DECRETO FORAL 68/2013, de 13 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regula la composición, organización y funcionamiento del Consejo Navarro de Cultura.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyDecreto foral

El Consejo Navarro de Cultura fue creado mediante Decreto Foral 241/1984, de 21 de noviembre, con el fin de promover el desarrollo cultural en la Comunidad Foral. Para ello se le encomendó el cometido de hacer llegar al órgano competente en materia de cultura las necesidades y los intereses culturales de la población navarra, proponiendo cuantas acciones fueran necesarias para un mejor desarrollo cultural del territorio y efectuar un seguimiento de los programas de la Administración desde la perspectiva de los campos del intelecto y las artes a los cuales representan.

En sus más de veinticinco años de existencia, el Consejo Navarro de Cultura ha llevado a cabo las funciones encomendadas, sirviendo de enlace entre la Administración y los distintos ámbitos en que se manifiesta la vida cultural y, a la inversa, haciendo intervenir en la planificación cultural los criterios de quienes, por su experiencia, su saber o su participación directa en la vida cultural y artística están capacitados para ello. Sus propuestas han sido tenidas en cuenta, en todo caso, en el proceso de toma de decisiones en materia de cultura. De entre sus numerosas iniciativas cabe destacar la propuesta de institución del Premio Príncipe de Viana de la Cultura, llevada a efecto por el Gobierno de Navarra mediante Decreto Foral 56/1990, de 15 de marzo.

Desde entonces, cuatro leyes forales han incidido en el ámbito competencial del Consejo Navarro de Cultura. Tres de ellas, la Ley Foral 32/2002, de 19 de noviembre, por la que se regula el Sistema Bibliotecario de Navarra, la Ley Foral 12/2007, de 4 de abril, de Archivos y Documentos y por último la Ley Foral 10/2009, de 2 de julio, de Museos y Colecciones Museográficas Permanentes de Navarra lo han hecho desde su correspondiente ámbito material sectorial.

Por su parte, la Ley Foral 14/2005, de 22 de noviembre, del Patrimonio Cultural de Navarra, dispone en su artículo 10 que el Consejo Navarro de Cultura es el órgano consultivo y asesor de la Administración de la Comunidad Foral en materia de cultura cuya composición, organización y funcionamiento se establecerán reglamentariamente.

A fin de dar cumplimiento a la normativa citada, procede determinar la composición, organización y funcionamiento del Consejo Navarro de Cultura.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Cultura, Turismo y Relaciones Institucionales, de acuerdo con el Consejo de Navarra, y de conformidad con la decisión adoptada por el Gobierno de Navarra en sesión celebrada el día trece de noviembre de dos mil trece,

DECRETO:

Artículo Único –Aprobación del Reglamento.

Se aprueba el Reglamento por el que se regula la composición, organización y funcionamiento del Consejo Navarro de Cultura, cuyo texto se inserta a continuación.

DISPOSICIÓN DEROGATORIA
Disposición derogatoria única –Derogación.

Quedan derogados el Decreto Foral 241/1984, de 21 de noviembre, por el que se crea el Consejo Navarro de Cultura, el Decreto Foral 157/1985, de 24 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de funcionamiento del Consejo Navarro de Cultura y cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo establecido en el presente Decreto Foral.

DISPOSICIONES FINALES
Disposiciones Finales
Disposición final primera –Habilitación normativa.

Se faculta al Consejero competente en materia de cultura para dictar las disposiciones necesarias para el cumplimiento, ejecución y desarrollo del Reglamento que se aprueba mediante este Decreto Foral.

Disposición final segunda –Entrada en vigor.

El presente Decreto Foral entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

Pamplona, 13 de noviembre de 2013.–La Presidenta del Gobierno de Navarra, Yolanda Barcina Angulo.–El Consejero de Cultura, Turismo y Relaciones Institucionales, Juan Luis Sánchez de Muniáin Lacasia.

REGLAMENTO POR EL QUE SE REGULA LA COMPOSICIÓN, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO NAVARRO DE CULTURA

CAPÍTULO I Disposiciones generales Artículos 1 a 4
Artículo 1 Objeto.

Es objeto del presente Reglamento la regulación de la composición, organización y funcionamiento del Consejo Navarro de Cultura.

Artículo 2 Concepto y naturaleza jurídica.

El Consejo Navarro de Cultura es el órgano consultivo y asesor de la Administración de la Comunidad Foral en materia de cultura.

Artículo 3 Adscripción.

El Consejo Navarro de Cultura se adscribe al Departamento competente en materia de cultura, que le proporcionará los medios materiales y personales precisos para su adecuado funcionamiento.

Artículo 4 Funciones del Consejo Navarro de Cultura.

Corresponden al Consejo Navarro de Cultura las siguientes funciones:

  1. Asesorar a la Administración de la Comunidad Foral en materia de patrimonio cultural.

  2. Elaborar los estudios y emitir los informes que le sean solicitados por el Departamento competente en materia de cultura.

  3. Prestar la colaboración que le solicite el Departamento competente en materia de cultura en la definición y ejecución de su política en el ámbito del patrimonio cultural.

  4. Formular las iniciativas y proponer las medidas que estime oportunas en orden a la protección y acrecentamiento del patrimonio cultural.

  5. Las que le atribuyen la Ley Foral 32/2002, de 19 de noviembre, por la que se regula...

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