SAP Madrid 265/2007, 30 de Marzo de 2007

PonenteROSA ESPERANZA REBOLLO HIDALGO
ECLIES:APM:2007:5617
Número de Recurso124/2007
Número de Resolución265/2007
Fecha de Resolución30 de Marzo de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 16ª

Rollo de Apelación nº 124/07 RP

Procedimiento Abreviado Nº 326/06

Juzgado de lo Penal nº 9 de Madrid

SENTENCIA Nº 265/07

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

Sección 16ª

Ilmos Sres:

Dª CARMEN LAMELA DIAZ

D. FRANCISCO DAVID CUBERO FLORES

Dª ROSA ESPERANZA REBOLLO HIDALGO

En Madrid a treinta de marzo de dos mil siete.

VISTO por la Sección 16ª de la Audiencia Provincial de Madrid, el presente recurso de apelación nº 124/07 RP, contra la Sentencia de fecha 28/12/07 dictada por la Magistrado del Juzgado de lo Penal nº 9 de Madrid en el Procedimiento Abreviado nº 326/06, interpuesto por la Procurador Dª. Gema-Carmen de Luis Sánchez, en representación de Clemente, habiendo sido impugnado por la Procurador Dª María Luisa Noya Otero, en representación de WARNER BROS ENTERTAINMENT ESPAÑA, S.L., y el Ministerio Fiscal.

Ha sido Ponente la Magistrado Sra. ROSA ESPERANZA REBOLLO HIDALGO quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Magistrado del Juzgado de lo Penal nº 9 de Madrid en el procedimiento que más arriba se indica, se dictó sentencia, de fecha 28/12/06 cuya parte dispositiva establece:

FALLO:

"Que debo condeno y condeno al acusado/a, D/D. Clemente, como autor responsable de un delito contra la propiedad industrial del art. 274 párrafo segundo del Código Penal, sin que concurran circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a la pena de 8 meses de prisión, inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y multa de 14 meses con una cuota diaria de 6 euros, y responsabilidad penal subsidiaria del art. 53 del Código Penal, así como al pago de las costas incluidas las de la acusación particular.

El acusado indemnizará a WARNER BROS ENTERTAINMENT ESPAÑA, S.L., en 7.776 euros por los perjuicios causados, declarándose la responsabilidad civil subsidiaria de la Entidad RUI TAI ESPAÑA, S.L.

Se acuerda el decomiso de la mercancía intervenida.

Para el cumplimiento de la responsabilidad subsidiaria en caso de impago de la multa impuesta al acusado, se declara de abono el tiempo de privación de libertad sufrido a resultas de los hechos ahora enjuiciados.

Una vez firme la presente resolución, déjense sin efecto las medidas cautelares adoptadas contra los acusados en el presente procedimiento."

SEGUNDO

Notificada dicha sentencia a las partes personadas, por la procurador Dª. Gema- Carmen de Luis Sánchez, en representación de Quiahuo Li, se formalizó el recurso de apelación que autoriza el articulo 795 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, quien hizo las alegaciones que se contienen en su escrito y que aquí se tienen por reproducidas.

Del escrito de formalización se dio traslado por el Magistrado de lo Penal al Ministerio Fiscal por el plazo de diez días comunes para que pudiese adherirse o impugnarlo, manifestando la Procurador Dª María Luisa Noya Otero, en representación de WARNER BROS ENTERTAINMENT ESPAÑA, S.L., y el Ministerio Fiscal que se oponían al mismo, interesando que se desestime el recurso de apelación interpuesto, dictando la Audiencia Provincial sentencia confirmatoria de la instancia, y solicitando la Sra. Noya Otero la condena en costas de la parte apelante.

TERCERO

Recibidas las actuaciones en esta Audiencia Provincial se formó el correspondiente rollo de apelación, y se señaló día para la deliberación y resolución del recurso, acto que tuvo lugar el día señalado.

Se aceptan los hechos probados de la Sentencia recurrida que se dan por reproducidos.

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