STSJ Comunidad Valenciana , 28 de Junio de 2003

PonenteMARIA DESAMPARADOS IRUELA JIMENEZ
ECLIES:TSJCV:2003:5691
Número de Recurso815/2000
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución28 de Junio de 2003
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD VALENCIANA SALA DE LO CONTENCIOSO- ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA En la Ciudad de Valencia, a veintiocho de junio de dos mil tres.

VISTO por la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los Ilmos. Srs. D. EDILBERTO JOSÉ NARBON LAINEZ, Presidente, Dña. AMPARO PÉREZ NAVARRO y Dña DESAMPARADOS IRUELA JIMÉNEZ, Magistrados, ha pronunciado la siguiente:

SENTENCIA NUM: 1179/03 En el recurso contencioso administrativo núm. 815/00, interpuesto por EL LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA SEGURIDAD SOCIAL, en representación de la Tesorería General de la Seguridad Social, contra la Resolución dictada por el Tribunal Económico Administrativo Regional de Valencia en fecha 30 de noviembre de 1999, en el expediente n° 46/06398/95, por la que se estimó la reclamación formulada por Joplastic, SL. contra el requerimiento de cuotas núm. 94- 047142, correspondiente al periodo julio de 1994, anulando el acto impugnado.

Al anterior recuso fue acumulado el recurso contencioso administrativo núm. 816/00, interpuesto por EL LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA SEGURIDAD SOCIAL, en representación de la Tesorería General de la Seguridad Social, contra la Resolución dictada por el Tribunal Económico Administrativo Regional de Valencia en igual fecha 30 de noviembre de 1999, en el expediente n° 46/06397/95, por la que se estimó la reclamación formulada por Joplastic, SL. contra el requerimiento de cuotas núm. 94-62420, correspondiente al periodo septiembre de 1994, anulando el acto impugnado.

Ha sido parte en autos como Administración demandada el TEAR, representada y defendida por el Abogado del Estado; y Magistrada ponente la Ilma. Sra. Dña DESAMPARADOS IRUELA JIMÉNEZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el recurso y seguidos los trámites prevenidos por la Ley, se emplazó a la demandante para que formalizara la demanda, lo que verificó mediante escrito suplicando se dictase sentencia por la que se anulasen las resoluciones dictadas por el TEAR el 30-11-99.

SEGUNDO

El Abogado del Estado contestó a la demanda mediante escrito en el que solicitó se dictara sentencia por la que se declarase la conformidad a Derecho de las resoluciones impugnadas de adverso, absolviendo a esa Administración del presente recurso.

TERCERO

No habiéndose solicitado por ninguna de las partes el recibimiento a prueba del presente proceso, ni el trámite de vista o conclusiones, se declaró el pleito concluso, quedando los autos pendientes para votación y fallo.

CUARTO

Se señaló la votación para el día dieciocho de junio de dos mil tres.

QUINTO

En la tramitación del presente proceso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se deduce el presente recurso contencioso administrativo, según ha sido expuesto, frente a la Resolución dictada por el Tribunal Económico Administrativo Regional de Valencia en fecha 30 de noviembre de 1999, en el expediente n° 46/06398/95, por la que se estimó la reclamación formulada por Joplastic, SL. contra el requerimiento de cuotas núm. 94-047142, correspondiente al periodo julio de 1994, anulando el acto impugnado; así como frente a la Resolución dictada por el Tribunal Económico Administrativo Regional de Valencia en igual fecha 30 de noviembre de 1999, en el expediente n°

46/06397/95, por la que se estimó la...

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