Resolución de 8 de febrero de 2007, de la Secretaría General Técnica, por la que se dispone la publicación de los Reglamentos Especiales número 5, número 12 y número 13, de la Exposición Internacional de Zaragoza 2008.

MarginalBOE-A-2007-4368
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Asuntos Exteriores y de Cooperacion
Rango de LeyResolución

De conformidad con lo establecido en el Convenio de París de 22 de noviembre de 1928 y en modificaciones posteriores, esta Secretaría General Técnica ha dispuesto, para la debida vigencia y cumplimiento del mismo, la publicación de los Reglamentos Especiales número 5, número 12 y número 13 de la Exposición Internacional de Zaragoza 2008. El Gobierno ha tenido conocimiento de estos Reglamentos en la reunión del Consejo de Ministros de 26 de enero de 2007 y se publican ahora, para general conocimiento, como anexo a esta Resolución.

Madrid, 8 de febrero de 2007.-El Secretario General Técnico del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación, Francisco Fernández Fábregas.

ANEXO PRIMERO Artículos 1 a 5

Exposición Internacional de Zaragoza 2008

Reglamento Especial número 5

Relativo al alojamiento para el personal de las Secciones Oficiales Extranjeras

Artículo 1 Objeto.

El objeto de este Reglamento Especial es, conforme a los artículos 9 y 34 del Reglamento General de la Exposición Internacional de Zaragoza 2008, proporcionar información acerca del alojamiento para el personal de las secciones nacionales de los países y de las organizaciones internacionales que hayan aceptado la invitación del Gobierno Español (en adelante «Participantes Oficiales») para participar en la Exposición Internacional del 2008 (en adelante «la Exposición»).

Artículo 2 Asistencia a los Participantes Oficiales en materia de alojamiento.

La «Sociedad Estatal Expoagua Zaragoza 2008» (en adelante «la Organizadora»), prestará asistencia e información a los Participantes Oficiales en todo lo relacionado al alojamiento de su personal.

Artículo 3 Alojamiento para Participantes Oficiales proporcionado por La Organizadora.

La Organizadora pone a disposición de los Participantes Oficiales viviendas nuevas a estrenar. Además se ofrecerán los servicios de limpieza y lavandería, vigilancia y transporte al recinto de la Exposición.

Para los Comisarios de Sección, la Organizadora pondrá a su disposición viviendas, preferentemente en las proximidades del recinto de la Exposición y de una calidad superior. Se ofrecerán servicios de limpieza y lavandería, vigilancia y transporte al recinto.

Artículo 4 Procedimiento para solicitud de alojamiento.

La Organizadora editará una guía de alojamiento para los Participantes Oficiales, en la que se incluirá información completa acerca del número y tipo de alojamientos, situación de los mismos, servicios básicos y opcionales, procedimientos para amueblar las viviendas y el modelo de contrato de cesión del uso de las mismas. Acompañará también a la guía el modelo de solicitud de alojamiento y la forma de tramitarla.

El Participante Oficial deberá cumplimentar el modelo de solicitud de alojamiento, y enviarla a la Organizadora para que ésta reciba la solicitud no más tarde del 14 de junio del 2007.

La Organizadora acusará recibo de la solicitud de alojamiento tan pronto obre en su poder. En caso de observar la Organizadora errores en la solicitud o apartados incompletos se solicitará al Participante Oficial que los subsane en un plazo máximo de 15 días contados a partir de la fecha de notificación.

Los Participantes Oficiales, una vez acepten el alojamiento propuesto por la Organizadora, firmarán con ésta un contrato para obtener la cesión de uso al menos 6 meses antes del primer día que tengan previsto su ocupación.

Artículo 5 Otros tipos de alojamiento.

Los Participantes Oficiales podrán buscar y utilizar cualquier otro tipo de alojamiento distinto a las viviendas que La Organizadora pone a su disposición.

Los Participantes Oficiales que decidan utilizar otro alojamiento que no sea el que la Organizadora pone a su disposición, podrán recibir asistencia y realizar reservas por medio de la «Agencia de viajes receptora» oficial de la Organizadora (Official incoming travel agency).

ANEXO SEGUNDO

Exposición Internacional de Zaragoza 2008

Reglamento Especial número 12

Relativo a las disposiciones sobre la admisión al recinto

Capítulo I
Disposiciones generales Artículos 1 a 14
Artículo 1 Objeto.

El objeto de este Reglamento Especial es, de acuerdo con lo previsto en el artículo 30 y en el artículo 34 del Reglamento General de la Exposición Internacional Zaragoza 2008 (en adelante, «Reglamento General» y «Exposición», respectivamente), el de regular los aspectos relativos a las condiciones de entrada en el recinto, el horario de apertura al público y las materias relacionadas con la admisión de personas, animales y vehículos en el recinto de la Exposición.

Artículo 2 Cumplimiento de la Ley y los Reglamentos.

Los participantes y visitantes deberán cumplir el Reglamento General, los Reglamentos Especiales, las guías de desarrollo de la Exposición Internacional Zaragoza 2008 y las legislaciones española y europea en cuanto afecten a la admisión, estancia y permanencia en el recinto.

Artículo 3 Horario de apertura.

3.1 Los horarios de apertura de la Exposición durante el periodo comprendido entre el 14 de junio y el 14 de septiembre de 2008 serán...

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