SAP Madrid 272/2005, 8 de Abril de 2005

PonenteJOSE GONZALEZ OLLEROS
ECLIES:APM:2005:3890
Número de Recurso549/2004
Número de Resolución272/2005
Fecha de Resolución 8 de Abril de 2005
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 10ª

D. JOSE GONZALEZ OLLEROSD. JOAQUIN NAVARRO ESTEVAND. ANGEL VICENTE ILLESCAS RUS

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 10

MADRID

SENTENCIA: 00272/2005

AUDIENCIA PROVINCIAL DE

MADRID

Sección 10

1280A

C/ FERRAZ 41

Tfno.: 913971937/913971947 Fax: 913971935

N.I.G. 28000 1 7008165 /2004

Rollo: RECURSO DE APELACION 549 /2004

Autos: JUICIO VERBAL 335 /2004

Órgano Procedencia: JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 48 de MADRID

De: María Consuelo

Procurador: PABLO HORNEDO MUGUIRO

Contra: Irene

Procurador: ESTEBAN CARLOS MARTINEZ ESPINAR

SOBRE: Reclamación de rentas de arrendamiento. Compensación de fianza y obras.

PONENTE: D. JOSÉ GONZÁLEZ OLLEROS

SENTENCIA

Ilmos. Sres. Magistrados:

D. JOAQUIN NAVARRO ESTEVAN

D. JOSÉ GONZÁLEZ OLLEROS

D. ANGEL VICENTE ILLESCAS RUS

En MADRID, a ocho de abril de dos mil cinco.

La Sección Décima de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los Señores Magistrados expresados al margen, ha visto en grado de apelación los autos nº 335/04, procedentes del Juzgado de 1ª Instancia nº 48 de Madrid, seguidos entre partes, de una, como demandada-apelante Dª María Consuelo, representada por el Procurador Don Pablo Hornedo Muguiro y defendida por Letrado, y de otra como demandante-apelada, Dª Irene, representada por el Procurador Don Esteban Carlos Martínez Espinar y defendida por Letrado, seguidos por el trámite de juicio verbal.

VISTO, siendo Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. D. JOSÉ GONZÁLEZ OLLEROS.

ANTECEDENTES DE HECHO

La Sala acepta y da por reproducidos los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.

PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia nº 48 de Madrid, en fecha 25 de mayo de 2004, se dictó sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: FALLO: "Que estimando la demanda formulada por el Procurador D. ESTEBAN MARTÍNEZ ESPINAR en nombre y representación de Dª Irene, contra Dª María Consuelo, debo condenar y condeno a Dª María Consuelo a que abone a la actora la suma de 1.213,23 euros, intereses legales de dicha suma desde la interpelación judicial hasta su pago y abono de costas".

SEGUNDO

Contra la anterior resolución se interpuso recurso de apelación por la parte demandante-apelante. Admitido el recurso de apelación en ambos efectos, se dio traslado del mismo a la parte apelada. Elevándose los autos ante esta Sección, para resolver el recurso.

TERCERO

Por providencia de esta Sección, de fecha 14 de marzo de 2005, se acordó que no era necesaria la celebración de vista pública, quedando en turno de señalamiento para la correspondiente deliberación, votación y fallo, turno que se ha cumplido el día 5 de abril de 2005.

CUARTO

En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas en ambas instancias las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Por la representación de la apelante Dª. María Consuelo, demandada en primera instancia, se interpone recurso contra la sentencia dictada por la Ilma. Sra. Magistrado Juez de 1ª Instancia nº 48 de Madrid con fecha 25 de mayo de 2.004, estimatoria de la demanda de reclamación de rentas de arrendamiento interpuesta por la actora y hoy apelada Dª. Irene, denunciando como motivos de apelación indebida desestimación de la alegada compensación de la fianza y del importe de las obras de reparación necesarias realizadas en la vivienda alquilada.

SEGUNDO

En la demanda iniciadora del procedimiento la actora hoy apelada interesaba inicialmente la condena de la demanda al pago de la cantidad de 900 euros correspondientes a las rentas de los meses de Febrero y Marzo por el alquiler del piso sito en el PASEO000 nº NUM000 de su propiedad, arrendado a la demandada el 26 de Agosto de 2.003, mas las que fueran venciendo a lo largo del procedimiento, a las que se añadieron luego otros 413,23 euros por los consumos telefónicos y de electricidad, lo que suponía una cifra total de 1.213,23 euros, así como la resolución del contrato. Desalojado voluntariamente el piso por la demandada, la controversia quedó reducida la pago de las rentas y de los servicios y suministros reclamados, a las que la demandada se opuso alegando que la fianza entregada por importe de 450 euros y las obras necesarias que hubo de realizar en la vivienda y a las que la actora venía legalmente obligada por...

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