Real Decreto 1042/2017, de 22 de diciembre, sobre la limitación de las emisiones a la atmósfera de determinados agentes contaminantes procedentes de las instalaciones de combustión medianas y por el que se actualiza el anexo IV de la Ley 34/2007, de 15 de noviembre, de calidad del aire y protección de la atmósfera

AutorDra. Eva Blasco Hedo
CargoResponsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Páginas96-97
Recopilación mensual n. 75, Enero 2018
96
Publicado en Actualidad Jurídica Ambiental el 17 de enero de 2018
Real Decreto 1042/2017, de 22 de diciembre, sobre la limitación de las emisiones a
la atmósfera de determinados agentes contaminantes procedentes de las
instalaciones de combustión medianas y por el que se actualiza el anexo IV de la
Ley 34/2007, de 15 de noviembre, de calidad del aire y protección de la atmósfera
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del
Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOE núm. 311, de 23 de diciembre de 2017
Temas Clave: Atmósfera; Emisiones; Combustión; Catálogo
Resumen:
La atmósfera es un bien común indispensable para la vida respecto del cual todas las
personas tienen el derecho de su uso y disfrute y la obligación de su conservación.
El presente real decreto tienen por objeto incorporar al ordenamiento jurídico español la
Directiva (UE) 2015/2193, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de noviembre del
2015, sobre la limitación de las emisiones a la atmósfera de determinados agentes
contaminantes procedentes de las instalaciones de combustión medianas. Esta directiva
establece, por vez primera, valores límites de emisión para este tipo de instalaciones, esto
es, con una potencia térmica nominal igual o superior a 1 MW e inferior a 50 MW, que son
una fuente importante de emisiones de dióxido de azufre, óxidos de nitrógeno y partículas
(polvo).
Actualmente, resulta necesario revisar y actualizar parte del catálogo de actividades
potencialmente contaminadoras de la atmósfera del anexo IV de la Ley 34/2007 y en el
Real Decreto 100/2011, de 28 de enero. La finalidad es adecuar, en algunas de las
actividades de la combustión, los rangos de potencia térmica y la asignación al grupo
establecido en el catálogo, solo en algunos casos, con objeto de que se les pueda exigir el
régimen de intervención administrativa y los controles de emisiones establecidos en la
Directiva (UE) 2015/2193.
Esta norma se estructura en 12 artículos, tres disposiciones adicionales y cinco
disposiciones finales; e incluye cuatro anexos con la información contenida en los anexos
de la Directiva (UE) 2015/2193.
Incorpora, como novedad, valores límites de emisión para dióxido de azufre (SO2), óxidos
de nitrógeno (NOx) y partículas y, además, establece mediciones para el control de las
emisiones de monóxido de carbono (CO) procedentes de las instalaciones de combustión
medianas. Esta norma será de aplicación a estas instalaciones cualquiera que sea el tipo de
combustible que utilicen, así como a la combinación de nuevas instalaciones de combustión
medianas cuya potencia térmica total sea igual o superior a 50 MW térmicos y no les sea de
aplicación el texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la
contaminación. Además, se establece la obligación de que las autoridades competentes

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR