DECRETO 103/2000, de 16 de mayo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento para la provisión de puestos de trabajo de atención primaria de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.

SecciónI. Disposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE SANIDAD BIENESTAR SOCIAL Y TRABAJO
Rango de LeyDecreto

DECRETO 103/2000, de 16 de mayo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento para la provisión de puestos de trabajo de atención primaria de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.

El artículo 35.1,3 del Estatuto de Autonomía de Aragón, atribuye a la Comunidad Autónoma la competencia exclusiva en materia del régimen estatutario de los funcionarios de la Comunidad Autónoma de Aragón sin perjuicio de lo dispuesto en el número 18 del apartado 1 del artículo 149 de la Constitución.

Mediante Decreto 195/1998, de 9 de diciembre, y en desarrollo de lo regulado en el Texto Refundido de la Ley de Ordenación de la Función Pública de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 1/1991, de 19 de febrero, que preveía la posibilidad de dictar normas específicas de desarrollo adecuadas a las peculiaridades de, entre otros colectivos, personal sanitario, se reglamentó la provisión de puestos trabajo de atención primaria de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.

La experiencia adquirida durante el primer año de vigencia del citado Decreto en el que se han puesto de manifiesto determinadas disfunciones en su aplicación práctica, aconsejan la sustitución del Decreto 195/1998, de 9 de diciembre, por otro que permita mediante el correspondiente desarrollo normativo, la agilización de los procesos de nombramientos de funcionarios interinos en puestos vacantes o en aquellos supuestos en los que, aun existiendo titular del puesto, éste no desempeña las funciones del mismo.

Igualmente se suprime la figura de la libre designación toda vez que en el ámbito de la atención primaria no existen puestos de esas características. Asimismo en el texto articulado se introduce el concurso especifico establecido en el articulo 15 del Reglamento de Provisión de Puestos de Trabajo, Carrera Administrativa y Promoción Profesional de los Funcionarios de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón aprobado por Decreto 80/1997, de 10 de junio, por razón de la naturaleza del puesto a cubrir en unidades de urgencias. Completando el sistema de provisión de puestos, se establece la redistribución y reasignación de efectivos, la comisión de servicios por funcionarios de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y, con carácter excepcional, de otras Administraciones Públicas; para el supuesto también excepcional de que, vacante un puesto de trabajo, no existan en las listas de espera de interinos, candidatos para su provisión, se regula la utilización del sistema de acumulación temporal de funciones.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Sanidad, Consumo y Bienestar Social, visto el dictamen de la Comisión Jurídica Asesora y previa deliberación del Gobierno de Aragón en su reunión celebrada el día 16 de mayo de 2000, DISPONGO Artículo único.--Aprobación del Reglamento.

Se aprueba el Reglamento para la provisión de puestos de trabajo de atención primaria de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón que figura como anexo a este Decreto.

DISPOSICIONES TRANSITORIAS Primera.--Durante el plazo máximo de 1 año desde la entrada en vigor de este Decreto, salvo que con anterioridad a dicho plazo se resuelva el próximo proceso de selección de personal para la provisión de los puestos de trabajo propios de esas Clases de Especialidad, a efectos de la cobertura de puestos por nombramiento de personal interino prevista en el artículo 15 por el procedimiento general, regirá el sistema de listas, en las cuales tendrán preferencia quienes hubieran acreditado un mayor número de días de servicios prestados en la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, en puestos de trabajo correspondientes a la Clase de Especialidad de que se trate.

Segunda.--Hasta que se publiquen las listas de espera para el nombramiento de interinos por el procedimiento general y se desarrolle el procedimiento para sustituciones, regulados ambos, en los artículos 15 y 16 del Reglamento aprobado por este Decreto, mantendrán su vigencia las aprobadas mediante los procedimientos establecidos en los artículos 2 y 3 de la Orden de 25 de enero de 1999, por la que se desarrolla el reglamento para la provisión de puestos trabajo de atención sanitaria no especializada de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por Decreto 195/1998, de 9 de diciembre.

DISPOSICION DEROGATORIA Unica.--Cláusula derogatoria.

Quedan derogado el Decreto 195/1998, de 9 de diciembre, por el que se aprueba el reglamento para la provisión de puestos trabajo de atención sanitaria no especializada de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y la Orden de 25 de enero de 1999, por la que se desarrolla el reglamento para la provisión de puestos de trabajo de atención sanitaria no especializada de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, a excepción de lo referente al Cuerpo de Funcionarios Superiores, Escala Facultativa Superior, Clase de Especialidad de Veterinarios de Administración Sanitaria, así como cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo establecido en el Reglamento que se aprueba por este Decreto.

DISPOSICIONES FINALES Primera.--Facultades de desarrollo.

Se faculta al Consejero de Sanidad, Consumo y Bienestar Social, para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para desarrollar lo establecido en el Reglamento aprobado por este Decreto.

Segunda.--Entrada en vigor.

Este Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón".

REGLAMENTO PARA LA DE PROVISION DE PUESTOS DE TRABAJO DE ATENCION PRIMARIA DE LA ADMINISTRACION DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DE ARAGON CAPITULO I. DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1.--Ambito de aplicación.

1.--Este Reglamento será de aplicación a los procedimientos de provisión...

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