STSJ Comunidad de Madrid 1061/2007, 7 de Septiembre de 2007

PonenteFRANCISCO DE LA PEÑA ELIAS
ECLIES:TSJM:2007:13580
Número de Recurso464/2004
ProcedimientoCONTENCIOSO
Número de Resolución1061/2007
Fecha de Resolución 7 de Septiembre de 2007
EmisorSala de lo Contencioso

T.S.J. MADRID CON/AD SEC.6

MADRID

SENTENCIA: 01061/2007

Recurso Núm. 464/04

Ponente: Sr. Francisco de la Peña Elías

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

Sección Sexta

SENTENCIA Núm. 1061

Ilmos. Sres.

Presidente:

D. Jesús Cudero Blas

Magistrados:

Dª Teresa Delgado Velasco

Dª Cristina Cadenas Cortina

Dª Amparo Guilló Sánchez Galiano

Dª Eva Isabel Gallardo Martín de Blas

D. Francisco de la Peña Elías

__________________________

En la Villa de Madrid, a siete de septiembre de dos mil siete.

VISTO el presente recurso contencioso-administrativo núm. 464/04 promovido por el Procurador D. Carlos José Navarro Gutiérrez actuando en nombre y representación de Dª Paula contra la Resolución de la Dirección General para la Administración Local 7 de noviembre de 2003 por la que se denegó la solicitud sobre reconocimiento de servicios prestados por D. Carlos Manuel a la Administración española; habiendo sido parte en autos la Administración demandada, representada y defendida por el Abogado del Estado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el recurso y seguidos los oportunos trámites prevenidos por la Ley de la Jurisdicción, se emplazó a la parte demandante para que formalizase la demanda, lo que verificó mediante escrito en el que, tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimaba de aplicación, terminaba suplicando se dictase Sentencia por la que se anule el acto impugnado, declarando el derecho que asiste a la recurrente para percibir la pensión de viudedad solicitada.

SEGUNDO

El Abogado del Estado contestó a la demanda mediante escrito en el que suplicaba se dictase sentencia por la que se confirmasen los actos recurridos en todos sus extremos.

TERCERO

Habiendo quedado el recurso pendiente de señalamiento para votación y fallo cuando por turno le correspondiera, se fijó para ello la audiencia del día 6 de septiembre de 2.007, teniendo así lugar.

Siendo ponente el Ilmo. Sr. D. Francisco de la Peña Elías, quien expresa el parecer de la Sala.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

A través del presente proceso reclama la recurrente se reconozca su derecho a percibir la correspondiente pensión de viudedad derivada del reconocimiento de servicios prestados por su marido, D. Carlos Manuel, a la Administración española como funcionario conductor adscrito al personal de la Diputación Provincial de Río Muni, reconocimiento de servicios que, instado ante el Ministerio para las Administraciones Públicas por escrito de 22 de enero de 2003, fue denegado de forma expresa por la Resolución de la Dirección General para la Administración Local 7 de noviembre de 2003 que es ahora objeto de impugnación.

Como fundamento básico de su pretensión argumenta que los servicios invocados está acreditado de forma suficiente en el expediente administrativo, concretamente por una certificación expedida por el Asistente Técnico en funcione de Secretario General del Consejo Provincial de Río Muni, que acompaña a su demanda, fechado en Bata a 18 de diciembre de 1968, y en el que tanto la condición funcionarial de su esposo como los servicios prestados bajo la misma quedarían su juicio suficientemente acreditados.

Por su parte, la Resolución impugnada rechaza el reconocimiento de servicios pretendido argumentando que "los servicios prestados al Sr. Carlos Manuel antes del 12-10-1968 no le constan al Estado Español según las certificaciones que obran en el expediente, por lo cual no procede su reconocimiento".

SEGUNDO

Como ha tenido ocasión de...

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