Orden HAP/596/2014, de 11 de abril, por la que se reducen para el período impositivo 2013 los índices de rendimiento neto aplicables en el método de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas para las actividades agrícolas y ganaderas afectadas por diversas circunstancias excepcionales.
Fecha de Entrada en Vigor | 16 de Abril de 2014 |
Marginal | BOE-A-2014-4141 |
Sección | I - Disposiciones Generales |
Emisor | Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas |
Rango de Ley | Orden |
En el anexo I de la Orden HAP/2549/2012, de 28 de noviembre, por la que se desarrollan para el año 2013 el método de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y el régimen especial simplificado del Impuesto sobre el Valor Añadido, se aprobaron los signos, índices o módulos aplicables a las actividades agrícolas, ganaderas y forestales que determinen el rendimiento neto de su actividad económica con arreglo a dicho método.
En el artículo 37.4.1.º del Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, aprobado por el Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo, se establece que cuando el desarrollo de actividades económicas, a las que fuese de aplicación el método de estimación objetiva, se viese alterado por incendios, inundaciones u otras circunstancias excepcionales que afectasen a un sector o zona determinada, el Ministro de Economía y Hacienda podrá autorizar, con carácter excepcional, la reducción de los signos, índices o módulos.
A este respecto, el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente ha emitido informe por el que se pone de manifiesto que durante 2013 se han producido circunstancias excepcionales en el desarrollo de actividades agrícolas y ganaderas que aconsejan hacer uso de la autorización contenida en el citado artículo 37.4.1.º del Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
De esta forma, en el artículo único esta orden se aprueba la reducción de los índices de rendimiento neto aplicables en 2013 por las actividades agrícolas y ganaderas afectadas por circunstancias excepcionales, las cuales se localizan en determinadas zonas geográficas.
Por razones de una mayor claridad para aplicar esta medida se ha optado por englobar estas reducciones en un anexo, en el cual se agrupan las reducciones por Comunidades Autónomas, Provincias, ámbitos territoriales y actividades.
En su virtud, dispongo:
Los índices de rendimiento neto aplicables en 2013 a las actividades agrícolas y ganaderas desarrolladas en los ámbitos territoriales definidos en el anexo de la presente orden serán los contenidos en éste.
Esta orden entrará en vigor el día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 11 de abril de 2014.–El Ministro de Hacienda y Administraciones Públicas, Cristóbal Montoro Romero.
ANEXO
Comunidad Autónoma | Provincia | Ámbito territorial | Actividad | Índice rendimiento neto |
Todas las CCAA | Todas las provincias | Todos los términos municipales (excepto los que se detallen con un índice inferior) | Flores y plantas ornamentales | 0,16 |
Todos los términos municipales (excepto los que se detallen con un índice inferior) | Bovino de leche | 0,26 | ||
ANDALUCÍA | Todas las provincias | Todos los términos municipales | Frutos secos: Almendro | 0,18 |
Almería | Todos los términos municipales (excepto los que se detallen con un índice inferior) | Productos hortícolas: Calabacín y espárrago | 0,18 | |
Términos municipales de: Cuevas de Almanzora, Huércal-Overa, Los Gallardos, Pulpí y Zurgena | Frutos cítricos | 0,18 | ||
Término municipal de: El Ejido | Productos hortícolas | 0,09 | ||
Cádiz | Término municipal de: Los Barrios | Algodón | 0,13 | |
Frutos cítricos | 0,18 | |||
Término municipal de: El Bosque | Algodón | 0,26 | ||
Término municipal de: Jimena de la Frontera | Algodón | 0,26 | ||
Frutos cítricos | 0,18 | |||
Frutos subtropicales | 0,19 | |||
Términos municipales de: Castellar de la Frontera y San Roque | Frutos cítricos | 0,18 | ||
Frutos subtropicales | 0,19 | |||
Términos municipales de: Algeciras, La Línea de la Concepción y Tarifa | Frutos cítricos | 0,18 | ||
Córdoba | Todos los términos municipales | Algodón | 0,26 | |
Todos los términos municipales | Productos hortícolas: Calabacín y espárrago | 0,18 | ||
Granada | Todos los términos municipales | Productos hortícolas: Calabacín y espárrago | 0,18 | |
Términos municipales de: Albolote, Deifontes, Gor, Gorafe y Guadix | Productos del olivo | 0,09 | ||
Términos municipales de: Albuñol, Almuñécar, Gualchos, Itrabo, Jete, Lentegí, Los Guájares, Molvizar, Motril, Otivar, Salobreña y Vélez de Benaudalla | Frutos subtropicales: Aguacate y mango | 0,19 | ||
Frutos subtropicales: Chirimoya | 0,09 | |||
Términos municipales de la comarca de: La Vega | Productos hortícolas: Ajo | 0,18 | ||
Huelva | Todos los términos municipales | Productos hortícolas: Fresa y fresón | 0,18 | |
Término municipal de: Manzanilla | Algodón | 0,26 | ||
Jaén | Todos los términos municipales | Algodón | 0,19 | |
Málaga | Términos municipales de: Gaucín, Riogordo y los pertenecientes a la comarcas de Centro Sur o Guadalhorce (excepto Casares y Málaga) y Vélez-Málaga | Frutos subtropicales: Aguacate y mango | 0,19 | |
Términos municipales de: Casares y Málaga | Frutos cítricos | 0,18 | ||
Frutos subtropicales: Aguacate y mango | 0,19 | |||
Sevilla | Término municipal de: Camas, Carrión de los Céspedes, Huévar y Montellano | Algodón | 0,07 | |
Términos municipales de: Benacazón y Fuentes de Andalucía | Algodón | 0,19 | ||
Términos municipales de: Aznalcóllar, La Campana y La Lantejuela | Algodón | 0,26 | ||
Términos municipales de: Alanís, Almadén de la Plata, Cazalla de la Sierra, Constantina, El Pedroso, El Real de la Jara, Guadalcanal, La Puebla de los Infantes, Las Navas de la Concepción y San Nicolás del Puerto | Productos del olivo | 0,09 | ||
Apicultura | 0,13 | |||
Bovino de carne | 0,07 | |||
Bovino de cría | 0,13 | |||
Ovino y caprino de carne | 0,07 | |||
Ovino y caprino de leche | 0,13 | |||
Porcino de carne extensivo | 0,07 | |||
Porcino de cría extensivo | 0,13 | |||
Forestal | 0,05 | |||
ARAGÓN | Huesca | Términos municipales de: Canal de Berdún | Cereales | 0,13 |
Frutos secos: Almendra | 0,09 | |||
Términos municipales de: Monesma y Cajigar, Sopeira y Valle de Lierp | Cereales | 0,13 | ||
Términos municipales de: Aren, Boltaña y Jaca | Cereales | 0,18 | ||
Término municipal de: Agüero | Cereales | 0,18 | ||
Frutos secos: Almendra | 0,09 | |||
Término municipal de: Peralta de Alcofea | Cereales | 0,18 | ||
Frutos secos: Almendra | 0,09 | |||
Uva para vino sin D.O. | 0,18 | |||
Uva para vino D.O. | 0,22 | |||
Términos municipales de: Alcampell, Alfantega, Binaced, Castillonroy, Esplús, Monzón, San Esteban de Litera y Zaidín | Frutos no cítricos | 0,19 | ||
