REGLAMENTO de evaluación por compensación.
Sección | I - Principado de Asturias |
Rango de Ley | Reglamento |
Exposición de motivos La presente regulación pretende implantar, para todos los estudios conducentes a la obtención de un título oficial de validez en todo el territorio nacional, impartidos por la Universidad de Oviedo, el sistema de compensación de calificaciones. Es éste un procedimiento excepcional de declaración de suficiencia de una asignatura no superada por los cauces ordinarios, cuya finalidad es la de permitir a los alumnos a los que les falte la superación de la última asignatura del plan de estudios que estén cursando, solicitar, si la resolución es favorable, la expedición del correspondiente título oficial.
La creación de las comisiones de evaluación por compensación se fundamenta legalmente en el principio de libertad académica de las Universidades (Art. 2.3 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades), comprendiendo la autonomía universitaria "la admisión, régimen de permanencia y verificación de conocimientos de los estudios".
A tal efecto, se crean las Comisiones de Compensación, cuya función específica es la de valorar la labor realizada por el alumno solicitante durante los años de estancia en la Universidad de Oviedo para apreciar si, en conjunto, reúne los méritos suficientes para obtener la titulación a la que opte.
Con la aprobación de esta normativa, la Universidad de Oviedo pretende, por un lado, adoptar un mecanismo de evaluación cuya eficacia está suficientemente probada en varias universidades españolas y, por otro, dar solución a los problemas que se presenten a los alumnos que, por razones de diversa índole, tienen dificultades para superar la última asignatura, evitando que se vean obligados -en muchos casos- a abandonar los estudios.
Podrán solicitar la evaluación por compensación los alumnos de cualquier titulación conducente a títulos oficiales, que hayan cursado al menos el 50% de la carga lectiva en la Universidad de Oviedo, a los que les reste una asignatura para finalizar los estudios, hayan tenido un rendimiento académico medio y cumplan cualesquiera de las condiciones siguientes:
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Que se hayan examinado de la asignatura como mínimo en 3 convocatorias.
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Que la no superación de la asignatura suponga la obligatoriedad de adaptarse a un nuevo plan de estudios.
2.1.¿ No podrán solicitar la evaluación por compensación quienes hubiesen sido sancionados mediante resolución firme por irregularidades en la...
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