SAP Madrid 454/2005, 14 de Octubre de 2005

PonenteEPIFANIO LEGIDO LOPEZ
ECLIES:APM:2005:11799
Número de Recurso570/2005
Número de Resolución454/2005
Fecha de Resolución14 de Octubre de 2005
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 19ª

EPIFANIO LEGIDO LOPEZNICOLAS PEDRO MANUEL DIAZ MENDEZRAMON RUIZ JIMENEZ

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 19

MADRID

SENTENCIA: 00454/2005

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

SECCION 19

1280A

FERRAZ 41

Tfno.: 91 397 1861-2-3-4-0 Fax: 91 397 19 98

N.I.G. 28000 1 7008661 /2005

ROLLO: RECURSO DE APELACION 570 /2005

PROCEDIMIENTO ORDINARIO 228 /2004

JDO. 1A.INST.E INSTRUCCION N. 1 de ALCALA DE HENARES

Apelante/s: Paulino, Gabino, Trinidad, Benedicto, Celestina

Procurador: SR. GAMARRA MEJÍAS

Apelado/s: DIRECCION000

Procurador: SR. PÉREZ DE SEVILLA Y GUITARD

SENTENCIA Nº 454

Ponente: Ilmo. Sr. D. EPIFANIO LEGIDO LOPEZ

Ilmos. Sres. Magistrados:

D. NICOLAS DIAZ MENDEZ

D. EPIFANIO LEGIDO LOPEZ

D. RAMON RUIZ JIMENEZ

En MADRID a, catorce de octubre de dos mil cinco .

La Sección Decimonovena de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los Sres. Magistrados expresados al margen, ha visto en grado de apelación los autos de juicio ordinario 228/04, provenientes del Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Alcalá de Henares y seguidos sobre impugnación de acuerdos comunitarios en el marco de la propiedad horizontal, que han dado lugar en esta alzada al rollo de Sala 570/05, en el que han sido partes, como apelantes-demandantes, D. Paulino, D. Gabino, Dª Trinidad, D. Benedicto y Dª Celestina, que estuvieron representados por el Procurador Sr. Gamarra Mejías; y de otra, como apelada-demandada, la DIRECCION000, que vino al litigio representada por El Procurador Sr. Pérez de Sevilla y Guitard, habiendo estado ambas partes defendidas por Letrado.

VISTO, siendo Ponente el Magistrado Ilmo. Sr. D. EPIFANIO LEGIDO LOPEZ, que expresa el común parecer de este Tribunal.

ANTECEDENTES DE HECHO

Se dan por reproducidos los que contiene la sentencia apelada en cuanto se relacionen con esta resolución y

PRIMERO

Con fecha 6-05-2005 el Juzgado de 1ª Instancia nº 1 de Alcalá de Henares en los autos de que dimana este rollo de Sala, dictó sentencia cuyo fallo es del tenor literal siguiente: "Que estimo en parte la demanda planteada por D. Paulino, D. Gabino Dª Trinidad, D. Benedicto y Dª Celestina contra la DIRECCION000, no declarando la nulidad de los puntos 2º y 3º del orden del día de la junta general ordinaria de 26 de junio de 2003 y declarando la nulidad del acuerdo adoptado en el punto segundo del orden del día de la junta general celebrada el día 22 de diciembre de 2003, acordando que los gastos derivados de las reparaciones en la distribución de agua, gas natural y alumbrado deben efectuarse con arreglo a la cuota de participación y no por partes iguales. Todo ello sin pronunciamiento en materia de costas".

SEGUNDO

Notificada la sentencia a las partes se interpuso recurso de apelación por la representación procesal de D. Paulino y otros, que formalizaron adecuadamente (folios 259 y ss) y del que, tras ser admitido en ambos efectos, se dio traslado a la contraparte, que se opuso al mismo (281 y ss), remitiéndose luego los autos principales a este Tribunal en el que se abrió de inmediato el correspondiente rollo de Sala.

TERCERO

En esta alzada, para cuya deliberación, votación y fallo se señaló el diez de los corrientes, se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Se dan por reproducidos los que contiene la sentencia apelada en cuanto no se opongan a los que a continuación se insertan y

PRIMERO

D. Paulino, D. Gabino, Dª Trinidad, D. Benedicto y Dª Celestina, DIRECCION000, que se integran en la Comunidad de Propietarios del mismo nombre, ejercitaron acción frente a la repetida Comunidad solicitando del Juzgador de instancia (el presente juicio ordinario correspondió por reparto al Juzgado de 1ª Instancia nº 1 de Alcalá de Henares) se declarase la nulidad de los acuerdos comunitarios de los puntos 2 y 3 del orden del día de la junta general ordinaria de 26-06-2003 y la nulidad también de los acuerdos del punto 2 del orden del día de la junta de 22-12-2003. En la primera de las juntas se autorizaba al presidente para formular reclamación judicial contra los propietarios morosos (extremo que no figuraba en el orden del día) y aprobación de presupuestos con inclusión de partidas por partes iguales para las distintas viviendas que integran la Comunidad y no por coeficientes (con lo que se habrían contravenido los estatutos y el título de la propiedad horizontal), en lo atinente a piscina, mantenimiento del edificio en cuanto a jardinería y administración; en la segunda de las juntas se solicitaba la nulidad respecto del acuerdo que distribuyó por partes iguales los gastos de canalizaciones del gas, agua y alumbrado, no haciéndolo, igual que en el caso anterior, por coeficientes. El Juzgador de instancia declaró la validez de los acuerdos de 26-06-2003 y la nulidad de los también acuerdos de la misma DIRECCION000 de 22-12-2003. Se alzan, tan sólo, contra la sentencia los demandantes que peticionan de este Tribunal se declare también la nulidad de los acuerdos de la junta de 26-06-2003.

SEGUNDO

El Juzgador de instancia, con toda razón jurídica y en lo que se refiere al objeto del presente recurso, dejó...

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