Real Decreto 852/2020, de 22 de septiembre, por el que se regula la composición y el funcionamiento del Comité Polar Español

AutorDra. Eva Blasco Hedo
CargoResponsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Páginas137-138
Recopilación mensual n. 106, noviembre 2020
137
Nacional
Publicado en Actualidad Jurídica Ambiental el 04 de noviembre de 2020
Real Decreto 852/2020, de 22 de septiembre, por el que se regula la composición y el
funcionamiento del Comité Polar Español
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Investigación y Formación del
Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOE núm. 274, de 16 de octubre de 2020
Palabras clave: Comité Polar Español. Antártida. Ártico. Investigación. Ciencia. Acuerdos
internacionales.
Resumen:
El 18 de mayo de 1998, la Comisión Permanente de la Comisión Interministerial de Ciencia
y Tecnología (CICYT) aprobó la creación del Comité Polar Español como base para la
coordinación de todas las actividades de España en la Antártida y dependiente de la
Autoridad Antártica Nacional. Desde entonces el CPE ha venido desarrollando una
importante labor de supervisión y coordinación de las actividades de I+D+I desarrolladas
en la Antártida, y más recientemente también en el Ártico.
Las sucesivas reorganizaciones de los Departamentos ministeriales y los cambios legislativos
acaecidos desde entonces requieren actualizar la regulación del Comité Polar Español para
adaptarla a lo establecido en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público. Se procede, por tanto, a regular la composición y funcionamiento del CPE, que se
adscribe al Ministerio de Ciencia e Innovación a través de la Secretaría General de
Investigación.
A tenor de lo dispuesto en el artículo 2 del presente Real Decreto, “el CPE tiene como fin
impulsar y asegurar la coordinación de la Administración General del Estado y sus
organismos públicos y entidades de derecho público vinculados o dependientes, en la
planificación, autorización, coordinación y seguimiento de las actividades de I+D+I
desarrolladas por el Reino de España en las zonas polares, Antártida y Ártico, que permitan
asegurar la consecución de los objetivos y la aplicación de las disposiciones del Tratado
Antártico y otros acuerdos internacionales.
Constituye, asimismo, un objetivo del CPE el asesoramiento y apoyo a la Autoridad Polar
Nacional en el fomento y desarrollo de la investigación polar y en la coordinación de los
medios necesarios para su desarrollo”.
Sus funciones, el régimen de funcionamiento, los grupos de trabajo y la constitución del
Comité de Acceso a las bases e infraestructuras polares españolas se regulan a lo largo de su
articulado.

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