ORDEN IRP/425/2007, de 14 de noviembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para proyectos dirigidos a recuperar y poner en valor el patrimonio memorial democrático y se abre convocatoria pública para la presentación de solicitudes para la obtención de estas subvenciones, para los años 2008-2009.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE INTERIOR, RELACIONES INSTITUCIONALES Y PARTICIPACIÓN
Rango de LeyOrden

ORDEN

IRP/425/2007, de 14 de noviembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para proyectos dirigidos a recuperar y poner en valor el patrimonio memorial democrático y se abre convocatoria pública para la presentación de solicitudes para la obtención de estas subvenciones, para los años 2008-2009.

El artículo 54.1 del Estatuto de autonomía de Cataluña, aprobado en el 2006, establece que la Generalidad y los otros poderes públicos de Cataluña tienen que velar por el conocimiento y el mantenimiento de la memoria histórica de Cataluña como patrimonio colectivo que testimonia la resistencia y la lucha por las libertades democráticas. Con esta finalidad, tienen que adoptar las iniciativas institucionales necesarias para el reconocimiento y la rehabilitación de todos los ciudadanos que han sufrido persecución como consecuencia de la defensa de la democracia y el autogobierno de Cataluña.

Para el Gobierno de la Generalidad el acceso a la memoria histórica es un derecho de la ciudadanía de una sociedad democrática sana y libre, y por lo tanto, un deber de la Administración pública. La Dirección General de la Memoria Democrática, del Departamento de Interior, Relaciones Institucionales y Participación, es el instrumento designado por la Generalidad para ejecutar las políticas públicas de recuperación de la memoria democrática: homenaje y desagravio a todas las víctimas de la lucha por la democracia; proclamación de los valores que fundamentan la democracia y preservación de la memoria de la lucha contra el franquismo.

La experiencia en la gestión de las convocatorias de ayudas dirigidas a la restitución de la memoria democrática aconseja que determinados proyectos, como son los de recuperación, señalización e interpretación del patrimonio memorial, tengan un tratamiento diferenciado respecto del resto de actividades de restitución de la memoria democrática. Por eso, de acuerdo con estas finalidades y considerando los resultados obtenidos en anteriores convocatorias de subvenciones, se ha considerado conveniente dar ahora apoyo a inversiones en obras o dotaciones para la restitución de la memoria democrática, en el periodo comprendido entre la II República y la transición democrática. Estos proyectos pueden tener un plazo de ejecución más amplio.

Igualmente, es clave potenciar la colaboración de la Dirección General de la Memoria Democrática con las instituciones locales, que tienen y deben tener un papel primordial en la recuperación, gestión y difusión del patrimonio memorial. Por eso la presente convocatoria está destinada específicamente a las inversiones promovidas por ayuntamientos, consejos comarcales y otros entes locales de Cataluña.

Por lo tanto, se plantean unas bases reguladoras de subvenciones para proyectos de inversión locales y comarcales dirigidos al patrimonio memorial, que recojan los aspectos mencionados.

Visto el capítulo IX del Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, y el Real decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones;

Visto lo que dispone la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad de Cataluña, con los informes previos de la Asesoría Jurídica de Relaciones Institucionales y Participación y de la Intervención Delegada,

Ordeno:

Artículo 1

Objeto

1.1 Se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones a entes locales para proyectos dirigidos a recuperar y poner en valor el patrimonio memorial democrático que testimonie la lucha por la democracia durante el periodo comprendido entre los años 1931-1980, las cuales constan en el anexo de esta Orden.

1.2 Se abre convocatoria pública para la presentación de solicitudes para la obtención de las subvenciones previstas en esta Orden.

Artículo 2

Plazo

El plazo de presentación de solicitudes para la obtención de estas subvenciones es de treinta días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación de esta Orden en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.

Artículo 3

Importe y partida presupuestaria

3.1 El importe total máximo destinado a esta convocatoria es de 1.500.000 euros.

3.2 Las subvenciones irán a cargo de la partida presupuestaria IT05D/760370000/1210 o equivalente de los presupuestos de la Generalidad de Cataluña para los años 2008 y 2009, quedando acondicionados a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento de la resolución de la concesión, y con la siguiente distribución:

750.000 Euros, a cargo del ejercicio 2008.

750.000 Euros, a cargo del ejercicio 2009.

Artículo 4

Solicitudes y procedimiento

La presentación de las solicitudes, así como el procedimiento de instrucción, resolución y notificación del procedimiento de concesión, serán tal como prevén las bases de la convocatoria.

Disposición final

Esta Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.

Barcelona, 14 de noviembre de 2007

Joan Saura i Laporta

Consejero de Interior, Relaciones Institucionales y Participación

Anexo

Bases reguladoras de la convocatoria de subvenciones a entes locales para proyectos dirigidos a la recuperar y poner en valor el patrimonio memorial democrático

.1 Objeto

El objeto de esta convocatoria es la concesión de subvenciones a entes locales para proyectos dirigidos a la recuperación del patrimonio memorial que testimonie la lucha por la democracia durante el periodo comprendido entre los años 1931-1980.

.2 Tipos de actuaciones

Podrán ser objeto de subvención las actuaciones que se lleven a cabo en el marco de proyectos de inversión promovidos por la administración local que contemplen la realización de obras o la dotación de equipamientos y de infraestructuras para la restitución, conservación, dignificación, señalización e interpretación de un patrimonio memorial. Las subvenciones de la presente convocatoria se pueden destinar a proyectos de inversión que contemplen las siguientes actuaciones:

  1. La restauración y preservación de bienes culturales de la memoria histórica correspondientes al periodo 1931-1980.

  2. La recuperación in situ, conservación, dignificación e interpretación de los espacios y lugares memoriales (espacios bélicos: búnkeres, trincheras, casamatas, refugios, campos de aviación, etc.; espacios de represión: prisiones, fosses, etc.).

  3. La realización de obras de nueva planta, rehabilitación, ampliación, mejora o reforma de museos, centros de interpretación u otros equipamientos culturales destinados, preferentemente y de forma estable, a la interpretación y difusión de la memoria democrática o las obras para la creación o remodelación de espacios memoriales.

  4. Las inversiones destinadas a la realización de proyectos de señalización y de adecuación de caminos, rutas e itinerarios de la memoria histórica.

  5. El dotación e instalación de señales de orientación y paneles informativos en espacios de la memoria, de acuerdo...

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