SAP Asturias 154/2006, 15 de Junio de 2006

PonenteMARIA LUISA BARRIO BERNARDO-RUA
ECLIES:APO:2006:1695
Número de Recurso112/2006
Número de Resolución154/2006
Fecha de Resolución15 de Junio de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Asturias, Sección 2ª

ANTONIO LANZOS ROBLESJULIO GARCIA-BRAGA PUMARADAMARIA LUISA BARRIO BERNARDO-RUA

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 2

OVIEDO

SENTENCIA: 00154/2006

AUDIENCIA PROVINCIAL DE OVIEDO

Sección nº 002

Rollo: 112/2006

Órgano Procedencia: JDO. DE LO PENAL N. 1 de OVIEDO

Proc. Origen: PROCEDIMIENTO ABREVIADO nº 0000331 /2005

SENTENCIA Nº 154

PRESIDENTE ILMO. SR.

D. ANTONIO LANZOS ROBLES

MAGISTRADOS ILMOS. SRES.

D. JULIO GARCIA BRAGA PUMARADA

Dª Mª LUISA BARRIO BERNARDO RÚA

En OVIEDO, a quince de Junio de dos mil seis.

VISTOS en grado de apelación por la Sección 2ª de la Audiencia Provincial de Oviedo, constituida por los Sres. del margen, los presentes autos de Procedimiento Abreviado, seguidos con el nº 331/05 en el Juzgado de lo Penal nº 1 de Oviedo, (Rollo de Sala nº 112/06), en los que aparece como apelante Evaristo, representado por la Procuradora Dª LAURA FERNANDEZ-MIJARES SANCHEZ, bajo la dirección de la Letrado Dª Mª ESCANCIANO GARCIA- MIRANDA; a quien se adhiere EL MINISTERIO FISCAL y como apelado Luis Francisco, representado por la Procuradora Dª MARTA SUAREZ-VALDIVIESO NOVELLA, bajo la dirección de la Letrado Dª Mª DOLORES MIRANDA ALONSO; siendo Ponente la Ilma. Sra. Magistrado Dª Mª LUISA BARRIO BERNARDO RÚA, procede dictar sentencia fundada en los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En el Procedimiento Abreviado expresado de dicho Juzgado de lo Penal se dictó sentencia en fecha 27 de Febrero de 2006 , cuya parte dispositiva literalmente dice: "FALLO: Que debo absolver y absuelvo a Luis Francisco del delito de Quebrantamiento de condena, de la Falta de Amenazas y de la Falta de Daños, objeto de Acusación; declarando de oficio las costas procesales".

SEGUNDO

Contra dicha resolución se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación por el antedicho recurrente fundado en los motivos que en el correspondiente escrito se insertan y, tramitado con arreglo a derecho se remitieron los autos a esta Audiencia donde, turnados a su Sección 2ª se ordenó traerlos a la vista para deliberación y votación el pasado día 12 de Junio del corriente año, conforme al régimen de señalamientos.

TERCERO

Se aceptan los antecedentes de hecho de la sentencia apelada y, entre ellos, la DECLARACIÓN DE HECHOS PROBADOS, que se da aquí por reproducida.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

Por la representación de Evaristo se interpuso recurso de apelación contra la sentencia dictada en actuaciones de Juicio Oral 187/05 en el Juzgado de lo Penal nº 1 de Oviedo por la que fue acordada la libre absolución de Luis Francisco respecto del delito de Quebrantamiento de condena y las faltas de amenazas y daños que le habían sido imputadas, al que se adhirió parcialmente el Ministerio Fiscal, alegando la existencia de error en la apreciación de la prueba con infracción del artículo 24 de la Constitución Española concretamente del derecho a la tutela judicial efectiva por haberse realizado una valoración absurda irracional y arbitraria; la infracción de ley concretamente del atr. 468 625 y 620 del Código Penal y de los arts 119 y 110 del Código Penal al establecer la responsabilidad civil, realizando al efecto una serie de consideraciones con la finalidad de acreditar la procedencia de una sentencia condenatoria en los términos interesados.

SEGUNDO

Según viene estableciendo el Tribunal Constitucional de forma...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR