Reflexiones sobre la utilidad de la justicia transicional en periodos de crisis. ¿Una variante en la consolidación?

AutorSara Arrazola Ruiz
Cargo del AutorUniversidad Rey Juan Carlos
Páginas9-24
REFLEXIONES SOBRE LA UTILIDAD DE LA
JUSTICIA TRANSICIONAL EN PERIODOS
DE CRISIS. ¿UNA VARIANTE EN LA
CONSOLIDACIÓN?
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Universidad Rey Juan Carlos
INTRODUCCIÓN
La nueva Ley 20/2022, de 19 de octubre de Memoria Democrática pone sobre la
mesa el debate sobre el trauma social, sus consecuencias y secuelas a largo plazo. Abre
el debate acerca de la utilidad de la justicia transicional y de la perdurabilidad del trauma
social a pesar de la consecución de los grandes objetivos transicionales. Hay muchas
perspectivas desde las cuales abordar esta problemática pero a efectos de utilidad práctica
y calado social, una de las posibles es la que ofrece la violencia social y, en particular,
su pervivencia en las dinámicas de convivencia democrática. Esta ley se presenta como
una respuesta a las demandas de la sociedad civil y como la aceptación de las recomen-
daciones y dictámenes internacionales en la materia. No obstante, subyace la cuestión
acerca de el porqué de esta decisión 44 años después de alcanzar la democracia, en un
momento social tan tremendamente sensible como el actual, y su impacto real.
La justicia transicional es un conjunto de mecanismos basados en los derechos huma-
nos que pretenden incorporarse al escenario transicional para dotarle de una funcionalidad
mayor que la de la mera consecución de la democracia formal con el objetivo de favo-
recer la cohesión y la reconciliación nacional. La pregunta que pone sobre la mesa es si
verdaderamente una transición culmina y si el éxito democrático se basa únicamente en
la alternancia pacíf‌i ca en el poder o existen otros parámetros independientes y/o comple-
mentarios. También plantea la duda, cada vez más extendida, acerca del éxito de la uni-
versalización de la democracia y del éxito de las democracias occidentales. Actualmente
el contexto político occidental, esas llamadas democracias consolidadas se encuentran
en un periodo de crisis en el que se combinan varias cuestiones: la quiebra del estado
del bienestar, el crecimiento de nacionalismos, el empobrecimiento y envejecimiento
poblacional, la crispación social, la polarización a todos los niveles, el individualismo y
el elitismo político. A ello se suma una crisis de valores a nivel institucional, a nivel de
gobernanza, a nivel social y a nivel político y esto deriva en una falta de fe o de creencia
en la perdurabilidad de lo construido que ya parece estar resquebrajándose; incluso el
Sara Arrazola Ruiz
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proyecto europeo parece desmoronarse ante la imposibilidad de llevar a la práctica los
valores que lo fundamentan en momentos de necesidad. Ello deriva en una ref‌l exión
acerca de dónde encontrar el fallo, si en los inicios, si en los fundamentos, si en la práctica
posterior,… Comúnmente se dice que aquel que no conoce los errores del pasado, está
condenado a repetirlos anticipando la conclusión de que conocerlos, al menos, previene
contra su repetición; es por ello que las herramientas propias de la justicia transicional
parecen convertirse en un modelo idóneo para afrontar esa posibilidad.
1. MEMORIA Y VIOLENCIA
La cuestión sobre la llamada memoria histórica o democrática resulta constante y
controvertida porque supone enfrentar a la sociedad del presente con momentos de rup-
tura ocurridos en el pasado y se percibe como una amenaza a los equilibrios presentes.
La propia memoria democrática como ilustradora del conf‌l icto supone un conf‌l icto en sí
misma ya que su fundamento se encuentra en el recuerdo del trauma colectivo, del trauma
social. Es por ello que cualquier aproximación sobre la materia debe partir necesariamente
de una comprensión acerca de las propias def‌i niciones, dimensiones, características y
aristas del conf‌l icto social.
Tal y como propone Fontana, la historia del conf‌l icto social es la historia de los movi-
mientos sociales que vienen a ref‌l ejar las conexiones entre lo político y lo histórico, entre
la violencia y las conquistas1. Es una combinación entre lo que ha venido tradicionalmente
siendo penalizado con el nombre de rebeldía, en contraposición al conocido como status
quo u orden imperante. Sostiene Kamen a este respecto, que lo único admisible en los
sistemas sociales imperantes, al menos hasta las revoluciones liberales, es lo que él ca-
taloga como resistencia a la tiranía2, es decir, la capacidad, que no el derecho, de poder
derrocar al poder ejercido mediante abuso, dominio o imposición en grado extraordinario
y fuera de los límites determinados por el orden social imperante ejercitados e impuestos
tradicionalmente a través de la religión.
Muchas son las lecturas que pueden extraerse del conf‌l icto social y muchos los orí-
genes o causas a los que vincularlo; sin embargo y a pesar de las divergencias en materia
ideológica en el punto neutral del conf‌l icto social, hay un eje común que se estructura a
través de la percepción de una desigualdad o de una asimetría. Es en esta cuestión sobre
la cual subyace también el punto clave de la memoria, de las lecturas posibles y de la
reconciliación social a todos los niveles.
Si se pone el foco de atención en cómo reconstruir y reconciliar una sociedad frac-
turada por el conf‌l icto o la violencia social, hay dos elementos def‌i nitorios: la manera
en que se interpreta el conf‌l icto y sus dimensiones, y la manera en que se articulan los
nuevos paradigmas de relación social. Esto entronca directamente con la idea de transi-
1 FONTANA, J., Historia: Análisis del pasado y proyecto social, Ed. Planeta, Barcelona, 1982.
2 KAMEN, H., Nacimiento y desarrollo de la tolerancia en la Europa moderna, Ed. Anaya, Madrid 1967.

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