ORDEN VCP/233/2010, de 12 de abril, de modificación de la Orden VCP/491/2009, de 12 de noviembre, por la que se refunden y actualizan los títulos, diplomas y certificados equivalentes a los certificados de conocimientos de catalán de la Secretaría de Política Lingüística (DOGC núm. 5511, de 23.11.2009).

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE LA VICEPRESIDENCIA
Rango de LeyOrden

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VCP/233/2010, de 12 de abril, de modificación de la Orden VCP/491/2009, de 12 de noviembre, por la que se refunden y actualizan los títulos, diplomas y certificados equivalentes a los certificados de conocimientos de catalán de la Secretaría de Política Lingüística (DOGC núm. 5511, de 23.11.2009).

La enseñanza de idiomas en régimen especial y, particularmente, el plan curricular de las enseñanzas de lengua catalana por parte de las escuelas oficiales de idiomas, ha sido modificada en los últimos años, por un lado, por la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, que organiza las enseñanzas de idiomas de régimen especial en tres niveles: el básico, el elemental e intermedio, y, por otro, por el Real decreto 1629/2006, de 29 de diciembre, que determina con carácter básico que los niveles básico, intermedio y avanzado de las escuelas oficiales de idiomas tienen como referencia las competencias propias, respectivamente, de los niveles A2, B1 y B2 del Consejo de Europa, según se definen estos niveles en el Marco europeo común de referencia para las lenguas (en adelante, MECR). Finalmente, el Decreto 4/2009, de 13 de enero, del Departamento de Educación (DOGC núm. 5293, de 15.1.2009) regula, en aplicación de esta normativa básica estatal, la organización y el currículo de las enseñanzas de idiomas que se imparten en las escuelas oficiales de idiomas, incluida la certificación que se puede obtener.

La Orden VCP/491/2009, de 12 de noviembre, por la que se refunden y se actualizan los títulos, diplomas y certificados equivalentes a los certificados de conocimientos de catalán de la Secretaría de Política Lingüística, incorporó las nuevas equivalencias con los certificados de catalán expedidos por las escuelas oficiales de idiomas o por el órgano competente en materia de enseñanzas de idiomas de régimen especial de las comunidades autónomas, teniendo en cuenta que los certificados de la Secretaría de Política Lingüística también tienen como referencia los niveles del MECR del Consejo de Europa. La correspondencia de los certificados de catalán de la Secretaría de Política Lingüística con las competencias propias de los niveles del MECR del Consejo de Europa es la siguiente: el nivel básico de la Secretaría se corresponde con el A2 MECR; el nivel elemental de la Secretaría, con el B1 MECR; el nivel intermedio de la Secretaría, con el B2 MECR; el nivel de suficiencia (C) de la Secretaría, con el C1 MECR, y el certificado de nivel superior (D) de la Secretaría, con el C2 MECR.

Por otra parte, aunque la normativa sectorial de las escuelas oficiales de idiomas antes citada regula las enseñanzas de lenguas sólo hasta la certificación equivalente a un nivel B2 MECR, se establece también la facultad de las escuelas oficiales de idiomas para organizar cursos que tengan como referencia los niveles C1 y C2 del MECR y certificar los conocimientos correspondientes. De acuerdo con esta facultad, y con la manifestación...

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