DECRETO 293/1994, de 22 de diciembre, por el que se establece la regulación de los horarios comerciales en el ámbito de la Comunidad de Castilla y León para el año 1995.

SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Fomento
Rango de LeyDecreto

Fecha del Boletín: 28-12-1994 Nº Boletín: 249 / 1994

DECRETO 293/1994, de 22 de diciembre, por el que se establece la regulación de los horarios comerciales en el ámbito de la Comunidad de Castilla y León para el año 1995.

La entrada en vigor del Real Decreto Ley 22/1993, de 29 de diciembre, en virtud del cual se establecieron las bases para la regulación de horarios comerciales, supuso la instauración de un sistema habilitante para que las Comunidades Autónomas pudieran adoptar medidas, de aplicación en los respectivos territorios, regulando los horarios y días de apertura de los establecimientos comerciales.

En función del mismo se procedió, por parte de la Junta de Castilla y León, a la aprobación del Decreto 65/1994, de 17 de marzo, cuya vigencia temporal quedó limitada al propio año de su aprobación, completándose el marco normativo, con la aprobación de la Ley 11/1994, de 18 de julio, por medio de la cual se tipificaron las infracciones y sanciones para las contravenciones a dicha materia.

El presente Decreto, establece, manteniendo el mismo criterio en cuanto a la apertura en días festivos, un calendario completo para el año 1995, al tiempo que pretende dar soluciones a problemas puestos de manifiesto durante la vigencia de la anterior norma.

Así, se ha considerado la situación de aquellos subsectores cuya demanda se concentra en períodos muy concretos, dentro del año natural, a quienes se ofrece la opción de agrupar los días de apertura autorizados en régimen de excepción, dentro de un calendario alternativo o la situación de las zonas turísticas que ya han tenido una declaración expresa en tal sentido, agilizando procedimientos.

En su virtud, oído el Consejo Castellano-Leonés de Comercio, a propuesta del Consejero de Fomento, emitido informe por el Consejo Económico y Social de Castilla y León, y previa deliberación de la Junta de Castilla y León, en reunión de 22 de diciembre de 1994,

DISPONGO:

Artículo 1º

El presente Decreto tiene por objeto la regulación de los horarios y días de apertura en los establecimientos comerciales de la Comunidad de Castilla y León, entendiéndose por tales, a los solos efectos de lo prevenido en el mismo, aquellos locales y las construcciones o instalaciones dispuestas sobre el suelo de modo fijo y permanente, cubiertos o sin cubrir, exentos o no, exteriores o...

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