SAN, 24 de Enero de 2006

PonenteFRANCISCO DIAZ FRAILE
EmisorAudiencia Nacional. Sala Contencioso Administrativo, Sección 3ª
ECLIES:AN:2006:332
Número de Recurso911/2000

EDUARDO MENENDEZ REXACHFRANCISCO DIAZ FRAILEJOSE LUIS TERRERO CHACONISABEL GARCIA GARCIA-BLANCODIEGO CORDOBA CASTROVERDE

SENTENCIA

Madrid, a veinticuatro de enero de dos mil seis.

Visto el recurso contencioso administrativo que ante esta Sala de lo Contencioso Administrativo de

la Audiencia Nacional, ha promovido Dñª. Carina representada por la Procuradora

Dña. Mª ESPERANZA ALVARO MATEO, contra la Administración General del Estado,

representada por el Abogado del Estado, sobre NACIONALIDAD. Siendo ponente el Iltmo. Sr.

Magistrado de esta Sección, D. Francisco Díaz Fraile.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El acto impugnado procede del Ministerio de y es la resolución de 16-6-1999.

SEGUNDO

Interpuesto recurso contencioso administrativo ante esta Audiencia Nacional, después de admitido a trámite y reclamado el expediente administrativo, se dio traslado a la parte recurrente para que formalizara la demanda, solicitando en el suplico la estimación del recurso.

TERCERO

Presentada la demanda se dio traslado de la misma al Abogado del Estado, con entrega del expediente administrativo, para que la contestara y, formalizada dicha contestación, solicitó en el suplico que se desestimaran las pretensiones de la parte recurrente y que se confirmaran los actos impugnados por ser conformes a Derecho.

CUARTO

Contestada la demanda, finalizado el periodo de prueba y una vez cumplimentado el trámite de conclusiones, quedaron los autos conclusos para sentencia, señalándose para votación y fallo el 17-2006, en el que, efectivamente, se votó y falló.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se impugna la resolución del Ministerio de Justicia de 12-6-1998, que denegó la concesión de la nacionalidad española a la hoy parte actora en base a no haber justificado suficientemente buena conducta cívica, terminando la demanda con la súplica que es de ver en autos.

SEGUNDO

El abogado del Estado ha opuesto en su contestación a la demanda la causa de inadmisibilidad del recurso prevista en el artículo 69.e) de la L.J . al haberse presentado el escrito de interposición del mismo fuera del plazo establecido en el artículo 46.1 de la misma ley procesal , cuyo óbice procesal exige su estudio con carácter prioritario. Al respecto, es de observar que la resolución recurrida fue notificada - con la debida indicación del recurso pertinente - a la interesada el 20-7-1998 ( así...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 sentencias
  • STS, 17 de Abril de 2009
    • España
    • April 17, 2009
    ...Esperanza Álvaro Mateo, en nombre y representación de D.ª Zaira, contra la sentencia dictada en fecha 24 de enero de 2006, y en su recurso nº 911/00, por la Sección 3ª de la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional sobre denegación de la nacionalidad española, siendo p......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR