SAP Córdoba 8/2005, 21 de Enero de 2005

PonenteFRANCISCO DE PAULA SANCHEZ ZAMORANO
ECLIES:APCO:2005:65
Número de Recurso353/2004
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución8/2005
Fecha de Resolución21 de Enero de 2005
EmisorAudiencia Provincial - Córdoba, Sección 3ª

SENTENCIA Nº 8/05

AUDIENCIA PROVINCIAL CÓRDOBA

SECCION Nº 3 DE LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE CORDOBA

PRESIDENTE ILMO. SR.

ILTMO. SR. D.FRANCISCO ANGULO MARTIN

MAGISTRADOS, ILTMOS. SRES.

ILTMO. SR.D.FELIPE L. MORENO GÓMEZ

ILTMO. SR. D. FRANCISCO SANCHEZ ZAMORANO

REFERENCIA:

JUZGADO DE PROCEDENCIA: JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCION NUMERO

3 DE LUCENA. AUTOS DE JUICIO ORDINARIO Nº 146/2003

ROLLO DE APELACIÓN CIVIL Nº 353/2004

En la Ciudad de CORDOBA a veintiuno de enero de dos mil cinco.

Visto, por la SECCION Nº 3 DE LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE CORDOBA de esta Audiencia, integrada por los Magistrados indicados al márgen, el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada en juicio de Proced. OrdinarioNº 146/03 seguido en el Juzgado referenciado . Interpone el recurso M&M ELABORADOS SOCIEDAD LIMITADA que en la instancia fuera parte demandada y comparece en esta alzada representado por el/la Procurador/a D. JERONIMO ESCRIBANO LUNA y defendido por el/la Letrado/a D./Dña. EGEA MANRIQUE, MANUEL. Es parte recurrida ENVASES MONZON S.L. que está representado por el/la Procurador/a D./Dña. BERGILLOS MADRID, PEDRO y defendido por el/la Letrado/a

D./Dña. RAFAEL VALVERDE DE DIEGO, que en la instancia ha litigado como parte demandante.

Siendo ponente del recurso el Magistrado ILTMO. SR. D. FRANCISCO SANCHEZ ZAMORANO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado de Primera Instancia dictó sentencia el día 19/07/04 , cuya parte dispositiva es como sigue:

"Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por la Procuradora Dña. CARMEN ALMENARA ANGULO, en nombre y representación de la entidad ENVASES MONZÓN S.L., debo CONDENAR Y CONDENO a la entidad M&M ELABORADOS S.L. a que abone al actor la cantidad de

28.323´07 euros, más los intereses legales de dicha cantidad desde la fecha de la presentación de lademanda, incrementados en dos puntos desde la fecha de la sentencia y hasta su completo pago, con imposición de costas a la parte demandada."

SEGUNDO

Interpuesto recurso de apelación se elevaron los autos a esta Sección de la Audiencia Provincial, donde se ha formado rollo y turnado de ponencia, habiendo comparecido las partes dentro de plazo y pasados los autos al Magistrado Ponente para resolución, previa deliberación.

TERCERO

En la tramitación del recurso se han observado las prescripciones legales.

Se aceptan los fundamentos jurídicos de la sentencia recurrida en lo que no se opongan a los de esta resolución.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

Como tiene establecido esta Sala de modo reiterado con ocasión de resolver litigios como el de autos, en los que se reclaman por comerciantes el precio insatisfecho de las mercancías suministradas a otros, la aplicación de las normas del onus probandi, consagradas en el artículo 217 de la Ley de Enjuiciamiento Civil -en buena parte trasunto del derogado artículo 1214 del Código Civil y de la doctrina jurisprudencial que a través del tiempo lo ha venido interpretando-, y con independencia de la mayor flexibilidad con que ha de contemplarse su aplicación, ha de pasar por el cedazo de la prudencia y correcto proceder del buen comerciante al que, por su...

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