Réflexions sur la Philosophie du Droit

AutorJosé Calvo González
CargoUniversidad de Málaga
Páginas461-464

Melkevik, Bjarne, Réflexions sur la Philosophie du Droit, Québec-Paris-Montreal, Presses de l'Université Laval-L'Harmattan, 2000, 214 pp.

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Cuando se decide emprender el juicio crítico de una obra científica, entiendo que éste ha de ser llevado a partir de la identificación del criterio constructivo que su autor haya empleado para desarrollar el propósito a que la destinara. Ese criterio trasluce en el previo examen de la compacta y reflexiva, o endeble y poco meditada, arquitectura de la obra. De qué modo, si no, podrá ofrecer el crítico al lector, ese interlocutor desconocido, una guía y orientación en la obra que como edificación de pensamiento se alza ante él. Conducir de otra manera la labor crítica, lo que no es infrecuente, lleva a pasear la obra recorriendo la que el crítico no escribió. De ahí también el que a menudo la crítica acabe siendo un ejercicio de errabunda divagación convinada de irritación y hasta de impaciencia en la demolición, y no sólo intelectual sino incluso personal. Se equivoca, pues, quien identifica la función de la crítica con la instrucción de causa general a un texto o a un autor. El crítico puede, desde luego, mostrar sus preferencias, pero como referencias desprejuiciadas; lo contrario, le situaría en la impunidad, y ciertamente no es argumento crítico la pura exhibición del gusto o disgusto.

Del trabajo de Bjarne Melkevik, en la actualidad profesor de la Facultad de Derecho de la Universidad de Laval (Québec), formado académicamente en la de París II, donde asimismo elaboró su tesis doctoral, dedicada a «Pasukanis et la théorie narxiste du droit» (1987), conocíamos una obra anterior: Horizons de la philosophie du droit1. Su recordatorio ahora incumbe a la presente; horizein era el verbo griego que denominaba el arte de dibujar. En Réflexions sur la Philosophie du Droit, Melkevik insiste y persevera en su lineamiento pero, como su título anuncia, con un carácter más deliberativo. No obstante, sobre algunos de aquellos primeros apuntes, entonces esbozados a veces con trazos demasiado gruesos y de los que este crítico discrepa -así, acerca de la esterilidad jurídica2 del utilitarismo o en relación al porvenir sombrío y subversivo («subversion normative du droit»3) cuando no disolvente, proyectado por las doctrinas postmodernas del Derecho4- parece haberse aplicado un sfumatto, una cierta veladura, o al menos no están ya tan en primer plano. No significa ésto, seguramente, que se haya producido una radical transformación del estilo. Tampoco corresponde al crítico censurar, ni aun tutelar, la autonomía de esa decisión. Réflexions presenta más bien, si acaso, un cambio de técnica que así sirve a que hoy la composición, llevada también con otro pulso, muestre mejor su contorno general, sin duda porquePage 462 ahora su rasgo definitorio se discierne antes a través del matiz que de la arista. El influjo de esa técnica incide de manera decisiva, además, en el ángulo del perfil y las proporciones del conjunto y cada uno de sus elementos. Lo que debe verse destaca en su justa medida; el resto no se oculta ni borra, no pierde su emplazamiento o su configuración, pero tampoco impide que la mirada circule; en suma, no representa un obstáculo.

Pues bien, en el resultado de mi observación aprecio, en el doble sentido del término, la reiteración de temáticas y preocupaciones de ideología jurídica. Así, lo aprovechado de la atención nuevamente prestada a Pasukanis5, o en la oportunidad de repensar a Marx6, además de por el añadido de su incisiva crítica al hayekianismo iusfilosófico7, en cuyo análisis Melkevik argumenta y objeta la postulación epistemológica de la idea de orden espontáneo, la base metafísica de su ontología y ética jurídicas vedadas al acceso de un debate de razón pública e igualmente, y no con menor beligerancia, la depreciación de la democracia sustantiva y transformadora que el neoliberalismo sólo valoriza por su dimensión instrumental.

De ahí, si no se reparase suficientemente, sería fácil no obstante errar la filiación de...

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