Algunas reflexiones previas sobre el escenario territorial de las Illes Balears

AutorAina Salom Parets
Páginas218-245

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1. Planteamiento

El territorio de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears es el formado por las islas de Mallorca, Menorca, Ibiza, Formentera y Cabrera y por el de las otras islas menores adyacentes

(Art. 2 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears404, en adelante EAIB). La característica más relevante de esta C. A. es la insularidad, la cual se reconoce expresamente por primera vez en la reforma operada al EAIB (en 2007, el Estatuto ampara la insularidad405del territorio de la Comunidad Autónoma como hecho propio y merecedor de protección especial, Art. 3.1). Resulta incuestionable que la realidad geográfica de las Illes Balears es un hecho diferencial del que no participan el resto de territorios del Estado, salvo las Islas Canarias y la situación peculiar de Ceuta y Melilla.

Sin perjuicio del punto de partida de este escenario, reflejado en la condición de archipiélago, lo importante es tomar en consideración cada una de las islas por separado con sus características propias. En su momento, ya se señaló que «la insularidad, en nuestro caso determinado por el mar, que a la vez que unirlas las separa, actúa en cada una de ellas en diferentes direcciones, dando lugar a tres formas de vida diferentes, tres mundos distintos que no admiten un apelativo humano común: lo balear no existe como determinativo de las islas406».

Debo traer a colación en este punto la Ley 30/1998, de 29 de julio, de Régimen Especial de las Illes Balears, aprobada con posterioridad a la anterior Ley 6/1998, de 13 de abril, sobre régimen del suelo y valoraciones. En la Exposición de Motivos de esta Ley estatal se reconoce el hecho insular como aspecto diferencial que debe ser tomado en consideración al establecer el adecuado y justo equilibrio económico entre los territorios del Estado, dando eficacia al principio de solidaridad interterritorial. Igualmente, se pone de relieve que «la fragilidad ecológica del territorio insular y el carácter limitado de sus recursos naturales, junto con la concentración de las actividades económicas en el sector

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terciario, exigen adoptar medidas que permitan garantizar la sostenibilidad del crecimiento407». Y desde el punto de vista de la innovación del hecho insular en la ordenación del territorio y el urbanismo, Munar Fullana afirma que dicho factor geográfico y de aislamiento son irrefutables y evidentes condicionantes de la configuración de modelos territoriales expansivos408.

Tal y como señala Rullán Salamanca, desde el punto de vista de la geografía física como desde el de la geografía humana, muy pocas cosas pueden ser consideradas baleares409. En la actualidad, esta diferenciación se acentúa en el marco de la planificación territorial y urbanística410. En esta línea, la Exposición de Motivos de la vigente Ley 14/2000, de 21 de diciembre, de Ordenación Territorial de las Illes Balears (en adelante, LOT/00), dispone lo siguiente: «en las Illes Balears, la ordenación del territorio es una cuestión objeto de discusión y de preocupación de los poderes públicos y de los ciudadanos en general. La intensa actividad económica y social que se desarrolla sobre el frágil y limitado territorio de nuestras islas hace necesario que todas las Administraciones Públicas deban intervenir de una manera decisiva. Así pues, corresponde a la Administración intentar obtener el máximo bienestar de la población y compatibilizarlo con la preservación de los valores medioambientales que, en nuestro caso, son también un recurso económico fundamental.

La configuración del archipiélago facilita que cada una de las islas lleve a cabo la ordenación de su territorio de manera autónoma a través de las instituciones propias, y que el Gobierno de las Illes Balears se convierta en garante de los aspectos de la ordenación que trascienden el ámbito insular. En este sentido, la nueva legislación de ordenación territorial ha de fijar el marco adecuado para la transferencia de competencias a los Consejos insulares en esta materia y ha de diseñar, en los aspectos básicos, los fundamentos de una política territorial coordinada e integradora».

Consecuentemente en esta C. A., los planes insulares constituyen la pieza clave de la política territorial. Con base a su carácter insular les corresponde la ordenación de todo aquello que, trascendiendo del ámbito municipal, se refiere a los asentamientos humanos, a las actividades y usos a realizar sobre el territorio, a la creación de servicios comunes para los municipios así como aquellas

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medidas destinadas a mejorar la calidad de vida y la protección del medio natural. Por lo que se refiere al presente trabajo, sin perjuicio del conjunto de cues-tiones que son tratadas en relación a la ordenación territorial balear, en general, me centraré en las distintas previsiones en materia de contención del crecimiento urbanístico en superficie contenidas en los distintos Planes Territoriales Insulares, los cuáles son fiel reflejo del uso desigual en el que los Consells Insulars han materializado la potestad de ordenación del territorio de cada isla.

