Decreto n.º 175/2012, de 21 de diciembre, por el que se reajustan y amplían las anualidades y se establece un nuevo plazo de ejecución y justificación de los previstos en el Decreto n.º 148/2007, de 29 de junio, por el que se regula la concesión directa de una subvención al Ayuntamiento de Puerto Lumbreras para la construcción del Centro Folklórico Virgen del Rosario.

SecciónComunidad Autónoma
EmisorConsejo de Gobierno
Rango de LeyDecreto

El Consejo de Gobierno, en su sesión de 29 de junio de 2007, acordó aprobar el Decreto n.º 148/2007, de 29 de junio, por el que se regula la concesión directa de una subvención al Ayuntamiento de Puerto Lumbreras para la construcción del Centro Folklórico Virgen del Rosario, posteriormente modificado por el Decreto n.º 421/2008, de 31 de octubre, el Decreto n.º 360/2009, de 30 de octubre, el Decreto n.º 134/2010, de 4 de junio, y el Decreto n.º 318/2011, de 16 de diciembre.

Con fecha 21 de agosto de 2012, el Ayuntamiento de Puerto Lumbreras solicita la suspensión del cómputo de los plazos de ejecución y justificación de esta subvención, conforme a lo establecido en el artículo 18, apartado uno, de la Ley 6/2012, de 29 de junio, de medidas tributarias, económicas, sociales y administrativas de la Región de Murcia.

Con fecha 8 de noviembre de 2012, el Consejero de Cultura y Turismo dicta Orden por la que se acuerda suspender los plazos de ejecución y justificación de la subvención concedida al Ayuntamiento de Puerto Lumbreras para la construcción del Centro Folklórico Virgen del Rosario desde la fecha de su dictamen hasta el 31 de diciembre de 2015, y se ordena el inicio de los trámites correspondientes para proceder al reajuste de anualidades necesario.

Por tanto, es necesario adecuar el cuadro de financiación de la subvención concedida y, así, posponer la aportación de la Consejería de Cultura y Turismo prevista para el ejercicio 2012 hasta los ejercicios presupuestarios 2014 y 2016, estableciendo un nuevo plazo de ejecución y justificación acorde con el nuevo cuadro de financiación.

Por todo ello, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 23.2 de la Ley 7/2005, de 18 de noviembre, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, a propuesta del Consejero de Cultura y Turismo, previa deliberación del Consejo de Gobierno en sesión celebrada el día 21 de Diciembre de 2012.

Dispongo

Artículo primero

Se procede al reajuste y ampliación de anualidades de la subvención concedida mediante el Decreto n.º 148/2007, de 29 de junio, posteriormente modificado por el Decreto n.º 421/2008, de 31 de octubre, el Decreto n.º 360/2009, de 30 de octubre, el Decreto n.º 134/2010, de 4 de junio, y el Decreto n.º 318/2011, de 16 de diciembre, con arreglo al...

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