SAP Murcia 63/2006, 25 de Noviembre de 2006

PonenteFERNANDO LOPEZ DEL AMO GONZALEZ
ECLIES:APMU:2006:2691
Número de Recurso67/2006
ProcedimientoPENAL - APELACION PROCEDIMIENTO ABREVIADO
Número de Resolución63/2006
Fecha de Resolución25 de Noviembre de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Murcia, Sección 2ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 2

MURCIA

SENTENCIA: 00063/2006

AUDIENCIA PROVINCIAL Rollo 67/2006

SECCIÓN SEGUNDA Penal de Lorca nº Uno

MURCIA J.O. 203/2005

S E N T E N C I A Nº 6 3 /2 0 0 6

Ilmos. Sres.

Don Abdón Díaz Suárez

Presidente

Dª María Jover Carrión

Don Fernando López del Amo González

Magistrados

En la ciudad de Murcia a veinticinco de noviembre de dos mil seis.

Habiendo visto en grado de apelación la Sección Segunda de esta Audiencia Provincial el Juicio Rápido de la Ley Orgánica 7/88, que por el delito Contra la Seguridad del Tráfico fue seguido en el Juzgado de lo Penal de Lorca nº Uno con el nº 203/2005 contra Sergio ; habiendo sido partes en esta alzada el Ministerio Fiscal que actúa como apelado, así como Sergio que actúa como apelante, quien estuvo representado en Instancia por el Procurador Sr/a. Centeno Bolivar y defendido por el Letrado Sr/a. Úbeda Costela. Siendo Ponente el Iltmo. Sr. Don Fernando López del Amo González, quien expresa la convicción del Tribunal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado de lo Penal dictó en las referidas Diligencias sentencia con fecha 2 de diciembre de 2005 sentando como hechos probados lo siguiente: "Que sobre las seis horas y cuarenta y cinco minutos /6h.45m.), del día quince de abril de dos mil uno, (15-04-2001), el acusado Sergio, mayor de edad, nacido el veinticuatro de abril del mil novecientos ochenta (24-04-1980), con D.N.I. n. NUM000, y sin antecedentes penales, conducía por la avenida doctor Meca del casco urbano de Mazarrón, termino municipal de dicha ciudad y partido judicial de Totana, Murcia, el turismo marca Opel, modelo Corsa 1.4, con matrícula OS-....-U, influenciado por la ingestión de bebidas alcohólicas precedente, por lo que los agentes de la policía local que le sorprendieron en dicha situación y le sometieron a un control de alcoholemia, que arrojó en las dos pruebas a las que fue sometido los resultados respectivos de 0,37 y 0,22 miligramos de alcohol por litro de aire espirado, no deseando someterse a otras pruebas de lo que fue advertido, y comprobando los agentes que presentaba entre otros signos externos, fuerte olor a alcohol, rostro pálido, somnolencia, inseguridad en la coordinación general y equilibrio tembloroso, que evidenciaban la influencia de la ingestión de bebidas alcohólicas".

SEGUNDO

Estimando el juzgador recurrido que los referidos hechos probados eran constitutivos del delito, dictó el siguiente "FALLO: Que debo condenar y condeno al acusado Sergio como autor criminalmente responsable de un delito contra la seguridad del trafico, ya definido, sin concurrir circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a la pena de multa de tres meses (3m.) a cuota día de dos euros (2E.) y privación del derecho a conducir vehículos de motor y ciclomotores por tiempo de un año y un día (1a. y 1d.) y con expresa condena en las costas causadas en la presente instancia".

TERCERO

Contra tal sentencia en nombre y representación de Sergio se dedujo en tiempo y forma recurso de apelación, fundamentándolo en síntesis en que procedía su absolución al no haber quedado la influencia de la ingesta de bebidas alcohólicas en la...

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