SAP Murcia 186/2007, 19 de Junio de 2007
Ponente | FRANCISCO CARRILLO VINADER |
ECLI | ES:APMU:2007:1246 |
Número de Recurso | 36/2007 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 186/2007 |
Fecha de Resolución | 19 de Junio de 2007 |
Emisor | Audiencia Provincial - Murcia, Sección 1ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1
MURCIA
SENTENCIA: 00186/2007
AUDIENCIA PROVINCIAL DE
MURCIA
Sección 001
Domicilio : PASEO DE GARAY Nº5 MURCIA 3º PLANTA PALACIO DE JUSTICIA
Telf : 968-229183
Fax : 968-229184
Modelo : SEN00
N.I.G.: 30030 37 1 2007 0100246
ROLLO : RECURSO DE APELACION (LECN) 0000036 /2007
Juzgado procedencia : JDO.1A.INST.E INSTRUCCION N.2 de MULA
Procedimiento de origen : JUICIO VERBAL 0000229 /2006
RECURRENTE : Lázaro
Procurador/a :
Letrado/a :
RECURRIDO/A : GASOLINERA REPSOL DE BULLAS
Procurador/a :
Letrado/a :
SENTENCIA NÚM. 186/2.007.
ILMOS. SRES.
D. FRANCISCO JOSÉ CARRILLO VINADER
PRESIDENTE EN FUNCIONES
D. ANDRÉS MONTALBÁN AVILÉS
D. ÁLVARO CASTAÑO PENALVA
MAGISTRADOS
En la ciudad de Murcia, a diecinueve de junio del año dos mil siete.
Habiendo visto en grado de apelación la Sección Primera de esta Audiencia Provincial los autos de Juicio verbal número 229/06 que en primera instancia se han seguido ante el Juzgado Civil número Dos de Mula entre las partes, como actor y ahora apelante D. Lázaro, representado por el Procurador Sr. Cantero Meseguer y defendido por el Letrado Sr. Campoy Camacho, y como demandada y ahora apelada la mercantil Gasolinera Repsol de Bullas, en rebeldía en ambas instancias. Siendo ponente el Ilmo. Sr. Magistrado don FRANCISCO JOSÉ CARRILLO VINADER que expresa la convicción del Tribunal.
El Juzgado de instancia citado con fecha 31 de julio de 2006 dictó en los autos principales de los que dimana el presente rollo la sentencia cuya parte dispositiva dice así: "FALLO: Que desestimo la demanda interpuesta por D. Lázaro contra Gasolinera Repsol de Bullas, la cual queda absuelta de la pretensión deducida contra ella, con expresa imposición de costas a la parte actora ".
Contra la anterior sentencia, en tiempo y forma, preparó e interpuso recurso de apelación D. Lázaro, solicitando el dictado de nueva sentencia por la que se estime su demanda.
Dicho recurso se puso en conocimiento de la otra parte, que estaba en rebeldía, quien no se personó ni presentó escrito oponiéndose al mismo.
Por el Juzgado se elevaron las actuaciones a esta Ilma. Audiencia Provincial, turnándose a la Sección Primera donde se registraron con el número 36/07 de Rollo. Ninguna de las partes se personó ante este Tribunal, y transcurrido el término concedido para ello, por providencia del día 22 de febrero de 2007 se señaló el de hoy para la votación y fallo de la causa, que ha sido sometida a deliberación de la Sala.
En la sustanciación de ambas instancias se han observado las prescripciones legales.
Por el Sr. Lázaro se plantea papeleta de demanda reclamando de la mercantil demandada la indemnización de los daños sufridos en su vehículo cuando utilizó el túnel de lavado de la gasolinera, que no funcionó correctamente.
Convocadas las partes a juicio, la demandada no compareció en forma, por lo que fue declarada en rebeldía. Tras la práctica de las pruebas practicadas, se dicta sentencia desestimando la demanda porque el actor durante la vista dio una versión de lo ocurrido distinta a la facilitada en la demanda y porque no ha acreditado ser el propietario del vehículo, apreciando de oficio falta de legitimación activa.
Por el actor se plantea recurso de apelación, poniendo de relieve que el interrogatorio del actor no fue una prueba propuesta por nadie, y no debió llevarse a cabo, aparte de que no varió su versión, habiendo sostenido siempre el mal funcionamiento de la máquina del túnel de lavado. Además, con la demanda se acompañaba, como documento Uno, el permiso de circulación del vehículo, y si se traspapeló no le es imputable a él, que lo vuelve a aportar con el recurso.
Aun estando en rebeldía la demandada, se...
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