A priori y sin entrar en el estudio de la geografía de cada una de las Islas, considero relevante exponer algunos aspectos que caracterizan a los distintos marcos insulares. Así, en primer lugar, para el caso de Mallorca, simplemente apuntaré que:

– Como principales urbes tendríamos, en un primer escalón, Palma, en segundo lugar, Inca, Manacor y, en tercer lugar, los municipios de Llucmajor y Calvià, junto con el resto de municipios mallorquines que complementan el referido sistema.

– Se habla de que Mallorca se encuentra en fase de explosión urbana que siempre sigue a la de implosión. Implosión urbana manifestada en la concentración metropolitana de funciones por parte de las principales urbes y explosión que se concreta en la mayor urbanización tanto de la costa como de los núcleos de interior, que son los que están experimentado un mayor aumento del número de habitantes. Es decir, lo que se observa es que si bien el mayor nivel de equipamientos, servicios, infraestructuras, comercio, se sitúa en los grandes núcleos urbanos citados, el mayor aumento poblacional se viene soportando en los municipios de interior frente a un decrecimiento demográfico en la ciudad de Palma, debido a la saturación urbanística que presenta esta última. Así, en fecha de 1 de enero de 2010, la cifra de habitantes de Mallorca era de 869.067 habitantes, de entre los cuales 404.681 se sitúan en Palma y los 464.386 restantes en los distintos municipios de la isla411.

– Consecuencia de lo manifestado en el apartado anterior, se desprende el hecho de que gran parte de los residentes baleares trabajan en Palma y viven en alguno de los municipios interiores, produciéndose un colapso a nivel de acceso a los respectivos centros de trabajo. Debo apuntar que

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los expertos han puesto de relieve en reiteradas ocasiones que son insuficientes los mecanismos de sistemas de transporte alternativos al vehículo privado.

En lo que se refiere a la Isla de Menorca –cuyo Plan Territorial Insular será objeto de un estudio específico en este trabajo, sobre todo por el hecho de ser un claro exponente de planificación territorial sostenible– debe partirse de que estamos ante un cambio de magnitud puesto que de los más de 3.600 km2 de

Mallorca bajamos a algo más de 700 en el caso de Menorca. En cuanto a las especificidades propias de esta isla me remito a lo señalado en el marco del referido PTI. No obstante, debo recordar entre otras, el carácter de Reserva de Biosfera Insular de Menorca y el sistema urbano bicéfalo integrado por los municipios de Maó y Ciutadella sobre el que se articulan el resto de municipios interiores. Tal y como se verá, de manera distinta a lo que sucede en el resto de islas, el PTI de Menorca constituye un verdadero mecanismo para intentar calmar el ritmo del crecimiento del negocio turístico-inmobiliario, reduciendo las expectativas que se desprendían de la planificación anterior a dicho plan412.

Por último, en el marco de la isla de Ibiza, debe apreciarse el triángulo que forman las tres grandes urbes de Ibiza, San Antonio y Santa Eulalia. Estos dos últimos núcleos urbanos han crecido urbanísticamente, principalmente, por el fenómeno de la turistización de la economía ibicenca, el cual ha sido mucho mayor que el del resto de las islas. «Como consecuencia de lo anterior nos encontramos con una litoralización territorial mucho más acentuada, por lo menos en términos relativos413».

Debo poner de relieve que en esta isla, junto con la otra Pitiusa que es Formentera, también se ha dado un importante crecimiento demográfico en cuanto a residentes. En el caso de Ibiza, a fecha de 1 de enero de 2010, el número de habitantes era de 132.637 habitantes y, en Formentera de 9.962 residentes. Así, frente al crecimiento demográfico lento en Menorca, en aquellas islas se da un incremento considerable.

Respecto a la situación actual que presenta esta C. A. en su conjunto, debo poner de relieve lo señalado por Rullán Salamanca en el sentido de que son los núcleos periurbanos y los municipios de interior los que vienen acogiendo el

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nuevo desarrollo urbano. La fuerte pendiente de expansión edificatoria que experimentan las Illes Balears al final del segundo milenio se basa, como en épocas anteriores, en una importante tasa de crecimiento turístico que ahora acoge nuevas modalidades de carácter residencial. Tal tendencia afecta a todo el territorio, a todas las clases de suelo. La venta de parte del parque residencial construido a ciudadanos comunitarios va precisamente en esta línea expansiva y de emergencia de nuevas modalidades. De ahí que el sector inmobiliario haya...

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