SAP Huesca 204/2006, 27 de Octubre de 2006

PonenteANTONIO ANGOS ULLATE
ECLIES:APHU:2006:389
Número de Recurso108/2006
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución204/2006
Fecha de Resolución27 de Octubre de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Huesca, Sección 1ª

Sentencia Apelación Civil Número 204

PRESIDENTE

D. GONZALO GUTIÉRREZ CELMA

MAGISTRADOS

D. ANTONIO ANGÓS ULLATE

D. JOSÉ TOMÁS GARCÍA CASTILLO

En Huesca, a veintisiete de octubre de dos mil seis.

En nombre del Rey, la Audiencia Provincial de Huesca ha visto el recurso de apelación planteado en los autos de juicio ordinario número 200/2004 seguidos ante el juzgado de primera instancia número 2 de Jaca, sobre obligación de hacer, a los que se acumularon los autos de igual clase número 307/2004 tramitados en el juzgado de primera instancia número 1 de Jaca, sobre nulidad de acuerdo comunitario. Romeo promovió los primeros, como demandante, dirigido por el letrado don Juan José Brun Aragüés y representado en esta segunda instancia por la procuradora doña María Ángel Pisa Torner, contra Edurne , Rosendo y Lucas , como demandados, defendidos por el letrado don José Ramón Rambla Pastor y representados en esta alzada por la procuradora doña María Teresa Ortega Navasa, y contra PROMOCIONES Y REHABILITACIONES CABESTANY, S.L., como demandada, asistida por el letrado don José Ramón Rambla Pastor y sin representación procesal en esta segunda instancia. Edurne , Rosendo y Lucas promovieron los segundos autos, como demandantes, con la defensa y representación mencionadas, contra las COMUNIDADES DE PROPIETARIOS DE LA CALLE000 NUM000 DE SABIÑÁNIGO, DE LA CALLE001 NUM001 Y NUM002 DE SABIÑÁNIGO y DE LOS GARAJES Y TRASTEROS DE LAS CALLE000 NUM000 Y CALLE001 NUM001 Y NUM002 DE SABIÑÁNIGO, defendidas por el letrado don Juan José Brun Aragüés y representadas por la procuradora doña María Ángel Pisa Torner. Se hallan pendientes ante este tribunal en virtud del presente recurso de apelación, tramitado al número 108 del año 2006, e interpuesto por los codemandados en el primer procedimiento y demandantes en el segundo acumulado, Edurne , Rosendo y Lucas . Actúa como ponente de esta sentencia el magistrado Ilmo. Sr. ANTONIO ANGÓS ULLATE.ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO

Damos por reproducidos los que contiene la sentencia apelada.

SEGUNDO

La juez del indicado juzgado de primera instancia, en el procedimiento anteriormente circunstanciado, dictó la sentencia apelada el día 30 de diciembre de 2005 , cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:

"FALLO

  1. - Estimo parcialmente la demanda promovida por la representación procesal del Sr. Romeo y consecuentemente estimo su acción frente a Edurne , Rosendo y Lucas a quienes condeno solidariamente a retirar a su costa las bombas de frío y calor que sirven a sus viviendas en c/ CALLE000 NUM000 de Sabiñánigo, número primero derecha y primero izquierda reponiendo la fachada del inmueble y la terraza sobre la que se apoyan en las condiciones en que se hallaban antes de su instalación y la desestimo frente a Promociones Cabestany SL a quien absuelvo de toda pretensión de condena.

  2. - Desestimo la acción entablada por Edurne , Rosendo y Lucas contra la Comunidad de Propietarios de la c/ CALLE000 NUM000 de Sabiñánigo.

  3. - Condeno al Sr. Romeo al abono de las costas causadas por Promociones Cabestany SL y a los demandados Edurne , Rosendo y Lucas al resto de las costas".

TERCERO

Contra la anterior sentencia, los codemandados en el primer procedimiento y demandantes en el segundo acumulado, Edurne , Rosendo y Lucas , anunciaron recurso de apelación. El juzgado tuvo por preparado el recurso y emplazó a la parte apelante por 20 días para que lo interpusiera, lo cual efectuó en el indicado plazo mediante la presentación del oportuno escrito, en cuya súplica solicitó la desestimación de la demanda interpuesta de contrario y la estimación íntegra de su demanda, con expresa imposición de costas a la actora...

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