STSJ Comunidad de Madrid 1276/2001, 24 de Diciembre de 2001
Ponente | D. JUAN IGNACIO GONZALEZ ESCRIBANO |
ECLI | ES:TSJM:2001:17011 |
Número de Recurso | 1138/1998 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Número de Resolución | 1276/2001 |
Fecha de Resolución | 24 de Diciembre de 2001 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
D. JUAN IGNACIO GONZALEZ ESCRIBANOD. ALFONSO SABAN GODOYD. VALERIANO PALOMINO MARINDª. CARMEN ALVAREZ THEURERD. JOSE TOME PAULE
Proc. Sr. Ruiz Martinez-Salas
Proc. Sra. Villanueva Camuñas
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
Sección 4ª
RECURSO N° 1138 de 1998
PONENTE Sr. Juan Ignacio González Escribano
SENTENCIA N° 1276
Presidente Ilmo.. Sr.
Juan Ignacio González Escribano
Magistrados Ilmos. Sres.
D. Alfonso Sabán Godoy
D. Valeriano Palomino Marín
Dª. Carmen Alvarez Theurer
D. José Tomé Paule
En Madrid a veinticuatro de diciembre de dos mil uno.
Visto por la Sala del margen el recurso n° 1138 de 1998 interpuesto por el Procurador Sr. Ruiz Martínez-Salas en representación del Banco Bilbao Vizcaya S.A., contra resoluciones de fecha 27 de febrero de 1998 del Ayuntamiento de Coslada, por los que se desestiman los recursos interpuestos frente a los acuerdos de Derivación de Responsabilidad dictados en los expedientes de apremio seguidos contra EMECESA, S.A., por los que se le requiere el pago de los recibos correspondiente al Impuesto sobre Bienes Inmuebles, ejercicios 1992 a 1994 de la finca sita en c/ Llanos de Jerez n° 15 (Expediente 238/97-R); y por el mismo concepto; ejercicios 1990-1994, de la finca sita en c/ Llanos de Jerez n° 9 (Expte. 239/97-4). Ambas del Municipio de Coslada; habiendo sido parte el Ayuntamiento de Coslada representado por el Procurador Sr. Puig de la Bellacasa.
La cuantía del recurso es de 1.552.240 y 4.079.965 pesetas.
Por el recurrente indicado se interpuso recurso contencioso administrativo mediante escrito presentado el 4 de mayo de 1998 contra el acto antes mencionado, acordándose su admisión, y una vez formalizados los trámites legales preceptivos fue emplazado para que dedujera demanda, lo que llevó a efecto mediante escrito en el que tras alegar los fundamentos de hecho y de derecho que consideró pertinentes, terminó suplicando la estimación del recurso, con la consiguiente anulación de los actos recurridos.
La representación procesal de la parte demandada contestó a la demanda mediante escrito en el que, tras alegar los hechos y fundamentos de derecho que estimó aplicables, terminó pidiendo la desestimación del presente recurso.
No solicitado el recibimiento de la prueba, se dio traslado para conclusiones sucesivamente a las distintas partes, quienes las evacuaron en sendos escritos, en los que reiteraron sus respectivos pedimentos.
Con fecha 7 de diciembre de 2001 se celebró el acto de votación y fallo de este recurso, quedando el mismo concluso para sentencia.
Siendo Ponente el Magistrado Ilmo.. Sr. D. Juan Ignacio González Escribano.
Vistos los preceptos citados por las partes y los demás de general y pertinente aplicación.
Que la parte recurrente impugna en los presentes autos los acuerdos de derivación...
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