Frutos secos: Almendra | 0,13 | |||
Productos del olivo | 0,13 | |||
Término municipal de: Gurrea de Gállego | Frutos no cítricos | 0,19 | ||
Frutos secos: Almendra | 0,09 | |||
Términos municipales de: Osso de Cinca y Pueyo de Santa Cruz | Frutos no cítricos | 0,19 | ||
Frutos secos: Almendra | 0,13 | |||
Términos municipales de: Belver de Cinca y Estadilla | Frutos no cítricos | 0,26 | ||
Frutos secos: Almendra | 0,13 | |||
Productos del olivo | 0,18 | |||
Uva para vino sin D.O. | 0,18 | |||
Uva para vino D.O. | 0,22 | |||
Términos municipales de: Albalate de Cinca, Alcolea de Cinca, Ballobar y Tamarite de Litera | Frutos no cítricos | 0,26 | ||
Frutos secos: Almendra | 0,13 | |||
Productos del olivo | 0,18 | |||
Términos municipales de: Altorricón y Binéfar | Frutos no cítricos | 0,26 | ||
Frutos secos: Almendra | 0,13 | |||
Término municipal de: Abiego | Frutos secos: Almendra | 0,13 | ||
Uva para vino sin D.O. | 0,18 | |||
Uva para vino D.O. | 0,22 | |||
Términos municipales de: Albelda, Almunia de San Juan, Azanuy-Alins, Baells, Baldellou, Camporrells, Candasnos, Chalamera, Fraga, Ontiñena, Peñalba, Peralta de Calasanz, San Miguel del Cinca, Torrente de Cinca, Valle de Bardají, Velilla de Cinca, Vencillón y los pertenecientes a la comarca de Somontano (excepto Abiego y Estadilla) | Frutos secos: Almendra | 0,13 | ||
Términos municipales de: Bailo, Benabarre, Graus, La Puebla de Castro, Perarrúa, Santaliestra y San Quilez, Secastilla, los pertenecientes a la comarca de Hoya de Huesca (excepto Agüero y Gurrea de Gállego) y los pertenecientes a la comarca de Monegros (excepto Peralta de Alcofea) | Frutos secos: Almendra | 0,09 | ||
Teruel | Términos municipales de: Ariño, Castejón de Tornos, Hinojosa de Jarque, Maicas, Obón, Rubielos de la Cérida, Seno y Torralba de los Sisones | Cereales | 0,13 | |
Frutos secos: Almendra | 0,09 | |||
Término municipal de: La Hoz de la Vieja | Cereales | 0,13 | ||
Frutos secos: Almendra | 0,09 | |||
Uva para vino sin D.O. | 0,09 | |||
Uva para vino D.O. | 0,11 | |||
Términos municipales de: Argente, Jorcas y Lidón | Cereales | 0,13 | ||
Frutos secos: Almendra | 0,13 | |||
Término municipal de: Alacón | Cereales | 0,18 | ||
Frutos secos: Almendra | 0,09 | |||
Uva para vino sin D.O. | 0,05 | |||
Uva para vino D.O. | 0,06 | |||
Términos municipales de: Azaila, Bañon, Bello, Blancas, Calamocha, Camarillas, Caminreal, Cortes de Aragon, Fuentes Claras, La Mata de los Olmos, Molinos, Monreal del Campo, Singra y Tornos | Cereales | 0,18 | ||
Frutos secos: Almendra | 0,09 | |||
Términos municipales de: Ababuj, Aguilar del Alfambra, Alcala de la Selva, Celadas, El Pobo, Galve, Miravete de la Sierra, Terriente y Villarroya de los Pinares | Cereales | 0,18 | ||
Frutos secos: Almendra | 0,13 | |||
Término municipal de: Calanda | Frutos no cítricos | 0,26 | ||
Frutos secos: Almendra | 0,09 | |||
Productos del olivo | 0,18 | |||
Uva para vino sin D.O. | 0,18 | |||
Uva para vino D.O. | 0,22 | |||
Términos municipales de: Aguatón, Aguaviva, Alba, Albalate del Arzobispo, Alcaine, Alcañiz, Alcorisa, Aliaga, Alloza, Allueva, Alpeñes, Anadón, Andorra, Arens de Lledo, Badenas, Baguena, Barrachina, Bea, Beceite, Belmonte de San José, Berge, Blesa, Bordón, Bueña, Burbaguena, |
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba