SAP Las Palmas 69/2008, 11 de Febrero de 2008

PonenteFRANCISCO JAVIER JOSE MORALES MIRAT
ECLIES:APGC:2008:1064
Número de Recurso662/2006
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución69/2008
Fecha de Resolución11 de Febrero de 2008
EmisorAudiencia Provincial - Las Palmas, Sección 3ª

AUDIENCIA PROVINCIAL DE LAS PALMAS

SECCIÓN TERCERA

ROLLO: 662/06

PROCEDIMIENTO: Verbal 726/05

JUZGADO: 2 de Puerto del Rosario

SENTENCIA. Nº

Iltmos Sres.

DON RICARDO MOYANO GARCÍA (Presidente)

DON ILDEFONSO QUESADA PADRÓN (Magistrado)

DON FCO JAVIER MORALES MIRAT (Magistrado)

En la Ciudad de Las Palmas de Gran Canaria a 11 de febrero de 2008.

Vistos, ante la Sección Tercera de esta Audiencia Provincial, el recurso de apelación admitido a la parte Demandada,

dimanante de los autos referenciados, seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia número 2 de Puerto del Rosario, a

instancia de D. Gabino, representado en ésta instancia por la Procuradora Dña María Dolores Apolinario Hidalgo,

y dirigido por el Letrado D. Marco Medina Zeiler contra Entidad Faparo S.L. representada por la Procuradora Dña Carmen Ramos

Herrera y dirigida por el Letrado D. Juan Gómez Rosales.

HECHOS
Primero

Por el Sr. Juez del Juzgado de 1ª Instancia número 2 de Puerto del Rosario, se dictó Sentencia en el referido procedimiento cuya parte dispositiva, copiada literalmente dice así: " QUE ESTIMANDO TOTALMENTE LA DEMANDA interpuesta por DOÑA ISABEL NAYA NIETO, en nombre y representación de DON Gabino DEBO CONDENAR Y CONDENO A LA ENTIDAD TALLERES FAPARO S.L., a que abone a la actora la cantidad de MIL OCHOCIENTOS VEINTE CON SETENTA Y SEIS EUROS (1820,76 euros), más los intereses legales correspondientes. Se imponen las costas a la demandada."

Segundo

Contra la citada Sentencia, que lleva fecha de 28/3/06, se recurrió en apelación por la representación de Entidad Faparo S.L., de conformidad a lo dispuesto en el artículo 457 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil, y no habiéndose practicado prueba en esta segunda instancia, y tras darle la tramitación oportuna se señaló para su estudio, votación y fallo el día 6/2/08.

Tercero

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales, siendo Ponente el Iltmo. Sr. Don FCO JAVIER MORALES MIRAT que expresa el parecer de la Sala.

RAZONAMIENTOS JURÍDICOS
Primero

Se fundamenta el recurso de apelación interpuesto por la demandada en la existencia de un supuesto error en la apreciación de la prueba en el que pudo haber incurrido la Juzgadora de instancia al considerar ésta acreditado que los daños sufridos en el vehículo de la actora tuvieron su origen en la actuación negligente de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR