SAP Córdoba 15/2005, 25 de Enero de 2005

PonenteFRANCISCO ANGULO MARTIN
ECLIES:APCO:2005:91
Número de Recurso328/2004
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución15/2005
Fecha de Resolución25 de Enero de 2005
EmisorAudiencia Provincial - Córdoba, Sección 3ª

SENTENCIA Nº 15/05

PRESIDENTE ILMO. SR.

ILTMO. SR. D.FRANCISCO ANGULO MARTIN

MAGISTRADOS, ILTMOS. SRES.

ILTMO. SR.D.FELIPE L. MORENO GÓMEZ

ILTMO. SR. D. FRANCISCO SANCHEZ ZAMORANO

JUZGADO DE ORIGEN: JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCION NUMERO 2 DE

POZOBLANCO

ROLLO DE APELACIÓN Nº 328/2004

JUICIO ORDINARIO Nº 282/2003

En la Ciudad de CORDOBA a veinticinco de enero de dos mil cinco.

La SECCION Nº 3 DE LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE CORDOBA, ha visto y examinado el recurso de apelación interpuesto contra autos de J. ORDINARIO Nº 282/2003 seguidos en el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCION NUMERO 2 DE POZOBLANCO entre el demandante Adolfo Y Marí Trini representado por el Procurador Sr BELEN GUIOTE ALVAREZ MANZANEDA y defendido por el Letrado Sr. MIGUEL MUÑOZ JURADO, y el demandado Rodrigo Y Baltasar representado por el Procurador Sr. GONZALEZ SANTA-CRUZ, INES y defendido por el Letrado Sr. SÁNCHEZ GARCÍA, pendientes en esta Sala a virtud de recurso de apelación interpuesto por la representación de la parte demandante contra sentencia recaída en autos, siendo Ponente del recurso el Magistrado ILTMO. SR. D.FRANCISCO ANGULO MARTIN.

Aceptando los antecedentes de hecho de la sentencia recurrida y,

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que seguido el juicio por sus trámites se dictó sentencia por el Sr. Juez del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCION NUMERO 2 DE POZOBLANCO cuyo fallo es como sigue: "Que desestimando la demanda presentada por el Procurador Sra. Torres Gallardo, en representación de Don Adolfo y Doña Marí Trini , contra Don Baltasar y Don Rodrigo , debo absolver y absuelvo a estos últimos de todos los pedimentos obrantes en la misma con expresa condena en costas de la parte demandante. ".SEGUNDO.- Que contra dicha resolución se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación por la representación de Adolfo Y Marí Trini que fue admitido en ambos efectos, oponiéndose al mismo la parte contraria, remitiéndose los autos a este Tribunal previo emplazamiento de las partes y considerando el mismo necesaria la celebración de vista, tuvo lugar con asistencia de referidos Procuradores y Letrados solicitándose por la apelante la revocación de la sentencia, y en su lugar, se dictara otra con arreglo a sus peticiones y por la del apelado que se confirmara dicha resolución en todos sus pronunciamientos.

TERCERO

Que en la tramitación de las dos instancias de este juicio se han observado las prescripciones legales.

Aceptando los fundamentos jurídicos de la resolución recurrida

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Frente a la sentencia de fecha 12 de julio del 2004, dictada en los presentes autos por el Juzgado de Primera Instancia nº 2 de los de Pozoblanco , se alzan en apelación los padres de la víctima Sres. Adolfo - Marí Trini , los cuales articulan su recurso sobre tres motivos: a) infracción de normas esenciales del procedimiento que le han causado indefensión, b) error en la apreciación de la prueba, y, c) error en la aplicación del derecho,...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR