SAP Madrid 215/2006, 15 de Marzo de 2006
Ponente | PABLO QUECEDO ARACIL |
ECLI | ES:APM:2006:3973 |
Número de Recurso | 460/2005 |
Número de Resolución | 215/2006 |
Fecha de Resolución | 15 de Marzo de 2006 |
Emisor | Audiencia Provincial - Madrid, Sección 14ª |
PABLO QUECEDO ARACILAMPARO CAMAZON LINACEROJUAN UCEDA OJEDA
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 14
MADRID
SENTENCIA: 00215/2006
Rollo: RECURSO DE APELACION 460 /2005
SENTENCIA
Ilmos. Sres. Magistrados:
PABLO QUECEDO ARACIL
AMPARO CAMAZON LINACERO
JUAN UCEDA OJEDA
En MADRID, a quince de marzo de dos mil seis.
VISTO en grado de apelación ante esta Sección 14 de la Audiencia Provincial de MADRID, los Autos de PROCEDIMIENTO ORDINARIO 1152 /2002, procedentes del JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 3 de MADRID , a los que ha correspondido el Rollo 460 /2005, en los que aparece como parte apelante D. David representado por el procurador D. FERNANDO MARIA GARCIA SEVILLA, y como apelado RECREATIVOS JZ, S.A., quien formuló oposición al recurso en base al escrito que a tal efecto presentó, representado por el procurador Dª VALENTINA LOPEZ VALERO, sobre reclamación de cantidad, y siendo Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. D. PABLO QUECEDO ARACIL.
Por el Juzgado de 1ª Instancia nº 3 de Madrid, en fecha 19 de Enero de 2005 se dictó sentencia , cuya parte dispositiva es de tenor literal siguiente: "Que estimando la demanda formulada por el Procurador de los Tribunales Dª Valentina López Valero, en nombre y representación de Recreativos J.Z, S.A., debo condenar y condeno a D. David a abonar a la actora la suma de nueve mil cuatrocientos veintinueve euros con ochenta y ocho céntimos (9.429,88 euros) con el interés legal de dicha cantidad desde la fecha de interposición a la parte demandada de las costas causadas."
Notificada la mencionada resolución, contra la misma se interpuso recurso de apelación por la parte D. David al que se opuso la parte apelada RECREATIVOS JZ, S.A., y tras dar cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 457 y siguientes de la LEC , se remitieron las actuaciones a esta sección, sustanciándose el recurso por sus trámites legales.
Por Providencia de esta Sección, se acordó para deliberación, votación y fallo el día 8 de Marzo de 2006.
En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas las prescripciones legales.
Se aceptan los fundamentos jurídicos de la sentencia apelada.
El demandado se alza contra la sentencia de instancia que lo condenó al pago de las cantidades reclamadas en la demanda, y en tres alegaciones desarrolla su tesis defensiva que, esencialmente, basa en el error en la valoración de la prueba.
En su opinión la prueba esta mal valorada. Según los contratos de explotación de maquinas recreativas entre las partes, la amortización de los prestamos concedidos en el...
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