Real Decreto 208/2022, de 22 de marzo, sobre las garantías financieras en materia de residuos

AutorDra. Eva Blasco Hedo
CargoResponsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Páginas104-106
Recopilación mensual n. 123, Mayo 2022
104
Nacional
Publicado en Actualidad Jurídica Ambiental el 18 de mayo de 2022
Real Decreto 208/2022, de 22 de marzo, sobre las garantías financieras en materia de
residuos
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Investigación y Formación del
Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOE n. 78, de 1 de abril
Palabras clave: Residuos. Garantías financieras. Gestión de residuos. Responsabilidades.
Instrumentos financieros. Paneles fotovoltaicos.
Resumen:
La disposición final tercera de la Ley 22/2011, de 28 de julio, de Residuos y Suelos
Contaminados -derogada por la Ley 7/2022, de 8 de abril, de Residuos y Suelos
Contaminados para una Economía Circular (BOE núm. 85, de 9 de abril)- contenía la
habilitación de desarrollo a favor del Gobierno, al que se le facultaba para dictar, en el ámbito
de sus competencias, las disposiciones necesarias para el desarrollo y aplicación de lo relativo
a las garantías financieras que les son exigidas a productores, gestores, transportistas,
instalaciones, sistemas de responsabilidad ampliada de los productores, y a otros sujetos que
intervienen en algunas de las actividades de la gestión de residuos.
Si bien las garantías financieras destinadas a cubrir los daños medioambientales a través de la
consiguiente restauración ambiental, se ajustaban a las previsiones de la Ley 26/2007, de 23
de octubre, de Responsabilidad Medioambiental, y su Reglamento de desarrollo; lo cierto es
que el resto de responsabilidades exigibles, no se habían desarrollado plenamente. Sin
embargo, sí existe una previsión al respecto en el Real Decreto 975/2009, de 12 de junio,
sobre gestión de los residuos de las industrias extractivas y de protección y rehabilitación del
espacio afectado por actividades mineras y en el Reglamento (CE) n.º 1013/2006 del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de junio de 2006, relativo a los traslados de
residuos.
El presente Decreto tiene por objeto regular las garantías financieras que, a su vez, deben
responder: 1.- Del cumplimiento, frente a la administración, de las obligaciones que se
deriven del ejercicio de la actividad de producción y gestión de los residuos. 2.- De la
responsabilidad exigible por muerte, lesiones o enfermedad de las personas, o por daños en
las cosas, que se deriven de las operaciones realizadas. 3.- De la responsabilidad
medioambiental inherente a la actividad desarrollada.
Se trata también de posibilitar que las autoridades competentes dispongan de mayores
facilidades para obtener la compensación que proceda, en caso de un incumplimiento de las

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