STSJ Comunidad Valenciana 704/2007, 6 de Julio de 2007
Ponente | MIGUEL ANTONIO SOLER MARGARIT |
ECLI | ES:TSJCV:2007:3811 |
Número de Recurso | 299/2006/ |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Número de Resolución | 704/2007 |
Fecha de Resolución | 6 de Julio de 2007 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
704/2007
Procedimiento Ordinario - 000299/2006
N.I.G.: 46250-33-3-2006-0013790
Recurso nº 299/2006
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD VALENCIANA
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
Sección Segunda
S E N T E N C I A Nº704/2007
Ilmos. Sres:
PRESIDENTE
D. Mariano Ferrando Marzal
MAGISTRADOS
D. Miguel Soler Margarit
Dª Alicia Millán Herrándis
En Valencia a seis de julio de dos mil siete.
VISTOS por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (Sección Segunda) los autos nº 299/2006, seguidos entre partes, de la una y como demandante, don Gabriel representada; y de la otra, como Administración demandada, la Administración de la Seguridad Social, representada y dirigida por Letrado de su Servicio Jurídico, recurso interpuesto contra la Resolución del Director General de la Tesorería General de la Seguridad Social desestimatoria del recurso de alzada deducido presentado el 20 de julio de 2005, en solicitud del reconocimiento del complemento regulador establecido en el punto 5 de la Resolución del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales de 12 de diciembre de 1988, con efectos retroactivos e intereses legales.
El indicado recurrente, en escrito presentado en la Secretaría de esta Sala, interpuso el recurso contra el acto administrativo ya reseñado.
Acordada la incoación de los presentes autos, se les dio el cauce procesal previsto en la Ley Jurisdiccional, habiendo despachado las partes, en momento oportuno y por su orden, los trámites de demanda y contestación, en cuyos escritos, en virtud de los hechos y FUNDAMENTOS DE DERECHO que constan en los mismos, suplicaron, respectivamente, la anulación del acto impugnado y la desestimación del recurso, en los términos que estimaron convenientes a sus derechos.
Continuado el proceso por los trámites que aparecen en autos, se señaló para votación y fallo el día 26 de junio pasado, en que ha tenido lugar.
En la sustanciación de este pleito se han observado las prescripciones legales.
Ha sido ponente el Magistrado Don Miguel Soler Margarit.
La cuestión que se plantea en este recurso es la relativa a si el recurrente tiene derecho, y así debe reconocérsele, al complemento regulador establecido en el punto 5 de la Resolución del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales de 12 de diciembre de 1988 relativa a la aplicación en la Administración de la Seguridad Social del nuevo sistema retributivo implantado por la Ley 30/1984, cuyo fin propio era, sin duda, evitar que el nuevo sistema retributivo determinara una disminución o merma retributiva de los funcionarios a su servicio, de ahí, que, para el reconocimiento del complemento de que se trata se requiriera la condición de funcionario con prestación de servicios en los centros de...
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