STSJ Comunidad de Madrid 1266/2006, 20 de Julio de 2006

PonenteJUAN IGNACIO GONZALEZ ESCRIBANO
ECLIES:TSJM:2006:9056
Número de Recurso176/2003
Número de Resolución1266/2006
Fecha de Resolución20 de Julio de 2006
EmisorSala de lo Contencioso

RAMON VERON OLARTE ANGELES HUET DE SANDE JUAN MIGUEL MASSIGOGE BENEGIU BERTA MARIA SANTILLAN PEDROSA JOSE LUIS QUESADA VAREA MARGARITA ENCARNACION PAZOS PITA JUAN IGNACIO GONZALEZ ESCRIBANO

T.S.J. MADRID CON/AD SEC.9

MADRID

SENTENCIA: 01266/2006

SENTENCIA Nº 1266

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCIÓN NOVENA

Ilmos Sres.:

Presidente:

Don Ramón Veron Olarte:

Magistrados:

Dª. Angeles Huet Sande

Juan Miguel Massigoge Benegiu.

Dª. Berta Santillán Pedrosa.

José Luis Quesada Varea.

Dª. Margarita Pazos Pita

D. Juan Ignacio González Escribano

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En la Villa de Madrid a veinte de julio del año dos mil seis.

Visto por la Sección Novena de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el presente recurso contencioso-administrativo nº 176/03, interpuesto por la Procuradora Sra. Nieto Bolaño, en nombre y representación de D. Juan Ramón contra resolución desestimatoria por silencio administrativo de reclamación interpuesta en demanda de responsabilidad patrimonial con ocasión de asistencia sanitaria prestada en el Hospital de Móstoles (Madrid).

Habiendo sido parte el Instituto Madrileño de la Salud representado por el Procurador Sr. Jiménez Padrón, y como codemandada Mapfre Industrial S.A.S representada por la Procuradora Sra. Cano Lantero.

La cuantía del recurso es 30.050,61 Euros.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el recurrente indicado se interpuso recurso contencioso administrativo mediante escrito presentado en fecha 1 de octubre de 2002 contra el acto antes mencionado, acordándose su admisión, y una vez formalizados los trámites legales preceptivos fue emplazado para que dedujera demanda, lo que llevó a efecto mediante escrito en los que tras alegar los fundamentos de hecho y de derecho que consideró pertinentes, terminó suplicando la estimación del recurso con la consiguiente anulación de los actos recurridos, y se le indemnice en la cantidad de 30.050,61 Euros.

SEGUNDO

La representación procesal de la parte demandada contestó a la demanda mediante escrito en el que, tras alegar los hechos y fundamentos de derecho que estimó aplicables, terminó pidiendo la desestimación del presente recurso; petición igualmente solicitada por la codemandada.

TERCERO

Recibido el pleito a prueba, se practicaron las propuestas con el resultado que obra en autos, quedando pendiente de señalamiento para votación y fallo.

CUARTO

Con fecha 1 de junio de 2006, se celebró el acto de votación y fallo de este recurso, quedando el mismo concluso para Sentencia.

QUINTO

En la tramitación del presente proceso se han observado las prescripciones legales.

Siendo Ponente el Magistrado Ilmo. Sr. D. Juan Ignacio González Escribano.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se impugna en el presente recurso la resolución desestimatoria por silencio...

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