarrollo territorial equilibrado en las zonas rurales mediante: el fomento de la organización de la cadena alimentaria con una mejor integración de los productores primarios; la promoción de la eficiencia de los recursos con un uso más eficiente del agua y de la energía; y el fomento de la inclusión social y el desarrollo económico en las zonas rurales facilitando la creación de empleo y promoviendo el desarrollo local.

Las ayudas de esta Orden son continuación del régimen de ayudas N346/2008, sobre medidas de integración, creación o ampliación de cooperativas y otras entidades agrarias, declaradas compatibles con el mercado común por la Comisión Europea, de acuerdo con las directrices comunitarias sobre ayudas de estado al sector agrario y forestal 2007-2013(2006/C319/01).

El Departamento de Agricultura, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio Natural considera conveniente establecer las bases reguladoras de las ayudas para el fomento de la concentración, la intercooperación y la modernización de las cooperativas y otras entidades asociativas agrarias de Cataluña.

Consecuentemente, atendiendo a las directrices comunitarias sobre ayudas estatales al sector agrario, de acuerdo con el artículo 92 del Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, a propuesta de la Dirección General de Alimentación, Calidad e Industrias Agroalimentarias, y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas,

Ordeno:

Artículo 1

Aprobar las bases reguladoras de las ayudas destinadas al fomento de la concentración, la intercooperación y la modernización de las cooperativas y otras entidades asociativas agrarias. Estas bases reguladoras se publican en el anexo de esta Orden.

Artículo 2

2.1 Convocar las ayudas destinadas al fomento de la concentración, la intercooperación y la modernización de las cooperativas y otras entidades asociativas agrarias de Cataluña. Las actuaciones objeto de subvención se pueden llevar a cabo durante las anualidades 2014, 2015 y 2016, de acuerdo con las mencionadas bases reguladoras.

2.2 En la línea de ayudas establecida en la base reguladora 3.3 Inversiones para la mejora y adecuación de la estructura, los procesos y los circuitos comerciales y de distribución agroalimentarios, quedan excluidas las inversiones superiores a un importe de 250.000,00 euros por anualidad y de 600.000,00 euros por la suma de las tres anualidades, que puedan ser objeto a su vez de subvención por otras ayudas financiadas con cargo a fondos comunitarios destinados a fomentar la mejora de los procesos de transformación y comercialización de los productos agrarios, en los términos de la regulación de los mencionados fondos.

2.3 El plazo de presentación de solicitudes, que computa desde el día siguiente al de la publicación de la Orden en el DOGC, será de dos meses.

2.4 Las ayudas de esta Orden, por un importe total de 10.297.992,94 euros, tienen carácter plurianual y van a cargo de la partida presupuestaria D/770000300/6130/0000 de los presupuestos del DAAM para las anualidades 2014, 2015 y 2016, dotada con unos importes máximos de 4.297.992,94 euros para la anualidad de 2014, 3.000.000,00 euros para la anualidad de 2015 y de 3.000.000,00 euros para la anualidad de 2016.

2.5 El órgano instructor de los expedientes de ayuda es la Subdirección General de Industrias y Calidad Agroalimentarias.

2.6 El órgano competente para emitir la resolución sobre las solicitudes es la persona titular de la Dirección General de Alimentación, Calidad e Industrias Agroalimentarias. A estos efectos se...

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